ley patrimonial del estado de aguascalientes - Gobierno de ...
ley patrimonial del estado de aguascalientes - Gobierno de ...
ley patrimonial del estado de aguascalientes - Gobierno de ...
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
XI. Elaborar y presentar semestralmente ante el titular <strong><strong>de</strong>l</strong> Po<strong>de</strong>r Ejecutivo elinforme <strong>de</strong> activida<strong>de</strong>s realizadas por el Comité.ARTICULO 45.- Los vocales tendrán las siguientes funciones:I. Analizar los casos y asuntos que se sometan a su consi<strong>de</strong>ración y se consignenen el or<strong>de</strong>n <strong><strong>de</strong>l</strong> día, apoyando su análisis sobre los informes y documentos que losustenten o fundamenten;II. Manifestar con objetividad, veracidad y seriedad sus puntos <strong>de</strong> vista, suspropuestas y alternativas <strong>de</strong> solución, su voto o inconformidad con los asuntostratados, a fin <strong>de</strong> que se pueda llegar a una solución y resolución; yIII. Firmar las actas que se levanten en cada reunión, siempre y cuando conste sucomprobada asistencia.ARTICULO 46.- El representante <strong>de</strong> la Contraloría General <strong><strong>de</strong>l</strong> Estado o el órgano<strong>de</strong> control correspondiente, asesorará al Comité en la interpretación y aplicación<strong>de</strong> las normas, sistemas y procedimientos para la mejor administración yoperación <strong>de</strong> las áreas <strong>de</strong> adquisiciones, enajenaciones, arrendamiento ycontratación <strong>de</strong> bienes.SECCION CUARTADel Padrón <strong>de</strong> Proveedores <strong>de</strong> <strong>Gobierno</strong> <strong><strong>de</strong>l</strong> EstadoARTICULO 47.- La Secretaría <strong>de</strong> Gestión e Innovación <strong><strong>de</strong>l</strong> Estado integrará yoperará el Padrón <strong>de</strong> Proveedores que tendrá por objeto el registro <strong>de</strong> laspersonas físicas o morales que <strong>de</strong>seen enajenar mercancías, materias primas,bienes o prestar servicios a los sujetos <strong>de</strong> la Ley, quienes podrán solicitar a lamisma la incorporación al padrón <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminado proveedor que satisfaga losrequisitos necesarios.El padrón proporcionará a los sujetos <strong>de</strong> la Ley, la información completa, confiab<strong>ley</strong> oportuna sobre las personas con capacidad <strong>de</strong> proporcionar bienes o prestarservicios en las mejores condiciones y con la mejor calidad.ARTICULO 48.- Para ser inscrito en el padrón, los interesados <strong>de</strong>berán satisfacerlos siguientes requisitos:I. Presentar solicitud en el formato que apruebe la Secretaría;II. Las personas morales <strong>de</strong>berán acompañar copia certificada <strong>de</strong> su actaconstitutiva, <strong>de</strong>bidamente inscrita en el Registro Público <strong>de</strong> la Propiedad y <strong>de</strong>Comercio, así como acreditar la personalidad <strong>de</strong> su representante legal;