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ROLLO DE SALA Nº 21/05 Sumario 44/04 Juzgado ... - Egunkaria

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luego concluir en el informe personalizado que "ETA prefiere a Torrealdai")cuando la traducción correcta es “le corresponde a Torrealdai”), como personadesignada por Batasuna (agenda intervenida a Gorrotxategi) para escribir un librosobre “20 años de Euskalgintza”, no aceptando el Sr. Torrealdai ninguna de esaspropuestas. No se entiende que en una organización como E.T.A., pueda tenersubordinación a la misma una persona que dice NO a todas sus propuestas.5) En cuanto a los documentos que se le intervinieron en laentrada y registro en su domicilio y en su despacho, y en cuanto alas escuchas telefónicas y su detención, incomunicación ysecreto de las actuaciones:5.1.- En primer lugar se invoca la nulidad de los autos que acordaron talesmedidas y sus prórrogas, por haberse dictado dentro de un procedimientoinquisitivo puro, auténtica encuesta general, lesiva de los derechosfundamentales a la intimidad y al domicilio, a la libertad, al secreto de lascomunicaciones, por lo que deben expulsarse del proceso tales documentos ysoportes y transcripciones de las conversaciones telefónicas y datos obtenidossobre tráficos y fuentes de prueba derivadas de todo ello.5.2.- Subsidiariamente, para caso de desestimación de la alegaciónanterior, decir que eran documentos que llegaron a su poder con posterioridad asu publicación en otros medios de comunicación y procedentes de los mismos.Nunca ha recibido ningún documento de manera ilegal o directamenteprocedente de ETA. La procedencia de los documentos es varia: pueden serrecortes de periódico, o materiales que llegan a la redacción. El interesado habíamanifestado su deseo de escribir la historia del nacimiento de <strong>Egunkaria</strong>. Laconstitución del archivo de esos documentos para ese futuro trabajohistoriográfico es su método de trabajo, como se pudo comprobar a la hora delregistro. Esa es la explicación de estar en posesión de dichos documentos.No se le encontrado ni documentado ninguna transmisión a ETA ni deETA, ninguna vinculación, ni adscripción ni relación en toda la documentaciónrequisada. De ser así se le hubiera prestado gran importancia en los informes.Hay que recordar igualmente que las escuchas telefónicas se prolongaron almenos dos años. En ninguna de ellas (soporte telefónico o escrito, incluidos losdietarios y agendas desde los años 60) se le ha encontrado nada en la direcciónbuscada, ninguna vinculación ni transmisión, porque, en caso de haberlo, el másmínimo detalle hubiera adquirido enorme importancia.Afirman las acusaciones que los imputados no pueden aducirdesconocimiento, ignorancia, o buena fe. Pero a Joan Mari Torrealdai no le hanencontrado ningún documento o texto incriminante, ni conversación o referencia

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