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ESTUDIO DE MERCADO PISCO – ESTADOS ... - Amcham Chile

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<strong>ESTUDIO</strong> <strong>DE</strong> <strong>MERCADO</strong> <strong>PISCO</strong> – <strong>ESTADOS</strong> UNIDOS<br />

Pro<strong>Chile</strong> Atlanta, Marzo 2010<br />

1. PRODUCTO<br />

1.1 Código Sistema Armonizado <strong>Chile</strong>no<br />

22082010 Aguardiente de Uva (Pisco y Similares)<br />

1.2 Descripción Del Producto<br />

El pisco <strong>Chile</strong>no es una bebida alcohólica, perteneciente a una variedad de<br />

aguardiente de uvas. Solo se produce en la Región de Atacama y la Región de<br />

Coquimbo en <strong>Chile</strong>. La ley de alcoholes vigente hoy en día, establece que la<br />

denominación de origen pisco “queda reservada para el aguardiente producido y<br />

envasado, en unidades de consumo, en las Regiones III y IV, elaborado por<br />

destilación de vino genuino potable, proveniente de las variedades de vides que<br />

determine el reglamento, plantadas en dichas Regiones” (articulo 28).<br />

Es considerado una bebida espirituosa, es decir que con un contenido alcohólico que<br />

procede de la destilación de materias primas agrícolas. En este caso particular,<br />

proviene de la destilación de la uva moscatel.<br />

El pisco chileno se clasifica según su graduación alcohólica mínima que se detalla a<br />

continuación:<br />

Pisco corriente o tradicional: 30<br />

Pisco especial: 35<br />

Pisco reservado: 40<br />

Gran Pisco: 43<br />

Sin perjuicio de la clasificación anterior, existen piscos denominados de guarda,<br />

cuyos alcoholes son objeto de guarda con madera noble y por un tiempo mínimo de<br />

180 días, y piscos envejecidos, cuyos alcoholes son objeto de envejecimiento en<br />

madera noble y por un tiempo mínimo de 360 días.<br />

En este estudió abarracaremos las modalidades de piscos mencionadas<br />

anteriormente, que fluctúan entre los 30 y 43.<br />

1.3 Código Sistema Armonizado Local<br />

22082010 Pisco and Singani i<br />

Singani es un Brandy de uva realizado en Bolivia, similar al pisco es<br />

el licor nacional de Bolivia. ii<br />

|1


2. SITUACION ARANCELARIA Y PARA-ARANCELARIA<br />

2.1 Arancel General<br />

Código Arancelario: 22082010<br />

Arancel MFN: 0%<br />

2.2 Otros Impuestos<br />

Depende de la graduación alcohólica de la bebida.<br />

Impuestos Federales<br />

Los impuestos federales son cobrados por el IRS (Internal Revenue Service), pero<br />

recaudados por el US Customs. Para todas las ‘bebidas espirituosas’, los impuestos<br />

federales son los siguientes<br />

Bebidas alcohólicas<br />

destiladas<br />

Todas<br />

Graduación alcohólica<br />

(Proof Gallon) *<br />

$13,50<br />

Botella de 750 ml<br />

$2,14 (a 80 "proof" ó 40º)<br />

* Un "proof gallon" es un galón de líquido con 100 "proof" ó 50% de graduación<br />

alcohólica. El impuesto se ajusta según la graduación alcohólica del producto.<br />

Fórmula de conversión de volumen (galones) a “proof” para efectos de<br />

cálculo de impuestos<br />

1 Multiplicar galones de EE.UU. por el porcentaje de alcohol por volumen.<br />

2. Multiplicar por 2.<br />

3. dividir por 100.<br />

Ejemplo de cálculo:<br />

1. 100 U.S. gallons x 40% alcohol by volume=4000<br />

2. 4000 x 2=8000<br />

3. 8000/100= 80 proof gallons v<br />

Impuestos Estatales<br />

Estos impuestos también varían de Estado en Estado según el grado alcohólico de<br />

los productos.<br />

Impuestos por<br />

galón de licores<br />

destilados<br />

Estado USD$<br />

Alabama $18.78*<br />

Georgia $ 3.79<br />

North<br />

Carolina $13.39*<br />

South<br />

Carolina $4.97**<br />

Tennessee $ 4.46<br />

|2


* Gobierno del Estado controla todas las ventas.<br />

** Hay además un impuesto al por mayor de $5.36 dólares por caja.<br />

Impuestos a la Venta De Bebidas Espirituosas (en tienda al por menor)<br />

State<br />

Sales<br />

Tax<br />

Alabama 4%<br />

Georgia 4%<br />

North<br />

Carolina 4.50%<br />

South<br />

Carolina 6%<br />

Tennessee 7%<br />

A continuación se muestra una tabla de conversión para facilitar el cálculo de<br />

los aranceles e impuestos<br />

Bebidas Espirituosas<br />

Tamaño de<br />

botella<br />

Equivalentes<br />

de onzas de<br />

liquido<br />

Botellas por<br />

caja<br />

Litros por caja<br />

EE UU.<br />

Galones por<br />

caja<br />

Corresponde<br />

a<br />

1.75 Litros 59.2 Fl. Oz. 6 10.50 2.773806 1/2 gallon<br />

1.00 Litros 33.8 Fl. Oz. 12 12.00 3.170064 1 Quart<br />

750 mililitros 25.4 Fl. Oz. 12 9.00 2.377548 4/5 Quart<br />

375 mililitros 12.7 Fl. Oz. 24 9.00 2.377548 4/5 Pint<br />

200 mililitros 6.8 Fl. Oz. 48 9.60 2.536051 1/2 Pint<br />

100 mililitros 3.4 Fl. Oz. 60 6.00 1.585032 1/4 Pint<br />

50 mililitros 1.7 Fl. Oz. 120 6.00 1.585032 1, 1.6 & 2<br />

Oz.<br />

1 litro = 0.264172 EE. UU Galón<br />

2.5 Requisitos y Barreras De Ingreso (No Arancelarias)<br />

Barreras Para Arancelarias<br />

Ley de Bioterrorismo (Bioterrorism Act)<br />

Esta ley Federal entro en vigencia a partir de los ataques terroristas del 9/11, y<br />

tiene por objeto incrementar la seguridad de Estados Unidos en la cadena de<br />

alimentos. Entró en vigencia en diciembre de 2003 y su cumplimiento está a cargo<br />

de la Food and Drug Administration (en adelante FDA) y el Custom Border<br />

Protection, en adelante CBP.<br />

La FDA ha establecido normas que exigen que: (i) las instalaciones alimenticias<br />

estén registradas ante la FDA, y (ii) se informe con anticipación a la FDA sobre<br />

partidas de alimentos importados.<br />

|3


Notificación previa de embarque<br />

Para efectos de la notificación previa, “alimento” se define como: (i) artículos usados<br />

como comida o bebida para humanos u otros animales; (ii) goma de mascar; (iii)<br />

artículos usados como componentes de los artículos enumerados en los puntos<br />

anteriores.<br />

El pisco en este caso estaría sujeto a esta ley, ya que cae en la definición (ii).<br />

La FDA debe recibir y confirmar electrónicamente la notificación previa antes de que<br />

la partida de alimentos llegue al primer puerto (de entrada) en los EE.UU. Los plazos<br />

mínimos para dicha notificación y confirmación varían según el medio de transporte<br />

utilizado. Así, si se utiliza la vía aérea: el plazo es de 4 horas de anticipación. Si se<br />

utiliza la vía marítima, el plazo es de 8 horas de antelación a la llegada al puerto.<br />

La notificación puede ser efectuada por el importador o agente en los EE.UU. El<br />

incumplimiento de la obligación de notificar o una notificación inadecuada puede<br />

significar el rechazo y retención del embarque.<br />

Los 2 sistemas posibles de notificación electrónica se encuentran en<br />

http://www.access.fda.gov La mayoría de la información requerida para la<br />

notificación es algo que ya se entrega a la oficina de aduanas, luego, lo que exige la<br />

Ley de Bioterrorismo es que dicha información debe ser recibida por la FDA antes de<br />

la llegada de los alimentos.<br />

El FDA confirma la recepción de la notificación previa.<br />

Es recomendable que la confirmación de la notificación previa acompañe cualquier<br />

partida de alimentos importados.<br />

Más información sobre medidas de la Ley de Bioterrorismo ver<br />

http://www.fda.gov/oc/bioterrorism/bioact.html<br />

Registro de instalaciones<br />

Según la Ley de Bioterrorismo, los centros nacionales y extranjeros que produzcan,<br />

procesen, envasen o almacenen alimentos para consumo humano o animal en los<br />

EE.UU., debían registrarse ante la FDA antes del 12 de diciembre de 2003. Afecta a<br />

fabricantes o procesadores nacionales y extranjeros; empacadores nacionales y<br />

extranjeros; y, operadores de almacenamiento nacionales y extranjeros.<br />

Las instalaciones que hayan iniciado sus negocios después de esa fecha, deben<br />

registrarse antes de empezar las operaciones de producción/procesamiento,<br />

empaque o almacenamiento.<br />

Si existiera algún cambio en la información requerida para el registro de la<br />

instalación, se debe actualizar el registro.<br />

El registro puede ser efectuado por su propietario, operador o agente a cargo de la<br />

instalación, o por un individuo autorizado por uno de ellos, utilizando el Formulario<br />

3537 disponible en papel o en Internet en el sitio http//www.access.fda.gov<br />

Las instalaciones extranjeras deben designar un agente en los EE.UU., que viva o<br />

mantenga domicilio comercial en los EE.UU. y que esté físicamente presente en los<br />

EE.UU. para los efectos del registro. Dicho agente debe estar autorizado para<br />

registrar la instalación.<br />

|4


En caso de no cumplirse con el registro de una instalación extranjera, los<br />

alimentos/bebidas exportados a los EE.UU. pueden ser rechazados y retenidos en el<br />

puerto de entrada.<br />

Trazabilidad<br />

La FDA publicó el 6 de diciembre del 2004 la norma final 306 “Registro Previo”,<br />

relativa a la Ley de Bioterrorismo, que exige que los establecimientos que elaboren,<br />

procesen, empaquen, mantengan o exporten alimentos para consumo humano o<br />

animal en Estados Unidos, deberán establecer y mantener registros que permitan a<br />

la FDA realizar la trazabilidad de dichos productos ante posibles amenazas a la salud<br />

de seres humanos o animales en su territorio.<br />

El registro deberá permitir identificar desde donde provienen los alimentos, y se<br />

debe mantener entre 6 meses a un año.<br />

La FDA regula la información que deberá incluir el registro pero no su formato,<br />

pudiendo utilizarse medios electrónicos o impresos.<br />

Cuando la FDA estime que pudiese existir amenaza para la salud y vida humana o<br />

animal, los registros deberán estar disponibles con prontitud: máximo 24 horas<br />

(dependiendo el transporte y del momento en que se eleve la solicitud).<br />

Todos los establecimientos deben cumplir esta norma en un plazo de 12 meses. En el<br />

caso de las pequeñas empresas el plazo es de 18 meses y las micro empresas es de<br />

24 meses.2<br />

Cualquier información adicional se podrá encontrar en la página electrónica de la<br />

FDA:<br />

http://www.fda.gov/bbs/topics/news/2004/NEW01143.html<br />

PERMISOS Y ETIQUETAS<br />

Previo a la exportación de cualquier tipo de bebida alcohólica a Estados Unidos, la<br />

compañía chilena debe realizar los trámites señalados a continuación.<br />

- Registro de Bebidas Alcohólicas: Deberá inscribirse en el Servicio Agrícola<br />

Ganadero (en adelante SAG), como exportador y distribuidor de bebidas alcohólicas.<br />

- Registro de producto: La bebida alcohólica deberá registrarse, presentando un<br />

análisis de producto.<br />

- Certificado de destinación aduanero: Para realizar cualquier destinación aduanera<br />

de alcoholes, el Servicio de Aduanas (http://www.aduana.cl ) exigirá un certificado<br />

emitido por el SAG, el cual señalara el lugar indicado y las condiciones con las que<br />

debe ser almacenado, ruta y condiciones del transporte requerido entre otras.<br />

En Estados Unidos, debe existir un importador o representante que ingrese los<br />

productos al país este debe completar un formulario de inspección y tener disponible<br />

la documentación de registros de SAG.<br />

Entonces, el exportador chileno de pisco, debe tener un importador en Estados<br />

Unidos que tenga una licencia federal ‘Importer’s Basic permit’3, además de las<br />

licencias pertinentes del Estado donde desee operar (ver mas adelante<br />

procedimientos para cada Estado). El requisito mínimo para obtener esta licencia es<br />

|5


estar establecido en Estados Unidos y disponer de una sede de negocios que acredite<br />

la existencia de una actividad comercial.<br />

La venta de licores está estrictamente reglamentada en la Federal Alcohol<br />

Administration Act, en adelante FAA; y administrado por el Alcohol and Tabacco Tax<br />

and Trade Bureau, en adelante TTB.<br />

Para las bebidas alcohólicas la ley exige una distribución de tres canales o ‘three tier<br />

system’. Esto se estableció después que se abolió en Estados Unidos la ‘Prohibición’<br />

en 1933. Los tres canales son:<br />

- Productor o importador<br />

- Distribuidor<br />

- Retailer<br />

Con esta cadena, se logra incrementar los costos del precio final vía impuestos y<br />

márgenes, logrando en cierta medida disminuir el consumo de estas bebidas por<br />

menores de edad.<br />

Para poder retirar de aduana los productos una vez llegados a Estados Unidos, el<br />

importador necesitará:<br />

- Permiso de importación de bebidas alcohólicas del BAFT (U.S. Treasury Bureau of<br />

Alcohol Tobacco and Firearms).<br />

- Pago del impuesto federal en el puerto de entrada.<br />

- Certificado de aprobación y etiquetado<br />

- Certificado de origen.<br />

- Factura comercial en inglés.<br />

- Packing list<br />

- Cumplir con las disposiciones derivadas de la ley de bioterrorismo.<br />

- Otras documentaciones adicionales se pueden exigir según el puerto de entrada.<br />

El pisco cae en la categoría de productos cuya importación es regulada por la Food<br />

and Drug Administration (en adelante FDA). Por ello es sujeto de inspección por<br />

parte de ésta en el puerto de entrada. Si algún cargamento no cumple con tal<br />

inspección, será detenido en el puerto de entrada. La FDA otorga una segunda<br />

oportunidad para cumplir con los<br />

requerimientos exigidos, antes de prohibir el ingreso. Cualquier procedimiento<br />

realizado para la reinspección debe ser supervisado por personal de la FDA, y los<br />

gastos asociados a aquellos deber ser pagados por el importador.<br />

Luego, el ingreso de la mercancía es un proceso de dos etapas:<br />

1) Llenado de los documentos que determinan si la mercadería puede o no ser<br />

liberada de aduana<br />

2) Llenado de documentos con información para propósitos estadísticos y de<br />

recaudación arancelaria<br />

Hay cinco días hábiles, contados a partir de la llegada de los bienes al puerto<br />

norteamericano, para llenar los documentos necesarios (salvo que se haya extendido<br />

el periodo por una prórroga).<br />

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Dentro de los documentos requeridos se encuentran los siguientes:<br />

- Certificado de Aprobación de Etiquetado: Este documento se exige para asegurarse<br />

que la mercancía entrante cumpla con los requisitos de etiquetados federales. El<br />

certificado se obtiene con anterioridad a la importación. El importador debe solicitarlo<br />

al TTB a través del formulario ‘Application for Certification/Exemption of label/bottle<br />

approval (www.ttb.gov/forms).<br />

- Certificado de Origen (mencionado anteriormente en este estudio)<br />

- Facturas o bill of lading.<br />

Etiquetado<br />

Para obtener el certificado de aprobación de etiquetado, visite la página web:<br />

www.ttb.gov/spirits/bam.shtml<br />

Existe un contenido obligatorio que debe tener una etiqueta, siguiendo las<br />

indicaciones exigidas por la TTB... Para ello existe una guía práctica titulada “The<br />

beverage alcohol manual”. Allí se puede encontrar el requerimiento de contenido<br />

básico que debe tener una etiqueta de bebidas alcohólicas.<br />

Resumen a continuación:<br />

1. Nombre de la Marca<br />

2. Contenido alcohólico, debe estar indicado `% ALCOHOL (ALC) BY VOLUME (VOL).<br />

La letra con la que si indica lo anterior debe tener un tamaño entre 1 y 3 mm (en<br />

recipientes hasta 5 litros).<br />

3. Nombre y dirección del importador en Estados Unidos. Con una frase clara que<br />

diga “Importado por..”. En el caso en que sea embotellado en Estados Unidos, debe<br />

indicar además quien lo esta embotellando, “Embotellado por..”<br />

4. País de origen<br />

5. Contenido Neto. Debe estar expresado en sistema métrico.<br />

6. Presencia de Colorantes<br />

7. Tratamiento con Madera. Sólo si tuvo tratamiento con Madera.<br />

8. FD&C Yellow #5 Disclosure. Debe aparecer escrito si existe presencia del colorante<br />

Amarillo o tratrazine.<br />

9. Declaración de la presencia de sulfitos.<br />

10. Health Warning Statement, es un requerimiento a nivel nacional, toda bebida<br />

alcohólica con sobre 0.5% alcohol de volumen, debe decir:<br />

Goverment Warning: (1) According to the surgeon general, women should not<br />

drink alcoholic beverages during pregnancy because of the risks of Birth defects (2)<br />

consumption of alcoholic beverages impairs your ability to drive a car or operate<br />

machinery, and may cause health problems.<br />

|7


iii<br />

Procedimiento para obtener las licencias por parte del importador y minorista e<br />

información general sobre la venta de alcohol en cada Estado:<br />

Cada estado tiene su propia legislación de las licencias que se deben obtener para<br />

vender alcohol.<br />

Estados Controlados: son Estados que tienen el monopolio de la venta al por mayor<br />

y/o ventas al por menor de algunas o de todas las categorías de bebidas alcohólicas,<br />

como cerveza, vino y licores destilados.<br />

Los Restaurantes deben tener una licencia especial para vender licores destilados y esta<br />

licencia es cara y varia de estado a estado. La obtención de una licencia para vender<br />

licor en su restaurante puede tardar hasta un ano y puede costar desde USD$500 hasta<br />

$70,000. El proceso de solicitud para solicitar una licencia de licor puede ser muy<br />

largo. Si el solicitante ha tenido antecedentes penales anteriores puede que tenga que<br />

presentar una carta explicando la situación. En dichos casos el Estado puede denegar<br />

una licencia de licor debido a la conducta pasada.<br />

GEORGIA:<br />

Licencia de Importador<br />

https://etax.dor.ga.gov/alcohol/ATD_Importer_License.pdf<br />

(Licores/Bebidas de Malta/Vino<br />

Las siguientes directrices se proporcionan para ayudar en la preparación de una<br />

solicitud de licencia para importación de licores en el Estado de Georgia (Georgia<br />

Importer License application). Todos los formularios siguientes son necesarios para<br />

garantizar una Solicitud de importación para el estado de Georgia de bebidas<br />

alcohólicas destiladas, bebidas de malta y / o vino.<br />

Derechos de licencia: $1000<br />

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Tasa de investigación: $100<br />

Formularios Requeridos:<br />

(1) Solicitud de Registro de Impuestos Estatales (Form CRF-002)<br />

(2) Solicitud de Mayorista / Importador / Agente / Fabricante (Formulario ATT-6)<br />

(3) Solicitud de Registro de Marca y etiqueta y la designación de las ventas del<br />

territorio (Formulario ATT-104)<br />

(4) Solicitud de Permiso de Alcohol (Form ATT-15)<br />

(5) Estado de Bebidas Alcohólicas de personal Declaración para Licencia de Licor<br />

(Formulario ATT-17)<br />

(7) Bono de importador de licores (Form ATT-204)<br />

Tras la recepción, la solicitud será asignada para la investigación a un agente<br />

especial de ingresos en el distrito correspondiente en el que se encuentra la<br />

empresa. Todos los esfuerzos razonables se harán para completar la investigación<br />

de una manera oportuna.<br />

En Georgia los supermercados pueden vender cervezas y vinos, no así destilados ni<br />

tampoco derivado de los destilados por lo tanto no pueden vender pisco. No hay<br />

venta de alcohol el domingo (con excepción de restaurantes / bares con autorización<br />

de ventas). No hay venta de alcohol en el día de Navidad.<br />

NORTH CAROLINA (Estado controlado):<br />

Obtención de Permisos<br />

Un establecimiento o persona que se dedica a la fabricación, importación,<br />

distribución, envasado, transporte o la representación de las bebidas alcohólicas<br />

deben obtener un permiso comercial otorgado por el ABC (Alcohol Beverage Control)<br />

autorizando esa actividad. Los permisos del ABC son válidos hasta que hay un<br />

cambio de titularidad, cambio de ubicación o se terminan los negocios. En primer<br />

lugar, determinar el tipo de permiso que necesita para llevar a cabo los negocios.<br />

Cada permiso autoriza a actividades específicas. En algunos casos puede que el<br />

establecimiento tenga que solicitar más de un permiso para lo cual debe referirse a<br />

los tipos de permiso para ver la autorización y la tasa por cada uno.<br />

Autorización para la importación/ embotellador de licores. Precio de la<br />

licencia: $ 500.00 Forma (18B-1105.1)<br />

El dueño de una embotelladora de licores importados podrá:<br />

1. Recibir licores espirituosos en envases cerrados, en zonas de comercio exterior en<br />

las instalaciones del puerto del Estado en Morehead City y Wilmington de los buques<br />

atracados en las instalaciones del Estado del puerto con el fin de embotellarlo,<br />

envasarlo o etiquetarlo.<br />

2. Envasar empacar y etiquetar licores espirituosos en este Estado, importados o<br />

recibidos en una zona de comercio exterior de conformidad con esta sección.<br />

3. Recibir licores espirituosos en recipientes cerrados en las zonas de comercio<br />

exterior del Estado en los instalaciones de puerto en Morehead City y Wilmington de<br />

los buques atracados en los puertos del Estado para el almacenamiento, venta,<br />

transporte, trasbordo y al Estado o depósitos locales de la junta ABC, previa a las<br />

leyes de otras jurisdicciones, a los organismos privados o públicos o establecimientos<br />

de otros Estados o naciones.<br />

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4. Sujeto al anotación de las operaciones de la ley GS 18B-1115, entrada o salida de<br />

las zonas de comercio exterior en las instalaciones del Estado del puerto en<br />

Morehead City y Wilmington, la cantidad máxima de alcohol permitido por la ley<br />

federal, si el transporte está relacionada con la de embotellado, envasado,<br />

etiquetado, venta, o de almacenamiento autorizado por esta sección.<br />

Aprobación de Producto<br />

Los reglamentos de North Carolina exigen que cada bebida de malta, vinos y licores<br />

espirituosos sea aprobado por la Comisión (North Carolina ABC Commision, NCABC)<br />

antes de ser vendidos en este Estado.<br />

Todos los contenedores tienen que tener etiqueta<br />

Cada recipiente de vino o bebidas de malta y licores, incluyendo botellas, barriles,<br />

toneles, latas u otros recipientes cerrados, independientemente de su tamaño o del<br />

material con el que hizo, que se vende o se pongan a la venta en este estado o que<br />

se utiliza para la transporte, importación o venta de bebidas de malta o vino,<br />

deberán llevar una etiqueta de marca (o una etiqueta de marca y otras etiquetas<br />

permitidas) que contiene la información requerida.<br />

Esta responsabilidad recae sobre el proveedor (bodega, fábrica de cerveza,<br />

embotelladora, importador de vino, importadores de bebidas de malta, la destilería,<br />

el importador de licores / embotellador).<br />

Procedimientos Para que una Nueva Empresa pueda vender Licores<br />

Destilados En North Carolina<br />

Directrices Básicas:<br />

La Comisión NC-ABC tiene la autoridad para:<br />

1. Para Fijar los precios<br />

2. Contratar el almacenamiento dentro del Estado (Contract for State ABC<br />

Warehousing)<br />

3. Disponer el recibo, almacenamiento y distribución de licores espirituosos<br />

Ejemplo de Instrucciones Del Etiquetado Para La Caja de licor (Figura 1):<br />

1. Descripción del producto – El tamaño debe ser incluido<br />

2. Número de código de control Estatal (Control State Code Number) -<br />

“320”representa las tres prefijo dígitos para identificar mejor la clase y el tipo.<br />

“43136’ es el numero exclusivo de CSC (nota: se deben omitir los ceros a la<br />

izquierda). “75” representa los dos dígitos que identifique el sufijo de tamaño.<br />

Número de código de control Estatal debe ser 7/8” a 1” de alto. El prefijo y el sufijo<br />

del número debe ser ¼” a ½” de alto.<br />

3. Números de código de otro Estado (Other State Code Numbers) – Los números de<br />

Pennsylvania y North Carolina deben ser 7/8” a 1” de alto. Todos los otros números<br />

de estados deben ser ½” de alto.<br />

4. La simbología de la UPC – El símbolo del UPC se encuentra en la esquina inferior<br />

izquierda de la etiqueta de código de la caja.<br />

5. Ubicación – La etiqueta deber estar ubicado en un el punto del panel.<br />

.<br />

|10


FIGURA 1<br />

En el cuadro siguiente se muestra un listado de Brokers de Carolina del Norte que<br />

son los que pueden efectuar la presentación del producto (licor) ante la Comisión<br />

ABC para obtener la autorización de venta de licores. Esta presentación la pueden<br />

hacer durante el mes de febrero de cada año<br />

Carolina One<br />

(View Distillers)<br />

124 Kemp Road East<br />

Greensboro NC 27410<br />

Contact: Terry Hindle<br />

Phone: 336-707-5588 336-707-<br />

5588<br />

Fax: 336-545-1900<br />

E-mail: avery@sparrowinc.cc<br />

Fine Wine & Spirits Marketing<br />

(View Distillers)<br />

115 E Academy St<br />

Wendell NC 27591<br />

Contact: Joseph Sparacia (H-365-6216)<br />

Phone: 919-366-2509 919-366-<br />

2509<br />

Fax: 919-366-1707<br />

E-mail: jsparacia@hotmail.com<br />

Web site: www.finewinemarketing.com<br />

Don Layno LLC<br />

(View Distillers)<br />

107 Core Drive West<br />

Morehead City NC 28557<br />

Contact: Don Layno<br />

Phone: 252-726-5414 252-726-<br />

5414<br />

Fax:<br />

E-mail: dlayno@ec.rr.com<br />

Hexa Partners<br />

(View Distillers)<br />

PO Box 91704<br />

Raleigh NC 27675<br />

Contact: Ruben Martinez<br />

Phone: 919-744-0345 919-744-<br />

0345<br />

Fax:<br />

E-mail: rmghexa@hotmail.com<br />

Web site: www.proagave.com<br />

|11


Mutual Sales & Marketing<br />

(View Distillers)<br />

PO Box 26446<br />

Raleigh NC 27611<br />

Contact: Bill Kennedy<br />

Phone: 919-828-3842 919-828-<br />

3842<br />

Fax: 919-832-2813<br />

E-mail: tcampbell@mutualdistributing.com<br />

Republic National - Charlotte Div<br />

(View Distillers)<br />

2900 Westinghouse BLVD STE 100<br />

Charlotte NC 28273<br />

Contact: Donavan Campbell<br />

Phone: 704-587-3878 704-587-<br />

3878<br />

Fax: 704-587-9998<br />

E-mail: donavan.campbell@rndc-usa.com<br />

Web site: www.republicbeverage.com<br />

Southern Wine & Spirits Mid Atlantic,<br />

Inc.<br />

(View Distillers)<br />

9320 Focal Point<br />

Raleigh NC 27617<br />

Contact: Paul Criscuolo<br />

Phone: 919-836-0300 919-836-<br />

0300<br />

Fax: 919-836-0323<br />

E-mail: paulc@southernwine.com<br />

Pinnacle Spirits & Wine LLC<br />

(View Distillers)<br />

7616 Quail Hill Rd<br />

Charlotte NC 28210<br />

Contact: Doug Guerriero<br />

Phone: 704-607-6378 704-607-<br />

6378<br />

Fax: 704-553-2427<br />

E-mail: dguerriero@pinnaclemkg.com<br />

Republic National - Pucillo Div<br />

(View Distillers)<br />

3717 National Drive STE 105<br />

Raleigh NC 27612<br />

Contact: Lou Pucillo<br />

Phone: 919-781-2550 919-781-<br />

2550<br />

Fax: 919-571-1048<br />

E-mail: lou.pucillo@rndc-usa.com<br />

Web site: www.republicbeverage.com<br />

Sparrow & Associates<br />

(View Distillers)<br />

PO Box 99109<br />

Raleigh NC 27624-9109<br />

Contact: David Sparrow<br />

Phone: 919-398-6146 919-398-<br />

6146<br />

Fax: 919-398-6148<br />

E-mail: david@sparrowinc.cc<br />

TENNESSEE<br />

El Tennessee Alcoholic Beverage Commission (TABC) es una agencia que ejecuta la<br />

ley con funciones regulatorias. Su jurisdicción incluye las entidades de licencias en<br />

todo el estado para venta y distribución de bebidas alcohólicas. Como parte de sus<br />

funciones regulatorias, las TABC da licencias de cada uno de los tres niveles de<br />

distribución de alcohol: los proveedores y fabricantes, mayoristas y minoristas.<br />

Non-Residente Tennessee:<br />

Debe llenar el permiso de vendedores: Non- Resident<br />

Cuotas de permisos: $150 (Menos de 100 casos por año)<br />

$250 (Más de 100 casos por año)<br />

1. Aplicación forma<br />

2. Forma para Representante de Distillador<br />

3. Declaración jurada debe acompañar el Aplicación para Permiso de Representante<br />

Distillador<br />

Para recibir una aplicación non-residente, también debe tener un permiso Federal<br />

básico.<br />

Todas las marcas y las etiquetas deben estar registrados y aprobados por el<br />

Department of Revenue en Tennessee antes de cualquier envió al estado.<br />

|12


Después que recibes el permiso de non- residencia, debes de registrar la marca con<br />

completar la Aplicación para Registrar Marcas Nueva de Licores y Vinos. Esta<br />

aplicación deber ir acompañada con los siguientes documentos:<br />

1 Copia de la licencia non-resident de Tennessee (emitido por Tennessee Alcoholic<br />

Beverage Commission)<br />

2 Copia del Permiso Básico Federal<br />

3 Copia de la etiqueta de la marca<br />

4 Copia de la C.O.L.A federal para cada marca<br />

Una vez que el Department of Revenue ha aprobado la marca, ellos publican la<br />

marca en la página de web, y en ese punto las mayoristas están autorizadas a<br />

distribuir el producto. iv<br />

Ventas de licores espiritosos están limitados a ‘on-premise’ en restaurantes los<br />

domingos.<br />

‘On-premise’ horas: Lunes – sábado 8 am-3 am, domingo 12 pm-3 am.<br />

‘Off-premise’ horas: 8 am- 11pm, lunes a sábado<br />

|13


3 ESTADISTICAS – IMPORTACIONES (HS CO<strong>DE</strong> 2208201000)<br />

Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80 %<br />

vol; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas.<br />

Aguardiente de vino o de orujo de uvas:<br />

De uva (pisco y similares)<br />

Pisco & Singani en los Estados Unidos<br />

<strong>Chile</strong> y Perú son los principales productores y exportadores de pisco en el mundo.<br />

Exportaciones del mundo a los EE. UU de Singani y Pisco (Código:<br />

2208201000)<br />

Rank Code Description<br />

ANNUAL<br />

2007<br />

ANNUAL<br />

2008<br />

ANNUAL<br />

2009<br />

%2007-<br />

2008<br />

%2008-<br />

2009<br />

TOTAL ALL<br />

COUNTRIES 559,380.00 856,073.00 649,846.00 53.04 -24.09<br />

1 PER Peru 199,118.00 485,580.00 307,667.00 143.87 -36.64<br />

2 CHL <strong>Chile</strong> 322,438.00 348,548.00 175,330.00 8.1 -49.7<br />

3 ITA Italy 37,824.00 16,455.00 61,903.00 -56.5 276.2<br />

4 ARM Armenia 0 0 57,374.00 0.nan 0.inf<br />

5 POL Poland 0 0 47,572.00 0.nan 0.inf<br />

6 <strong>DE</strong>U Germany 0 5,490.00 0 0.inf -100<br />

7 BHS Bahamas 0 0 0 0.nan 0.nan<br />

8 BOL Bolivia 0 0 0 0.nan 0.nan<br />

9 FRA France 0 0 0 0.nan 0.nan<br />

10 GBR United Kingdom 0 0 0 0.nan 0.nan<br />

www.wisertrade.org<br />

Como se ha señalado Perú es el mayor exportador del Código 2208201000 ha los<br />

EE.UU., seguido por <strong>Chile</strong> en 2009. De 2007 a 2008 Perú aumentó las exportaciones<br />

a los EE.UU. 143%, mientras <strong>Chile</strong> sólo creció un 8,1%. De 2008 a 2009 tanto <strong>Chile</strong><br />

como Perú bajaron exportaciones a EE.UU., sin embargo <strong>Chile</strong> disminuyó 13,06<br />

puntos porcentuales más que Perú.<br />

|14


Comercio de importación Global del Pisco y Singani (código: 2208201000) a los<br />

Estados Unidos por Puerto de Entrada<br />

Rank Code Description<br />

1 10<br />

ANNUAL<br />

2007<br />

ANNUAL<br />

2008<br />

ANNUAL<br />

2009<br />

%2007-<br />

2008<br />

%2008-<br />

2009<br />

TOTAL ALL<br />

DISTRICTS 559,380.00 856,073.00 649,846.00 53.04 -24.09<br />

New York City, New<br />

York 340,335.00 498,954.00 323,639.00 46.61 -35.14<br />

2 52 Miami, Florida 75,256.00 97,782.00 65,448.00 29.93 -33.07<br />

Savannah,<br />

3 17 Georgia 0 0 57,374.00 0.nan 0.inf<br />

4 13 Baltimore, Maryland 63,924.00 128,950.00 55,166.00 101.72 -57.22<br />

5 18 Tampa, Florida 0 0 47,572.00 0.nan 0.inf<br />

Los Angeles,<br />

6 27 California 57,386.00 107,613.00 42,844.00 87.52 -60.19<br />

7 28 San Francisco, Calif. 22,479.00 0 33,220.00 -100 0.inf<br />

8 39 Chicago, Illinois 0 0 11,535.00 0.nan 0.inf<br />

9 49<br />

San Juan, Puerto<br />

Rico 0 5,474.00 10,948.00 0.inf 100<br />

10 33<br />

Great Falls,<br />

Montana 0 0 2,100.00 0.nan 0.inf<br />

www.wisertrade.org<br />

Alrededor del 50% del total de código 2208201000 se está importando a través del<br />

distrito de Nueva York, portuaria, el 10% a través de Miami, FL distrito portuario.<br />

Todo lo que entra por el distrito portuario de Savannah, GA del código 2208201000<br />

es de Armenia o sea que no es Pisco, es Singani.<br />

|15


Todo el Pisco (código 2208201000) desde <strong>Chile</strong> entra a los EEUU por los<br />

siguientes distritos:<br />

Rank Code Description<br />

1 10<br />

2 27<br />

3 33<br />

ANNUAL<br />

2007<br />

ANNUAL<br />

2008<br />

ANNUAL<br />

2009<br />

%2007-<br />

2008<br />

%2008-<br />

2009<br />

TOTAL ALL<br />

DISTRICTS 322,438.00 348,548.00 175,330.00 8.1 -49.7<br />

New York City, New<br />

York 243,649.00 245,573.00 159,664.00 0.79 -34.98<br />

Los Angeles,<br />

California 48,168.00 42,975.00 13,566.00 -10.78 -68.43<br />

Great Falls,<br />

Montana 0 0 2,100.00 0.nan 0.inf<br />

4 52 Miami, Florida 10,461.00 60,000.00 0 473.56 -100<br />

5 28 San Francisco, Calif. 20,160.00 0 0 -100 0.nan<br />

6 13 Baltimore, Maryland 0 0 0 0.nan 0.nan<br />

7 38 Detroit, Michigan 0 0 0 0.nan 0.nan<br />

www.wisertrade.org<br />

Pisco de <strong>Chile</strong> (código 2208201000) no entra por los puertos que cubre la oficina de<br />

Pro<strong>Chile</strong> Atlanta.<br />

|16


Consumo De Licores Espirituosos. Total Por País<br />

Cantidad de<br />

País<br />

Litros<br />

Japan 8.2<br />

France 7.2<br />

Finland 5.7<br />

Germany 5.3<br />

Ireland 5.3<br />

USA 4.8<br />

Netherlands 4.7<br />

Canada 4.3<br />

United<br />

Kingdom 3.9<br />

Austria 3.2<br />

Sweden 2.9<br />

Volumen De Consumo Bebidas Espirituosas (Volumen en 1,000 galons) en los<br />

Estados que cubre Oficom Atlanta<br />

North<br />

Alabama Volumen Georgia Volumen Carolina Volumen<br />

2007 5,117 2007 11,784 2007 10,052<br />

2006 4,960 2006 11,494 2006 9,570<br />

2005 4,812 2005 11,120 2005 9,234<br />

2004 4,673 2004 10,968 2004 8,915<br />

2003 4,599 2003 11,055 2003 8,554<br />

South<br />

Carolina Volumen Tennessee Volumen<br />

2007 6,711 2007 6,814<br />

2006 6,576 2006 6,740<br />

2005 6,384 2005 6,523<br />

2004 6,290 2004 6,211<br />

2003 6,026 2003 5,975<br />

www.niaaa.nih.gov/<br />

|17


4 Potencial del Producto<br />

4.1 Formas De Consumo Del Producto<br />

El Pisco se pude consumir de las siguientes maneras:<br />

-Como licor solo<br />

-Con alguna bebida gaseosa<br />

-Mezclada con frutas, sabores y otros alcoholes en forma de cocktail.<br />

El Pisco se puede consumir en restaurantes autorizados (con licencia de<br />

licores) o bien de manera particular en casa, después de haber obtenido el<br />

producto en una tienda.<br />

4.2 Nuevas Tecnologías Aplicadas A La Presentación/Comercialización<br />

Del Producto (Ventas a Través De Internet Etc.)<br />

En los EE.UU. la mayoría del pisco se vende en tienda de licores o<br />

restaurantes/bares. Internet permite al consumidor enterarse de donde<br />

comprar el producto en el país, y también existe venta vía internet.<br />

4.3 Temporadas De Mayor Demanda/Consumo Del Producto<br />

La demanda en los Estados Unidos y su consumo es estable durante el ano, a<br />

diferencia de <strong>Chile</strong>, que su mayor consumo se da en los meses de verano. <br />

4.5 Principales Zonas O Centros De Consumo Del Producto<br />

En los Estados Unidos solo hay unas pocas marcas de Pisco y no se encuentran<br />

en todos los estados. Las marcas que se encuentran más que otras son:<br />

<strong>Chile</strong>an Capel y Alto del Carmen. Peruvian Machu Pisco, BarSol, Inca Gold<br />

Pisco y Montesierpe.<br />

De acuerdo al U.S. Census, la población hispana representa 5.3% de la<br />

población en Georgia (la población de Georgia en 2000 era 9, 363,941).<br />

Según cifras entregadas por los importadores de pisco chileno, el estado con<br />

más consumo de pisco es Nueva York, seguido por Florida y California. Por lo<br />

general, los centros de más alto consumo corresponden a ciudades<br />

cosmopolitas, donde hay un alto número de inmigrantes extranjeros y en<br />

particular latinos. <br />

EE.UU. Tequila mercado volúmenes por año y Precio Categoría<br />

Year Value Premium<br />

High End<br />

Premium<br />

Super<br />

Premium<br />

Grand<br />

Total<br />

2002 1,623 4,788 417 358 7,186<br />

2003 1,777 5,290 446 497 8,009<br />

2004 1,831 5,662 664 513 8,670<br />

2005 1,858 5,938 739 665 9,200<br />

2006 1,919 6,169 795 1,191 10,074<br />

2007 1,969 6,279 860 1,367 10,495<br />

06-07<br />

Growth 3.60% 1.80% 8.10% 14.80% 4.20%<br />

www.discuss.org<br />

|18


EE.UU. Vodka mercado volúmenes por año y Precio Categoría<br />

Year Value Premium<br />

High End<br />

Premium<br />

Super<br />

Premium<br />

Grand<br />

Total<br />

2002 19,338 9,961 8,563 1,570 39,432<br />

2003 20,123 10,541 9,286 1,905 41,855<br />

2004 20,827 10,752 9,878 2,631 44,088<br />

2005 21,080 11,281 10,527 2,992 45,879<br />

2006 21,144 12,301 11,204 4,132 48,782<br />

2007 21,891 12,976 11,651 4,720 51,237<br />

06-07<br />

Growth 3.50% 5.50% 4.00% 14.20% 5.00%<br />

www.discuss.org<br />

5 PRECIOS <strong>DE</strong> REFERENCIA RETAIL<br />

Georgia:<br />

750 ml<br />

Tienda<br />

#1<br />

Tienda<br />

#2<br />

Tienda<br />

#3 Websites %alcohol<br />

Pisco Capel $ 15.39 $ 17.99 $ 17.95 40%<br />

Alto Del<br />

Carmen $ 17.69 $ 15.99<br />

Pisco Control - - - $ 25.00 40%<br />

Pisco Inca $ 19.99 $ 25.99 $ 22.99 42%<br />

Ocucaje $ 19.99 $ 24.95 44.80%<br />

|19


6 ESTRATEGIAS Y CAMPANAS <strong>DE</strong> PROMOCION UTILIZADAS POR LA<br />

COMPETENCIA<br />

En los Estados Unidos, la publicidad tiene autorregulación para crear normas éticas<br />

para la publicidad de alcohol. La principal preocupación es donde se coloca la<br />

publicidad. En la actualidad, la norma es que la publicidad de alcohol sólo se puede<br />

colocar en los medios de comunicación donde el 70% de la audiencia es de la edad<br />

legal para beber. Los mensajes de publicidad de alcohol no deben ser diseñados<br />

para atraer a personas menores de 21 años de edad, por ejemplo, no se puede<br />

utilizar personajes de dibujos animados promocionando el consumo de alcohol. La<br />

publicidad no debe alentar consumo irresponsable.<br />

<strong>PISCO</strong> PERUANO:<br />

Inca Gold Pisco – Está disponible en los siguientes estados:<br />

California, Florida, Tennessee, Georgia, Illinois, Indiana, y<br />

Maryland.<br />

www.IncaSpirits.com – La pagina de Web Inca Gold Pisco está<br />

escrita en inglés. La página también tiene recetas para diferentes<br />

tragos que se puede hacer con el Inca Pisco Gold.<br />

La página Web tiene secciones de: Eventos, donde comprar,<br />

recetas, la historia, y que es Inca Gold Pisco. Este sitio esta muy<br />

bien logrado.<br />

También tiene una pagina de Myspace.com que es un ‘social networking’ site.<br />

El Inca Gold Pisco también tiene ‘mixes’ que se puede comprar y estos también<br />

tienem recetas en ingles y español.<br />

Tuvieron un evento en Atlanta que se llamo: PiscObama. Fue un concurso<br />

celebrado en Atlanta para conmemorar la presidencia de Barack Obama. Este<br />

evento consistió en que algunos de los mejores ‘mixologists’ (bartender profesional)<br />

de Atlanta tuvieron una competencia para crear ‘un cóctel para el cambio’<br />

|20


utilizando Inca Gold Pisco. Este evento fue creado por Walt Bauer, CEO de Inca<br />

Spirits, el importador de Inca Gold Pisco.<br />

En San Francisco se abrió un ‘Pisco Latin Lounge’ en Agosto 2008 en el cual el Inca<br />

Gold Pisco es el pisco de la casa<br />

Machu<br />

Pisco<br />

http://www.macchupisco.com/ - La página Web está escrita en inglés y también tiene<br />

recetas. (No se consigue en SC, NC, GA, TN o AL)<br />

Tienen – Pisco parties y también Pisco National Day (desde el 2003 Perú tiene National<br />

Pisco Sour Day – se celebra el primer fin de semana de febrero).<br />

CHILENO:<br />

Pisco Capel Alto Del Carmen<br />

Pisco Control<br />

www.piscocapel.cl<br />

www.altodelcarmen.com<br />

Ninguno de los piscos chilenos tiene una página Web en inglés.<br />

El Website para el Pisco Control no se encuentra<br />

7 CANALES <strong>DE</strong> COMERCIALIZACION Y DISTRIBUCION<br />

La venta de todas bebidas alcohólicas, está estrictamente reglamentada por el FAA y<br />

administrado por el TTB (Alcohol and Tobacco Tax and Trade Bureau). La ley exige<br />

una distribución de tres canales o “three tier system’, de manera que siempre el<br />

producto, para llegar al consumidor, debe pasar por tres canales:<br />

-Proveedores (suppliers)<br />

-Mayoristas (wholesalers)<br />

-Minoristas (retailers).<br />

El objetivo de este sistema es lograr incrementar los costos del precio final vía<br />

impuestos y márgenes para desincentivar el consumo, y restringir el acceso a las<br />

bebidas alcohólicas para los menores de edad.<br />

|21


Hay un estricto sistema de licencias que puede variar de Estado a Estado a las que<br />

se le suman las regulaciones federales comunes para todos los Estados.<br />

El importador los comercializa a un distribuidor y es aquel el que lo comercializa a los<br />

dos canales de venta existentes para el pisco (on premise y off premise).<br />

“On premise” comprende todos los establecimientos donde el consumo se realiza en<br />

el lugar de la venta; por ejemplo; hoteles, bares, pubs, restaurantes etc.<br />

“Off Premise” corresponde a supermercados, tiendas de vinos, licorerías, ventas por<br />

internet, es decir, todos aquellos lugares donde el producto es consumido “fuera del<br />

lugar de la venta<br />

North Carolina tiene tres niveles del Estado y no permite el envío directo de<br />

bebidas alcohólicas a los consumidores. En pocas palabras, en Carolina del Norte,<br />

esto significa que un fabricante autorizado, importador, envasador o vendedor no<br />

residente (primer nivel) puede vender y enviar sólo a los mayoristas con licencia<br />

(segundo nivel). El mayorista puede vender sólo a los minoristas autorizados (tercer<br />

nivel) o de otros mayoristas. La única excepción al sistema de tres niveles es que<br />

una bodega de Carolina del Norte puede enviar sus productos a compradores<br />

individuales dentro y fuera de este estado.<br />

Como se indico anteriormente Carolina del Norte es un “Estado Controlado”, por lo<br />

tanto los licores espirituosos se venden solo en las tiendas autorizadas por la<br />

Comision ABC, y además deben tener el nombre “ABC”<br />

North Carolina Alcohol Beverage Control Commission Distribution System<br />

|22


v<br />

8 SUGERENCIAS Y RECOMENDACIONES <strong>DE</strong>L DIRECTOR COMERICAL SOBRE LA<br />

ESTRATEGIA A SERGUIR PARA LA PENETRACION O COLOCACION,<br />

MANTENCION Y/O CONSOLIDACION <strong>DE</strong>L PRODUCTO CHILENO<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

<br />

Es necesario que las empresas chilenas de pisco cuenten con sitios Web en ingles<br />

Además, dado que es un producto aun desconocido en el sur Este de EE.UU. es<br />

necesario y también que los sitios Web incluyan recetas.<br />

Otra promoción efectiva sería la realización de eventos/competencias para<br />

‘bartenders’ en ciudades como Atlanta, para crear un trago nuevo usando un<br />

pisco de <strong>Chile</strong>. Esto siguiendo el ejemplo de Perú que como se indicó realizó una<br />

exitosa competencia aprovechando la popularidad del actual Presidente Obama<br />

para crear un trago con su nombre utilizando Pisco peruano.<br />

Aprovechar eventos musicales y de moda de alto nivel que se realizan en Atlanta<br />

para promocionar el pisco chileno.<br />

Evaluar la utilización de las denominadas “social networking sites (SNS)” para la<br />

promoción del pisco chileno (i.e., Facebook, twitter etc.). Las SNS son una de las<br />

herramientas de marketing de más rápido crecimiento en EE.UU. y las razones<br />

son que es muy fácil de utilizar, de muy amplia cobertura, mucho más interactiva<br />

que un Website y gratis.<br />

|23


Concentrarse en Georgia, Tennessee y South Carolina. Alabama y North Carolina<br />

tienen impuestos estatales muy altos (mas de 3 o 4 veces que los tres primeros<br />

Estados)<br />

El mercado del sur este de EE.UU., y en particular el Estado de Georgia,<br />

presentan una gran diversidad cultural y racial con una importante presencia de<br />

las comunidades latina, asiática y otras (por ejemplo solo el numero de<br />

mexicanos que viven en Georgia se estima en mas de 800.000). Esto hace que<br />

exista un importante consumo y demanda creciente por licores nuevos (similares<br />

al tequila por ejemplo), lo que abre alentadoras posibilidades para la introducción<br />

del pisco de <strong>Chile</strong>.<br />

Dado que <strong>Chile</strong> (y su oferta exportable) es aun muy desconocido en Georgia y<br />

otros Estados de Sud Este de Estados Unidos (salvo unos pocos productos y en<br />

un circulo muy reducido que no incluye al consumidor final), es fundamental<br />

hacer un trabajo de difusión de información sobre <strong>Chile</strong> y en particular en este<br />

caso, sobre el pisco. Esta difusión debe incluir material promocional como<br />

Brochures, trípticos, folletos, etc. tanto para distribuir a los operadores del<br />

mercado (Importadores, distribuidores, brokers) como a los retailers a fin de que<br />

sean distribuidos en los puntos de venta y por tanto que la información también<br />

llegue al consumidor final.<br />

Es importante que los productores/exportadores chilenos se puedan informar<br />

acerca de las características del mercado “en terreno” y en contacto directo con<br />

los operadores y potenciales clientes. Para ello se recomienda utilizar<br />

instrumentos como la participación o visitas a ferias especializadas y la<br />

realización de misiones de prospección y comerciales al mercado, actividades en<br />

las cuales puede apoyarlos la Oficina Comercial de Pro<strong>Chile</strong> en Atlanta.<br />

El número de restaurants en Georgia registrados en las fuentes de esta Oficina<br />

Comercial Atlanta Georgia) es superior a los 9.800. Si además consideramos que<br />

el monto de las ventas al detalle en este Estado es superior a US$720.000<br />

millones anuales y el ingreso per capita es de US$35.000 (2008) podemos<br />

concluir que existe un importante potencial para los licores chilenos y en<br />

particular para el pisco.<br />

Es importante tener presente que “todo el mundo” quiere vender en Estados<br />

Unidos lo que implica que el empresario americano (importador, distribuidor,<br />

minorista, etc.) al tener disponible una oferta de gran variedad de productos<br />

similares o sustitutos proveniente de distintos países es muy selectivo al<br />

momento de tomar las decisiones de compra. Por ello el empresario chileno debe<br />

ser capaz de ofrecer y entregar un producto que lo diferencie clara y<br />

positivamente de la competencia que enfrenta (por calidad, relación calidad<br />

precio, presentación, cumplimiento de plazos y demás compromisos, etc.). En<br />

el caso particular del pisco esto implica mostrar las cualidades del producto como<br />

son por ejemplo su característica “exótica”.<br />

Los exportadores deben también enfocarse en el cliente a fin de conocer sus<br />

necesidades y preferencias, ser flexibles para hacer las transformaciones y<br />

adaptaciones del producto y su presentación necesarias de acuerdo a los gustos<br />

y exigencias del mercado.<br />

También es importante se considere, especialmente en el caso de las empresas<br />

Pyme chilenas, la asociatividad con otros exportadores/productores a fin de poder<br />

ofrecer un volumen de oferta exportable atractivo y que le resulte rentable al<br />

|24


potencial cliente (Son varios los casos en los cuales no se ha podido llegar a<br />

cerrar negocios de exportación a EE.UU. solo debido a que el exportador no es<br />

capaz de cumplir con los volúmenes y/o regularidad de los envíos que requiere el<br />

comprador americano)<br />

<br />

Por otro lado es necesario que los exportadores estén dispuestos a hacer ciertas<br />

inversiones iniciales (no siempre de cantidades muy grandes) para la<br />

introducción del producto. Como se dijo anteriormente: “Somos aun<br />

desconocidos en el sudeste de EE.UU. y enfrentamos una competencia muy<br />

numerosa y difícil”. Específicamente en el caso del pisco se recomienda hacer<br />

llegar muestras del producto a los potenciales compradores.<br />

9 FERIAS Y EVENTOS LOCALES A REALIZARSE EN EL <strong>MERCADO</strong> EN RELACION A<br />

LOS PRODUCTOS<br />

Dine America Conference 2010<br />

Atlanta, GA<br />

NACS Show<br />

Atlanta, GA<br />

October 5-8, 2010<br />

www.nacsonline.com<br />

Wine & Distilled Spirits Trade Show<br />

Feb 15, 2010<br />

Atlanta, GA<br />

www.libiamocompany.com<br />

10 OTRA INFORMACION RELEVANTE Y FUENTES <strong>DE</strong> INFORMACION<br />

1. http://www.ttb.gov/ Alcohol and Tobacco Tax and Trade Bureau (U.S. Department<br />

of Treasury).<br />

2. www.taxadmin.org Sitio donde se detallan los impuestos por estado.<br />

3. http://www.cbp.gov Aduanas de Estados Unidos.<br />

4. http://dataweb.usitc.gov/scripts/tariff_current.asp Cifras de importaciones de<br />

Estados Unidos.<br />

5. www.just-drinks.com Compañía inglesa que realiza estudios de mercados de la<br />

industria de bebidas alcohólicas en varios países.<br />

6. www.piscoesperu.com Página web peruana, en ingles y español.<br />

7. www.prochile.cl Información de cifras de exportaciones chilenas.<br />

8. www.ttb.gov/wine/control_board.shtml Board of Control, alcohol and tobacco.<br />

9. www.disucs.org – Distilled Spirits Council of the US<br />

10. www.etax.dor.ga.gov Georgia Department of Revenue<br />

11. www.wisertrade.org Foreign Trade Database<br />

12. www.incaspirits.com Inca Gold Pisco información<br />

13. www.piscocapel.cl Pisco Capel información<br />

14. www.altodelcarmen.cl Alto Del Carmen Website<br />

15. www.abc.alabama.gov Alabama Beverage Control Board<br />

16. www.ncabc.com North Carolina Alcoholic Beverage Control Commission<br />

17. www.wikipedia.com The Free Encyclopedia<br />

18. www.macchupisco.com – Machu Pisco información<br />

19. www.state.tn.us – Tennessee information<br />

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20. www.liquor.sc - SC licor información<br />

21. www.niaaa.nih.gov National Institute on Alcohol Abuse and Alcoholism<br />

i Pro<strong>Chile</strong> Miami<br />

ii www.wikipedia.org<br />

iii www.ttb.gov<br />

iv www.state.tn.us<br />

v www.NCABC.com<br />

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