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ESQUEMA DE LA LEY DE AGUAS - Iepala

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Art. 179.- Además de los tipificados en el Código Penal se establecen comodelitos contra el agua los siguientes.a) El que altere la calidad de las aguas superficiales y subterráneas en perjuiciode la salud humana, agricultura, flora, fauna, así como a terceros.b) El que altere o modificare en forma temporal o permanente los sistemas deaguas para uso de la población.c) El construye obras o utilizare instalaciones, sin autorización y en contravenciónde las normas técnicas que rigen la materia, susceptibles de causarcontaminación grave a los recursos.d) El que vierte hidrocarburos o mezclas de hidrocarburos, sustancias tóxicas,radioactivas y residuos de minería, directa o indirectamente en ríos, lagos yotras fuentes hídricas, en cualquier actividad de: investigación, exploración,explotación, construcción, pesca, transporte de modo que cause daño a lasalud de las personas, la fauna, flora, y medio ambiente en general.e) El que destruya los páramos, pantanos, bosques nativos y fuentes de agua.f) El que realizare o ejecutare actividades de pesca en períodos de veda enzonas protegidas.Todo servidor público al igual que cualquier persona natural o colectiva, jurídica ode hecho tiene la obligación de denunciar ante la autoridad competente del Aguala violación a las normas establecidas en la presente ley.Art. 180.- De las sanciones para los usuarios de riego o industriaLos que cometan estos delitos, serán sancionados con la pena de privación delibertad de tres meses a cuatro años y con la multa del 100% del daño causadocomo resarcimiento. En caso de reincidencia, serán privados de 6 meses a 1 añodel acceso al agua, excepto los mínimos establecidos en este cuerpo legal, másuna multa de acuerdo a los daños causados,- Los usuarios, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y campesinostendrán un rol dirimente en las decisiones y acciones de reparación del derecho alagua. Serán la instancia última que acepte un trabajo de reparación.- En casos de suspensión de actividades como resultado de una declaratoria deemergencia, las juntas de agua y usuarios tendrán la decisión final dellevantamiento de estas sanciones, posterior a la realización de las acciones dereparación.PrimeraTITULO VIIIDISPOSICIONES TRANSITORIAS

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