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Adq. de Planta de Osmosis Inversa - Imarpe

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5convocatoria;i) En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales prece<strong>de</strong>ntes, laspersonas jurídicas cuyos integrantes <strong>de</strong> los órganos <strong>de</strong> administración, apo<strong>de</strong>rados o representanteslegales sean las personas señaladas en los literales prece<strong>de</strong>ntes. Idéntica prohibición se extien<strong>de</strong> alas personas naturales que tengan como apo<strong>de</strong>rados o representantes a las personas señaladas enlos literales prece<strong>de</strong>ntes;j) Las personas naturales o jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente coninhabilitación temporal o permanente en el ejercicio <strong>de</strong> sus <strong>de</strong>rechos para participar en procesos <strong>de</strong>selección y para contratar con Entida<strong>de</strong>s, <strong>de</strong> acuerdo a lo dispuesto por la presente norma y suReglamento;k) Las personas jurídicas cuyos socios, accionistas, participacionistas, titulares, integrantes <strong>de</strong> losórganos <strong>de</strong> administración, apo<strong>de</strong>rados o representantes legales formen o hayan formado parte, enlos últimos doce (12) meses <strong>de</strong> impuesta la sanción, <strong>de</strong> personas jurídicas que se encuentrensancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para participar enprocesos <strong>de</strong> selección y para contratar con el Estado; o que habiendo actuado como personasnaturales hayan sido sancionadas por la misma infracción, conforme a los criterios señalados en elpresente Decreto Legislativo y su Reglamento. Para el caso <strong>de</strong> socios, accionistas, participacionistaso titulares, este impedimento se aplicará siempre y cuando la participación sea superior al cinco porciento (5%) <strong>de</strong>l capital o patrimonio social y por el tiempo que la sanción se encuentre vigente;l) Otros establecidos por ley o por el Reglamento <strong>de</strong>l Decreto Legislativo N° 1017, aprobado porDecreto Supremo N° 184-2008-EF.I-13.3. A<strong>de</strong>más, los postores quedarán excluidos <strong>de</strong> la Licitación Pública Internacional Nº 001-2010-IMARPE,cuando se presenten alguna <strong>de</strong> las siguientes situaciones:- La participación <strong>de</strong>l postor se viera obstaculizada por sanciones <strong>de</strong>l Consejo <strong>de</strong> Seguridad <strong>de</strong> lasNaciones Unidas;- El postor esté o hubiera estado involucrado en la preparación o ejecución <strong>de</strong>l proyecto.- No presenten la <strong>de</strong>claración <strong>de</strong> compromiso <strong>de</strong> competir con lealtad y transparencia y que se obligana cumplir con las normas fundamentales <strong>de</strong> la Organización Internacional <strong>de</strong>l Trabajo (OIT)ratificadas por el Perú, en caso que requieran contratar trabajadores para ejecutar la prestación.- El postor fuera una empresa que sostuviera relaciones económicas con el IMARPE y/o se trate <strong>de</strong>una empresa pública sin autonomía legal o económica.Por relaciones económicas <strong>de</strong>be enten<strong>de</strong>rse aquellas vinculaciones que se producen entre el personal<strong>de</strong>l IMARPE y el postor, ya sea que éstos sean accionistas, socios, participacionistas, titulares,integrantes <strong>de</strong> los órganos <strong>de</strong> administración, apo<strong>de</strong>rados o representantes legales <strong>de</strong>l postor.Asimismo, se enten<strong>de</strong>rá que existen relaciones comerciales si el personal que pudiera proponer el postorpara la ejecución <strong>de</strong> la prestación forma parte <strong>de</strong>l IMARPE.Se enten<strong>de</strong>rá que la empresa <strong>de</strong>l Estado carece <strong>de</strong> autonomía legal o económica cuando el control <strong>de</strong>las <strong>de</strong>cisiones <strong>de</strong> los órganos <strong>de</strong> gestión recae en el Estado.- No podrán participar como postores las empresas, sus sucursales, sus filiales, sus oficinaspermanentes u otras oficinas que se encuentren inhabilitadas para contratar con el Estado, pordisposición <strong>de</strong>l Tribunal <strong>de</strong> Contrataciones y <strong>Adq</strong>uisiciones <strong>de</strong>l Estado <strong>de</strong>l Perú.Tratándose <strong>de</strong> consorcio, todos sus miembros <strong>de</strong>berán cumplir con las condiciones previstas en losnumerales I-13.1, I-13.2 y I.13.3.I-14 A<strong>de</strong>más <strong>de</strong> lo previsto en los numerales I-13.1, I-13.2 y I.13.3 <strong>de</strong> las Bases, las propuestas <strong>de</strong>berán contemplarlas siguientes condiciones mínimas:a) El Plazo <strong>de</strong> Entrega no será mayor al plazo máximo señalado para el ítem único en el Anexo (2) <strong>de</strong> lasBases. El ofrecimiento <strong>de</strong> entrega <strong>de</strong>l bien en plazos mayores al previsto ocasionará la <strong>de</strong>scalificación <strong>de</strong>lpostor.b) Los postores <strong>de</strong>berán presentar sus ofertas económicas en la siguiente forma:

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