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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA - Universidad ...

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Por lo tanto tendrá opciones para creación, administración y mantenimiento del Cuadro<br />

Nacional de Atribución de Frecuencias, tanto nacionales como internacionales (puesta al día de<br />

acuerdo a lo establecido en el Artículo 5) posibilitando que el usuario haga su gestión. Son<br />

indispensables las siguientes facilidades:<br />

• Creación y actualización automática del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias<br />

con base en los datos existentes en la Base de Datos;<br />

• Actualización automática de los planes detallados de asignación de frecuencias;<br />

• Posibilidad de generación automática del plan de disposición de canales con<br />

parámetros ingresados por el usuario;<br />

• Capacidad de almacenamiento y extracción de notas al pie del Cuadro Nacional de<br />

Atribución de Frecuencias;<br />

• Extracción de pares de canales radioeléctricos y notas aplicables que ratifican los<br />

parámetros especificados por el usuario;<br />

• Proporcionar extractos del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias por bandas<br />

de frecuencia en presentación automática con objeto de comprobar si una asignación<br />

de frecuencia es válida.<br />

• Registro, visualización, modificación, selección e impresión de datos relativos a las<br />

frecuencias previstas en el RR y en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.<br />

Los datos tendrán que ser entregados en formato de informe impreso y en formato<br />

archivo electrónico (por ejemplo en formato “pdf” y HTML).<br />

3.3. Base de Datos – Requerimientos genéricos<br />

En la Base de Datos estarán registrados todos los datos Técnicos y Administrativos de las<br />

licencias de las Estaciones y Redes de Radiocomunicaciones y otros Servicios de<br />

Telecomunicaciones. Los datos Administrativos y Técnicos tienen como referencia los datos<br />

indicados en el anexo 1 de la Recomendación UIT - R SM. 1370. También, se encontrarán los<br />

datos relativos a:<br />

• Planes de frecuencias nacionales e internacionales con las necesarias normativas por<br />

servicios, tanto nacionales como internacionales (Artículo S5 del RR-UIT);<br />

• Datos necesarios a la facturación;<br />

• Reglamentación jurídica;<br />

• Datos de las autorizaciones de prestación de servicios e instalación y operación de<br />

sistemas y estaciones radioeléctricas;<br />

• Datos del monitoreo del Espectro Radioeléctrico recogidas en todo el País;<br />

• Datos administrativos y técnicos referidas a equipos de radiocomunicaciones de<br />

homologación y/o registro;<br />

• Biblioteca de la cartografía a utilizar. La cartografía a utilizar debe estar basada en la<br />

información digital terrenal del territorio de Uruguay y con el mapa mundial digitalizado<br />

de la UIT IDWM (ITU Digitized World Map).<br />

• La cartografía tendrá una resolución igual o mejor a 50 m por país y de 5 m para<br />

ciudades<br />

La utilización de la Base de Datos debe permitir, entre otras, las facilidades siguientes:<br />

• Interfaz gráfica para el trabajo simultáneo con datos de monitoreo y con datos técnicos<br />

del sistema de Gestión del Espectro;<br />

• Archivo y visualización gráfica de datos de monitoreo en mapas y gráficas, 2D y 3D;<br />

• Visualización de canales radioeléctricos asignados y no asignados;<br />

• frecuencias libres y ocupadas;<br />

• Detección automática de las emisiones no permitidas;<br />

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