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158 LEYES CONTRA LA GUERRA ECONÓMICALiquidación de <strong>la</strong>s MultasArtículo 53. Las multas impuestas por<strong>la</strong> Superintendencia, así como los montosgenerados por concepto de <strong>la</strong> venta debienes comisados o confiscados, deberánser depositados ante cualquier oficina de<strong>la</strong> Banca Pública, en los <strong>la</strong>psos establecidospor <strong>la</strong> Superintendencia Nacional para<strong>la</strong> Defensa de los Derechos Socioeconómicos,a nombre del Fondo de Eficienciade <strong>la</strong> Tesorería Nacional.A tales efectos, en el caso de multas, <strong>la</strong>Superintendencia Nacional para <strong>la</strong> Defensade los Derechos Socioeconómicos emitiráuna constancia por el cumplimiento de <strong>la</strong>sanción, una vez que el infractor consignecopia de <strong>la</strong> p<strong>la</strong>nil<strong>la</strong> de depósito bancario.En los casos de comiso o confiscaciónel depósito se hará directamente, a dichoFondo, al momento de <strong>la</strong> transacción.Infracciones GenéricasArtículo 54. Serán sancionados conmulta entre doscientas (200) y cinco mil(5.000) Unidades Tributarias, los sujetosque cometan <strong>la</strong>s siguientes infracciones:1. No prestar <strong>la</strong> co<strong>la</strong>boración necesaria yoportuna, a <strong>la</strong>s funcionarias y los funcionarioscompetentes de <strong>la</strong> SuperintendenciaNacional para <strong>la</strong> Defensa delos Derechos Socioeconómicos, en <strong>la</strong>verificación del cumplimiento de susatribuciones, durante cualquiera de losprocedimientos previstos en el presenteDecreto con Rango, Valor y Fuerza de<strong>Ley</strong> Orgánica.2. No suministrar información o suministrarinformación falsa o insuficiente,o no remitir <strong>la</strong> información requeridaoportunamente a <strong>la</strong> SuperintendenciaNacional para <strong>la</strong> Defensa de los DerechosSocioeconómicos.3. No comparecer injustificadamente a <strong>la</strong>snotificaciones que les hiciere <strong>la</strong> SuperintendenciaNacional para <strong>la</strong> Defensa delos Derechos Socioeconómicos.4. No cumplir <strong>la</strong>s órdenes o instruccionesemanadas de <strong>la</strong> Superintendencia Nacionalpara <strong>la</strong> Defensa de los DerechosSocioeconómicos, o cumplir<strong>la</strong>s fueradel p<strong>la</strong>zo establecido para ello.Quien reincida en alguna de <strong>la</strong>s infraccionesprevistas en el presente artículo, será sancionadocon multa de diez mil (10.000) UnidadesTributarias, además de <strong>la</strong> sanción decierre de almacenes, depósitos o establecimientos,hasta por noventa (90) días, atendiendoa <strong>la</strong> gravedad del incumplimiento.Igualmente serán sancionados con multade doscientas (200) a veinte mil (20.000)Unidades Tributarias quienes violen, menoscaben,desconozcan o impidan a <strong>la</strong>spersonas el ejercicio de los siguientesderechos:1. El suministro de información suficiente,oportuno y veraz sobre los bienes yservicios puestos a su disposición, conespecificación de los datos de interésinherentes a su e<strong>la</strong>boración, prestación,composición y <strong>contra</strong>indicaciones, quesean necesarias.2. La promoción y protección jurídica desus derechos e intereses económicos