descarga fichero - Scouts Sant Yago
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Asociación Scout <strong>Sant</strong> <strong>Yago</strong><br />
91. El periodo de prueba en el caso de reincorporación será de un máximo de seis meses.<br />
92. La antigüedad del socio readmitido comenzará a contar a todos los efectos desde la última fecha de<br />
reincorporación. El socio readmitido no obstante, mantendrá, únicamente a efectos de secretaría, su<br />
número de socio originario.<br />
3.4. Participación de los socios en la vida del Grupo<br />
3.4.1. Consejos de Sección<br />
93. Los socios pueden participar en la toma de algunas decisiones y en la mejora del grupo desde los<br />
ámbitos de participación infantil y juvenil que establece el propio grupo, siempre y cuando no concurra<br />
en los mismos una sanción.<br />
94. Cada Sección o Rama tiene establecidos sus propios órganos de participación en los que los socios<br />
puedan aportar ideas, compartir, evaluar, celebrar los resultados o llevar a cabo nuevas iniciativas en su<br />
ámbito.<br />
95. En ningún caso, los órganos de participación tendrán carácter disciplinario, o podrán criticar o<br />
juzgar actuaciones individuales de unos compañeros hacia otros.<br />
3.4.2. Capítulo de Grupo<br />
96. El Capítulo de Grupo es un órgano de reflexión no vinculante convocado por el Presidente de la<br />
Asociación, que apoya o asesora al Comité Ejecutivo en debatir asuntos concretos de la vida de Grupo.<br />
97. Los participantes en el Capítulo de Grupo son personas físicas invitadas personalmente por el<br />
Presidente de la Asociación y no podrá superar el número de veinte. No es necesaria la condición de<br />
socio para la participación en el Capítulo de Grupo.<br />
98. Las conclusiones y reflexiones del Capítulo de Grupo son elevadas a los órganos de Gobierno del<br />
Grupo.<br />
3.4.3. Conferencia de Grupo<br />
99. La Conferencia de Grupo es el máximo espacio de participación no vinculante, que reúne a representantes<br />
de los socios, padres y madres, sociedad en general, dirigentes y monitores del Grupo, y se<br />
reúne, al menos, una vez cada cinco años, convocada por el Comité Ejecutivo de la Asociación.<br />
100. La Conferencia de Grupo deberá contar con un Comité Organizador, que, con el tiempo suficiente,<br />
recoja las necesidades, puntos del debate, elementos de estudio, que puedan ser planteados para su<br />
reflexión durante la misma.<br />
101. Las conclusiones y reflexiones de la Conferencia de Grupo son elevadas a los órganos de Gobierno<br />
del Grupo.<br />
Capítulo 4. Los scouters-educadores<br />
102. El monitor scout es el educador voluntario dentro del Movimiento Scout y que cumple con su<br />
función pedagógica dentro de los Principios y filosofía del Grupo. Su denominación es, indistintamente,<br />
la de monitor, responsable, scouter o dirigente.<br />
103. Los scouters son elegidos por el Comité Ejecutivo de la Asociación por el periodo de una Ronda<br />
Solar, y constituyen el denominado Consejo Educativo o Consejo de grupo, como marcan los Estatutos<br />
de la misma.<br />
104. Los scouters son la piedra angular de la aplicación del método scout en las ramas o secciones, y los<br />
transmisores de los valores del Movimiento Scout en los socios del Grupo.<br />
105. Los requisitos mínimos que se exige a todo scouter del Grupo Scout <strong>Sant</strong> <strong>Yago</strong> son los siguientes:<br />
a) Profesión de fe católica.<br />
b) Madurez personal en los ámbitos afectivo, cognitivo y moral.<br />
c) Conocimiento del Grupo, historia, campo y métodos del Escultismo.<br />
Principios, Organización y Reglas | 12