Manual factura electrónica II - Plan Avanza
Manual factura electrónica II - Plan Avanza
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<strong>Manual</strong>es <strong>Plan</strong> <strong>Avanza</strong>. La <strong>factura</strong> electrónica<br />
En aras de aminorar la presión fiscal<br />
indirecta del contribuyente, así como de<br />
facilitar todo aquello que redunde en<br />
beneficio de la economía nacional sin<br />
menoscabo de la gestión y control tributario,<br />
y en cumplimiento de lo dispuesto en el<br />
mencionado articulo 9 bis del Real Decreto<br />
2402/1985, la Orden HAC/3134/2002, de 5<br />
de diciembre, sobre un nuevo desarrollo del<br />
régimen de <strong>factura</strong>ción telemática previsto<br />
en el artículo 88 de la Ley 37/1992, de 28 de<br />
diciembre, del Impuesto sobre el Valor<br />
Añadido, y en el artículo 9 bis del Real<br />
Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre,<br />
desarrolla el régimen jurídico aplicable a los<br />
sistemas de <strong>factura</strong>ción por medios<br />
telemáticos, definiendo el marco jurídico de<br />
las obligaciones formales y materiales de<br />
todos los sujetos que intervienen en el<br />
mismo, sustituyendo las <strong>factura</strong>s en soporte<br />
papel por <strong>factura</strong>s electrónicas que deberán<br />
conservarse en soportes magnéticos u<br />
ópticos de acuerdo con las especificaciones<br />
contenidas en la presente Orden.<br />
Los principios que informan los sistemas de<br />
<strong>factura</strong>ción telemática son:<br />
• El interés general que supone la<br />
aprobación de un sistema de<br />
<strong>factura</strong>ción por vía telemática.<br />
• Eficacia de la gestión empresarial y de<br />
la actividad fiscalizadora de la<br />
Administración.<br />
• Principio de integridad de los datos,<br />
debiendo conservarse íntegramente en<br />
los ficheros la información contenida<br />
en las <strong>factura</strong>s.<br />
• Validez justificativa de las <strong>factura</strong>s.<br />
• El respeto al artículo 31 de la<br />
Constitución Española implica el<br />
principio de efectividad total en<br />
materia de tributos.<br />
Por la Orden EHA/962/2007 se desarrollan y<br />
aclaran determinados aspectos relacionados<br />
con la remisión y conservación de <strong>factura</strong>s y<br />
documentos sustitutivos en el marco del Real<br />
Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por<br />
el que se aprueba el Reglamento por el que<br />
se regulan las obligaciones de <strong>factura</strong>ción.<br />
También añade por primera vez la posibilidad<br />
de la digitalización certificada de <strong>factura</strong>s<br />
papel para convertirlas en e-<strong>factura</strong>s legales.<br />
Así mismo esta Orden deroga la Orden<br />
HAC/3134/2002, de 5 de diciembre, sobre un<br />
nuevo desarrollo del régimen de <strong>factura</strong>ción<br />
telemática previsto en el artículo 88 de la Ley<br />
37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto<br />
sobre el Valor Añadido, y en el artículo 9 bis del<br />
Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre.<br />
Respecto a la normativa comunitaria<br />
existente, hasta finales del 2001 la regulación<br />
de la <strong>factura</strong> electrónica era bastante<br />
limitada, ciñéndose exclusivamente a señalar<br />
los requisitos mínimos que los Estados<br />
Miembros habían de exigir en las <strong>factura</strong>s.<br />
Con la aprobación de la Directiva<br />
2001/115/CE del Consejo, de 20 de<br />
diciembre de 2001, se armoniza el espacio<br />
comunitario y se introducen novedosas<br />
cuestiones relativas a la <strong>factura</strong>ción. Entre<br />
estas novedades podemos señalar la<br />
enumeración de los supuestos de<br />
obligatoriedad de expedición, las menciones<br />
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