04.10.2012 Views

BANDO MUNICIPAL 2011

BANDO MUNICIPAL 2011

BANDO MUNICIPAL 2011

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>BANDO</strong> <strong>MUNICIPAL</strong> DE METEPEC <strong>2011</strong><br />

VI. Será obligación del propietario o poseedor del animal agresor cubrir los gastos de<br />

atención médica de la persona lesionada, así como los gastos originados por la<br />

observación en las instalaciones municipales. Todo esto sin perjuicio de la<br />

responsabilidad civil o penal en que pudiera incurrir el infractor<br />

VII. No presente certificado de vacunación antirrábica y carnet sanitario del animal de su<br />

propiedad o posesión, ante el personal del Centro de Control Canino y Felino cuando así<br />

se le requiera;<br />

VIII. Deje alimentos o residuos alimenticios en áreas públicas o comunes destinados a perros<br />

o gatos en estado de calle, esto para evitar el crecimiento de la población de fauna<br />

nociva;<br />

IX. Deposite restos animales en áreas públicas o comunes; y<br />

X. Estando obligado a vacunar a sus hijos menores de 5 años de acuerdo a los lineamientos<br />

emitidos por la Secretaría de Salud Federal, no lo hiciera.<br />

ARTÍCULO 149.- La Dirección de Seguridad Pública, Tránsito, Protección Civil y Bomberos, emitirá<br />

infracción que podrá ser calificada con una multa de hasta cincuenta días de salario mínimo, a quien:<br />

I. Altere el orden público con las siguientes acciones:<br />

1. Rompa, altere o mutile las boletas de infracciones o cualquier tipo de notificación<br />

que sea realizada por parte de la Autoridad Municipal;<br />

2. Solicite mediante falsas alarmas, los servicios de policía, bomberos o de atención<br />

médica y asistencia social;<br />

3. Moleste o altere el orden en la vía pública o lugares públicos;<br />

4. Cause ruidos o sonidos (aún dentro de sus viviendas centros escolares o de trabajo,<br />

o locales comerciales) que molesten, perjudique o afecte la tranquilidad de uno o<br />

más vecinos;<br />

5. Pinte las fachadas de bienes públicos o privados sin autorización del Ayuntamiento<br />

o de los propietarios respectivamente, o deteriore la imagen con pintas;<br />

independientemente de la multa, el responsable está obligado a la reparación del<br />

daño causado, sin perjuicio de la responsabilidad penal en que incurra;<br />

6. Organice y/o participe como espectador en peleas de perros;<br />

7. Ingiera bebidas alcohólicas en la vía pública o lugares públicos no permitidos, así<br />

como en el interior de vehículos;<br />

8. Arroje líquidos u objetos a las personas;<br />

9. Ingiera substancias tóxicas, enervantes, estimulantes o depresoras del sistema<br />

nervioso en la vía pública;<br />

10. Participe en riñas o las provoque, en la vía pública, lugares públicos, en<br />

espectáculos o reuniones públicas;<br />

11. Fume en vehículos de transporte colectivo, oficinas públicas, establecimientos<br />

municipales o en áreas restringidas, así como en lugares cerrados donde se<br />

presenten espectáculos o diversiones públicas, vehículos particulares estando<br />

presente niños;<br />

12. Impida, dificulte o entorpezca la correcta prestación de los servicios públicos<br />

municipales; y<br />

13. Cualquier otra acción u omisión que afecte o ponga en riesgo la seguridad de las<br />

personas y los bienes.<br />

63

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!