INGENIERÍA EN AGRIMENSURA - Facultad de Ciencias Exactas ...
INGENIERÍA EN AGRIMENSURA - Facultad de Ciencias Exactas ...
INGENIERÍA EN AGRIMENSURA - Facultad de Ciencias Exactas ...
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Los Doctorados<br />
Las Maestrías<br />
Las Especialida<strong>de</strong>s y toda otra estructura <strong>de</strong> Cuarto Nivel que se creare en la <strong>Facultad</strong>.<br />
Artículo 15º<br />
Objetivos y Funciones: Constituyen los objetivos y las funciones <strong>de</strong> la Escuela <strong>de</strong> Cuarto Nivel:<br />
1. Organizar las tareas <strong>de</strong>l Cuarto Nivel, propiciando la realización <strong>de</strong> los cursos con vali<strong>de</strong>z para<br />
los doctorados tanto los obligatorios como los especializados, <strong>de</strong>lineando los pasos a seguir<br />
para su concreción.<br />
2. Controlar que el nivel <strong>de</strong> los cursos dictados sea el a<strong>de</strong>cuado y que se cumplan las etapas<br />
previstas en los reglamentos.<br />
3. Analizar la admisión en la carrera <strong>de</strong> los postulantes a ingresar a los estudios <strong>de</strong> Cuarto Nivel.<br />
4. Resolver sobre la vali<strong>de</strong>z, para las carreras <strong>de</strong> Doctorado, <strong>de</strong> Cursos realizados por el doctorando<br />
fuera <strong>de</strong>l ámbito <strong>de</strong> la <strong>Facultad</strong> o realizados con anterioridad a su ingreso a la Carrera.<br />
5. Rever y actualizar los reglamentos <strong>de</strong> los Doctorados, Maestrías y Especialida<strong>de</strong>s y proponer<br />
al H.C.D., previo dictamen <strong>de</strong>l C.A.P.A., modificaciones a los mismos.<br />
6. Avalar pedidos <strong>de</strong> becas y subsidios <strong>de</strong> los grupos <strong>de</strong> investigación <strong>de</strong> la <strong>Facultad</strong>, y ser<br />
vínculo entre los entes que otorgan dichos beneficios a los postulantes.<br />
7. Asesorar y colaborar con las Escuelas por Carreras en la organización y dictado <strong>de</strong> cursos <strong>de</strong><br />
Educación Continua y Perfeccionamiento dirigidos a docentes, alumnos y egresados.<br />
Artículo 16º<br />
Gobierno <strong>de</strong> la Escuela: El Gobierno <strong>de</strong> la Escuela será ejercido por los siguientes<br />
organismos: El Director <strong>de</strong> la Escuela y el Consejo <strong>de</strong> Escuela.<br />
Artículo 17º<br />
Director <strong>de</strong> Escuela <strong>de</strong>l Cuarto Nivel: La función ejecutiva <strong>de</strong> la Escuela será ejercida por un<br />
Director <strong>de</strong> Escuela que tendrá responsabilidad por el funcionamiento y operacionalidad <strong>de</strong> la<br />
misma. Representa a la Escuela don<strong>de</strong> sea necesario, respondiendo por la eficiencia <strong>de</strong>l<br />
organismo y en especial por la dinámica <strong>de</strong> sus <strong>de</strong>cisiones. También es responsable <strong>de</strong> las<br />
relaciones que la Escuela <strong>de</strong>be mantener con los Departamentos, el C.A.P.A., el H.C.D. y con el<br />
Área <strong>de</strong> Registro y control Académico-Administrativo. El Director <strong>de</strong> Escuela <strong>de</strong>berá poseer<br />
preferentemente el título <strong>de</strong> Doctor u otro <strong>de</strong> Cuarto Nivel y ser o haber sido Profesor Regular <strong>de</strong><br />
la <strong>Facultad</strong> con una antigüedad no menor a 5 años. El Director <strong>de</strong> la Escuela surgirá <strong>de</strong> una terna<br />
elegida por el Consejo <strong>de</strong> Escuela y propuesta al Decano quién elegirá y propondrá un candidato<br />
para ser <strong>de</strong>signado por el H.C.D., en la segunda reunión ordinaria posterior a su integración.<br />
Durará en sus funciones el mismo tiempo que los Consejeros Docentes <strong>de</strong>l H.C.D., pudiendo ser<br />
reelecto. En caso <strong>de</strong> acefalía <strong>de</strong> la Dirección, el H.C.D. <strong>de</strong>signará un nuevo Director, según el Art.<br />
6°, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los 30 (treinta) días para completar el mandato <strong>de</strong>l Director saliente.<br />
Artículo 18°<br />
Subdirector: El Subdirector será elegido simultáneamente con el Director, por el mismo<br />
procedimiento que éste y el período <strong>de</strong> su mandato es igual al <strong>de</strong>l Director. Para ser Subdirector<br />
se requieren los mismos requisitos que para ser Director. El Subdirector colaborará permanentemente<br />
con el Director y lo reemplazará en caso <strong>de</strong> ausencia o impedimento temporal.<br />
34