Fueros sí, pero para todos. Los Conciertos Económicos
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en uso de su competencia ; ni aunque el Gabinete lo<br />
hubiera intentado, podía obligar al Parlamento (3) .<br />
En efecto, las Cortes, en uso de su plena potestad<br />
legislativa, modificaron el proyecto del Gobierno suprimiento<br />
o cambiando hasta trece de los veintinueve<br />
artículos del proyecto, algunos de relativa importancia .<br />
Esta modificación no se hizo a iniciativa de los representantes<br />
navarros como inexactamente se viene<br />
afirmando .<br />
A<strong>sí</strong> se llegó a la ley del 16 de agosto de 1841, que en<br />
su articulado contenía una regulación o acomodación<br />
de los fueros de Navarra en <strong>todos</strong> sus aspectos : políticos,<br />
administrativos, económicos y militares . Por incluirse<br />
en dicha ley también los aspectos fiscales podemos<br />
en algén modo considerarla como el primero<br />
de los conciertos económicos, aunque su contenido<br />
sea mucho más amplio .<br />
(3) Martínez Tomás, Antonio : La naturaleza jurídica del Régimen<br />
Foral de Navarra, página 596 .<br />
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