Foro <strong>Economistas</strong> <strong>de</strong> los auditores <strong>de</strong> cuentas y socieda<strong>de</strong>s<strong>de</strong> auditoría. lorar.De los diferentes métodos <strong>de</strong> valoraciónexistentes, los más habitualmente utilizadosen las pymes, en función <strong>de</strong> las circunstanciasconcretas, son los siguientes: que posteriormente se han ido realizan- antes citadas, se han hecho persiguiendoun claro objetivo: La calidad es la base <strong>de</strong>nuestro presente y futuro como auditoresMétodos Prácticos <strong>de</strong> Valoración <strong>de</strong> PYMES.El “Descuento <strong>de</strong> los flujos libres <strong>de</strong> caja”:Los aspectos que hay que tener en cuentacuando se aborda una valoración son lossiguientes: cio. ciedad,un negocio, etc... sor<strong>de</strong> una <strong>de</strong> las partes.Flujos libre <strong>de</strong>Valorcaja <strong>de</strong> periodoValor = + +proyectado contable <strong>de</strong> la sociedad. - - tasy Ebitda. valor <strong>de</strong> rendimiento futuro en términos<strong>de</strong>l efectivo que queda libre para el inversor. zadopor el mercado, aunque no siemprees aplicable, se pue<strong>de</strong> estructurar en lassiguientes fases: caja futuros, o actualización.Elementos noafectados - 24economistas Nº 10
diantela aplicación <strong>de</strong> la fórmula Foro <strong>Economistas</strong>Área <strong>de</strong> FiscalEn lo que se refiere a los temas fiscales sehan tratado los temas <strong>de</strong>: las noveda<strong>de</strong>s <strong>de</strong>2011, la base imponible común en el seno<strong>de</strong> la Unión Europea, la fiscalidad <strong>de</strong> las separacionesy divorcios y la tributación <strong>de</strong>expatriados e impatriados.Noveda<strong>de</strong>s <strong>de</strong> 2011 cioso,por las disposiciones que han vistola luz durante este año y las que estánpendientes <strong>de</strong> publicarse en lo que queda año en el que no se pensaba que se legislara<strong>de</strong>masiado en este campo, el número<strong>de</strong> modificaciones ha sido significativo y,buena parte <strong>de</strong> ellas, vienen motivadaspor la crisis e instrumentadas a través <strong>de</strong> se legislara <strong>de</strong>masiado en el campo fiscal, elnúmero <strong>de</strong> modificaciones ha sido significativoy buena parte <strong>de</strong> ellas, motivadas por la crisisEntre los cambios publicados, sin ánimoexhaustivo, <strong>de</strong>stacaríamos los siguientes:la subida <strong>de</strong>l tipo marginal <strong>de</strong>l Impuesto limitación a la <strong>de</strong>ducción por adquisición supuestospara 2011; las modificacionesen el régimen <strong>de</strong> empresas <strong>de</strong> reducida dimensiónen cuanto a tipo, límites y prórro- creto-ley13/2010; los cambios en la Ley - hizo un retoque generoso <strong>de</strong> límites yporcentajes <strong>de</strong> la <strong>de</strong>ducción por obras <strong>de</strong> creto-ley8/2011, incentiva la inversión en nuevos proyectos empresariales regulandoun régimen <strong>de</strong> salida con exención <strong>de</strong> laplusvalía, sin perjuicio <strong>de</strong> los incentivosa la entrada <strong>de</strong> inversiones, que algunas dosu capacidad normativa en el Impuesto normas transitorias en el Impuesto sobre gociossuperior a 20 millones <strong>de</strong> euros queincrementan <strong>de</strong>l 21 al 24 ó 27% el porcentaje<strong>de</strong> los últimos pagos fraccionados<strong>de</strong> este año, a la vez que, a estas gran<strong>de</strong>sempresas, se les recorta la posibilidad <strong>de</strong>compensar bases imponibles negativas o<strong>de</strong> <strong>de</strong>ducir el fondo <strong>de</strong> comercio financiero<strong>de</strong> filiales extranjeras; también por estanorma, con carácter transitorio, se redujoel tipo <strong>de</strong> IVA, <strong>de</strong>l 8 al 4% para la entrega<strong>de</strong> viviendas; por último, se restableció,apara 2011 y 2012 el Impuesto sobre el <strong>de</strong> la vivienda que no tributa y subiendo elmínimo exento hasta los 700.000 euros, y Entre los cambios aprobados y pendientes<strong>de</strong> publicar antes <strong>de</strong> fin <strong>de</strong> año convieneresaltar la modificación <strong>de</strong> la regulación<strong>de</strong>l fondo <strong>de</strong> comercio financiero para <strong>de</strong>jarla,ya por fin, en concordancia con loscriterios comunitarios, así como la modificación<strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong>l Impuesto sobre elValor Añadido, estableciendo la inversión<strong>de</strong> sujeto pasivo en el impuesto, cuandouna empresa en concurso transmite unbien inmueble.Determinación <strong>de</strong> la base imponible comúnen entida<strong>de</strong>s individuales y en grupos consolidados–BICIS-economistas Nº 1025