El Armamneto - Índice
El Armamneto - Índice
El Armamneto - Índice
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Formación en Seguridad - Área Instrumental<br />
RECUERDE:<br />
La guía de pertenencia* será expedida por la Intervención<br />
de Armas correspondiente.<br />
En la guía de pertenencia debe constar:<br />
<strong>El</strong> número del DNI del titular. Si el titular es una entidad<br />
o empresa, constará el nombre o razón social.<br />
Datos personales del titular.<br />
Datos de la licencia de armas (si se trata de un particular)<br />
Reseña completa del arma.<br />
* La guía de pertenencia del arma es como la tarjeta de circulación de un vehículo.<br />
6.4. Licencias<br />
Licencias, autorizaciones especiales y tarjetas de armas<br />
SECCION 1ª. LICENCIAS EN GENERAL Y TARJETAS<br />
Artículo 96. 1. Nadie podrá llevar ni poseer armas de fuego en<br />
territorio español sin disponer de la correspondiente autorización<br />
expedida por los órganos administrativos a quienes este Reglamento<br />
atribuye tal competencia. Si se tratara de personas residentes en un<br />
Estado miembro de la Comunidad Económica Europea distinto de<br />
España, la concesión de la autorización deberá ser comunicada a la<br />
autoridad competente de dicho Estado.<br />
2. La tenencia y el uso de las armas de las categorías 1ª, 2ª y 3ª<br />
precisará de licencia de armas.<br />
3. La licencia de armas A, con la eficacia de las licencias B, D y E,<br />
reguladas en los artículos 99 a 104 de este Reglamento, documentará<br />
las armas de las categorías 1ª, 2ª y 3ª de propiedad privada del<br />
personal de los Cuerpos Específicos de los Ejércitos, de los Cuerpos<br />
Comunes de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas y Cuerpos de<br />
Seguridad y del Servicio de Vigilancia Aduanera.<br />
TEMA 12 - Armamento 83