1278580505500_01
1278580505500_01
1278580505500_01
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
18<br />
MANUAL DE SERVICIOS, PRESTACIONES Y RECURSOS EDUCATIVOS PARA EL ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO<br />
3.5 LA ESCOLArIzACIóN EN CENTrOS<br />
ESPECíFICOS DE EDUCACIóN ESPECIAL<br />
Según recoge el ya citado Decreto 147/2002,<br />
de 14 de mayo, las Administraciones educativas<br />
podrán plantear la escolarización del alumno<br />
o alumna en un Centro Específico de Educación<br />
Especial sólo cuando sus necesidades<br />
no puedan ser satisfechas con las modalidades<br />
de escolarización referidas.<br />
Así, en estos centros se escolarizan alumnos<br />
y alumnas con necesidades educativas especiales<br />
graves y permanentes que requieran adaptaciones<br />
muy significativas, en grado extremo,<br />
de las áreas del currículo así como ayudas técnicas<br />
y material adaptado difícilmente disponible<br />
en centros ordinarios.<br />
En este sentido, la atención educativa es<br />
responsabilidad de los maestros y maestras especialistas<br />
en Pedagogía Terapéutica y en Audición<br />
y Lenguaje. No obstante, los centros disponen<br />
de monitores o monitoras de Educación<br />
Especial, educadores o educadoras, psicólogos<br />
o psicólogas, pedagogos o pedagogas, fisioterapeutas<br />
y trabajadores o trabajadoras sociales,<br />
según las características y necesidades del<br />
alumnado de cada centro.<br />
El número de alumnos y alumnas en las unidades<br />
específicas de educación especial, tanto en centros<br />
específicos como ordinarios, que se indica en<br />
las Instrucciones que anualmente se dictan para la<br />
planificación del curso académico, es el siguiente:<br />
– Psíquicos: 6-8.<br />
– Sensoriales: 6-8.<br />
– Físicos-motóricos: 8-10.<br />
– Autistas o psicóticos: 3-5.<br />
– Plurideficientes: 4-6<br />
– Unidades que escolarizan alumnado de<br />
diferentes discapacidades: 5.