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Manual factura electrónica II - Plan Avanza

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<strong>Manual</strong>es <strong>Plan</strong> <strong>Avanza</strong>. La <strong>factura</strong> electrónica<br />

En aras de aminorar la presión fiscal<br />

indirecta del contribuyente, así como de<br />

facilitar todo aquello que redunde en<br />

beneficio de la economía nacional sin<br />

menoscabo de la gestión y control tributario,<br />

y en cumplimiento de lo dispuesto en el<br />

mencionado articulo 9 bis del Real Decreto<br />

2402/1985, la Orden HAC/3134/2002, de 5<br />

de diciembre, sobre un nuevo desarrollo del<br />

régimen de <strong>factura</strong>ción telemática previsto<br />

en el artículo 88 de la Ley 37/1992, de 28 de<br />

diciembre, del Impuesto sobre el Valor<br />

Añadido, y en el artículo 9 bis del Real<br />

Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre,<br />

desarrolla el régimen jurídico aplicable a los<br />

sistemas de <strong>factura</strong>ción por medios<br />

telemáticos, definiendo el marco jurídico de<br />

las obligaciones formales y materiales de<br />

todos los sujetos que intervienen en el<br />

mismo, sustituyendo las <strong>factura</strong>s en soporte<br />

papel por <strong>factura</strong>s electrónicas que deberán<br />

conservarse en soportes magnéticos u<br />

ópticos de acuerdo con las especificaciones<br />

contenidas en la presente Orden.<br />

Los principios que informan los sistemas de<br />

<strong>factura</strong>ción telemática son:<br />

• El interés general que supone la<br />

aprobación de un sistema de<br />

<strong>factura</strong>ción por vía telemática.<br />

• Eficacia de la gestión empresarial y de<br />

la actividad fiscalizadora de la<br />

Administración.<br />

• Principio de integridad de los datos,<br />

debiendo conservarse íntegramente en<br />

los ficheros la información contenida<br />

en las <strong>factura</strong>s.<br />

• Validez justificativa de las <strong>factura</strong>s.<br />

• El respeto al artículo 31 de la<br />

Constitución Española implica el<br />

principio de efectividad total en<br />

materia de tributos.<br />

Por la Orden EHA/962/2007 se desarrollan y<br />

aclaran determinados aspectos relacionados<br />

con la remisión y conservación de <strong>factura</strong>s y<br />

documentos sustitutivos en el marco del Real<br />

Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por<br />

el que se aprueba el Reglamento por el que<br />

se regulan las obligaciones de <strong>factura</strong>ción.<br />

También añade por primera vez la posibilidad<br />

de la digitalización certificada de <strong>factura</strong>s<br />

papel para convertirlas en e-<strong>factura</strong>s legales.<br />

Así mismo esta Orden deroga la Orden<br />

HAC/3134/2002, de 5 de diciembre, sobre un<br />

nuevo desarrollo del régimen de <strong>factura</strong>ción<br />

telemática previsto en el artículo 88 de la Ley<br />

37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto<br />

sobre el Valor Añadido, y en el artículo 9 bis del<br />

Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre.<br />

Respecto a la normativa comunitaria<br />

existente, hasta finales del 2001 la regulación<br />

de la <strong>factura</strong> electrónica era bastante<br />

limitada, ciñéndose exclusivamente a señalar<br />

los requisitos mínimos que los Estados<br />

Miembros habían de exigir en las <strong>factura</strong>s.<br />

Con la aprobación de la Directiva<br />

2001/115/CE del Consejo, de 20 de<br />

diciembre de 2001, se armoniza el espacio<br />

comunitario y se introducen novedosas<br />

cuestiones relativas a la <strong>factura</strong>ción. Entre<br />

estas novedades podemos señalar la<br />

enumeración de los supuestos de<br />

obligatoriedad de expedición, las menciones<br />

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