15.07.2014 Views

INGENIERÍA EN AGRIMENSURA - Facultad de Ciencias Exactas ...

INGENIERÍA EN AGRIMENSURA - Facultad de Ciencias Exactas ...

INGENIERÍA EN AGRIMENSURA - Facultad de Ciencias Exactas ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Los Doctorados<br />

Las Maestrías<br />

Las Especialida<strong>de</strong>s y toda otra estructura <strong>de</strong> Cuarto Nivel que se creare en la <strong>Facultad</strong>.<br />

Artículo 15º<br />

Objetivos y Funciones: Constituyen los objetivos y las funciones <strong>de</strong> la Escuela <strong>de</strong> Cuarto Nivel:<br />

1. Organizar las tareas <strong>de</strong>l Cuarto Nivel, propiciando la realización <strong>de</strong> los cursos con vali<strong>de</strong>z para<br />

los doctorados tanto los obligatorios como los especializados, <strong>de</strong>lineando los pasos a seguir<br />

para su concreción.<br />

2. Controlar que el nivel <strong>de</strong> los cursos dictados sea el a<strong>de</strong>cuado y que se cumplan las etapas<br />

previstas en los reglamentos.<br />

3. Analizar la admisión en la carrera <strong>de</strong> los postulantes a ingresar a los estudios <strong>de</strong> Cuarto Nivel.<br />

4. Resolver sobre la vali<strong>de</strong>z, para las carreras <strong>de</strong> Doctorado, <strong>de</strong> Cursos realizados por el doctorando<br />

fuera <strong>de</strong>l ámbito <strong>de</strong> la <strong>Facultad</strong> o realizados con anterioridad a su ingreso a la Carrera.<br />

5. Rever y actualizar los reglamentos <strong>de</strong> los Doctorados, Maestrías y Especialida<strong>de</strong>s y proponer<br />

al H.C.D., previo dictamen <strong>de</strong>l C.A.P.A., modificaciones a los mismos.<br />

6. Avalar pedidos <strong>de</strong> becas y subsidios <strong>de</strong> los grupos <strong>de</strong> investigación <strong>de</strong> la <strong>Facultad</strong>, y ser<br />

vínculo entre los entes que otorgan dichos beneficios a los postulantes.<br />

7. Asesorar y colaborar con las Escuelas por Carreras en la organización y dictado <strong>de</strong> cursos <strong>de</strong><br />

Educación Continua y Perfeccionamiento dirigidos a docentes, alumnos y egresados.<br />

Artículo 16º<br />

Gobierno <strong>de</strong> la Escuela: El Gobierno <strong>de</strong> la Escuela será ejercido por los siguientes<br />

organismos: El Director <strong>de</strong> la Escuela y el Consejo <strong>de</strong> Escuela.<br />

Artículo 17º<br />

Director <strong>de</strong> Escuela <strong>de</strong>l Cuarto Nivel: La función ejecutiva <strong>de</strong> la Escuela será ejercida por un<br />

Director <strong>de</strong> Escuela que tendrá responsabilidad por el funcionamiento y operacionalidad <strong>de</strong> la<br />

misma. Representa a la Escuela don<strong>de</strong> sea necesario, respondiendo por la eficiencia <strong>de</strong>l<br />

organismo y en especial por la dinámica <strong>de</strong> sus <strong>de</strong>cisiones. También es responsable <strong>de</strong> las<br />

relaciones que la Escuela <strong>de</strong>be mantener con los Departamentos, el C.A.P.A., el H.C.D. y con el<br />

Área <strong>de</strong> Registro y control Académico-Administrativo. El Director <strong>de</strong> Escuela <strong>de</strong>berá poseer<br />

preferentemente el título <strong>de</strong> Doctor u otro <strong>de</strong> Cuarto Nivel y ser o haber sido Profesor Regular <strong>de</strong><br />

la <strong>Facultad</strong> con una antigüedad no menor a 5 años. El Director <strong>de</strong> la Escuela surgirá <strong>de</strong> una terna<br />

elegida por el Consejo <strong>de</strong> Escuela y propuesta al Decano quién elegirá y propondrá un candidato<br />

para ser <strong>de</strong>signado por el H.C.D., en la segunda reunión ordinaria posterior a su integración.<br />

Durará en sus funciones el mismo tiempo que los Consejeros Docentes <strong>de</strong>l H.C.D., pudiendo ser<br />

reelecto. En caso <strong>de</strong> acefalía <strong>de</strong> la Dirección, el H.C.D. <strong>de</strong>signará un nuevo Director, según el Art.<br />

6°, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los 30 (treinta) días para completar el mandato <strong>de</strong>l Director saliente.<br />

Artículo 18°<br />

Subdirector: El Subdirector será elegido simultáneamente con el Director, por el mismo<br />

procedimiento que éste y el período <strong>de</strong> su mandato es igual al <strong>de</strong>l Director. Para ser Subdirector<br />

se requieren los mismos requisitos que para ser Director. El Subdirector colaborará permanentemente<br />

con el Director y lo reemplazará en caso <strong>de</strong> ausencia o impedimento temporal.<br />

34

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!