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AUTO SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, Bogotá D.C. ...

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13/13<strong>AUTO</strong>En este orden de ideas, el despacho considera que en el presente trámite, ha quedadodemostrado que:1. El señor DIEGO ALEJANDRO ARIAS GONZÁLEZ se encontraba vinculado comoempleado de la sociedad C.I. ECOCAFÉ S.A., pues si bien fue designado por lajunta directiva como gerente administrativo y financiero, su vinculación sedeterminó bajo las obligaciones propias del contrato de trabajo aportado.2. Las actuaciones evidenciadas dentro de los órganos sociales, se traducenbásicamente en funciones de índole secretarial, en algunos casos presidiendo lareunión, más no así como en suplencia del representante legal o de miembro de lajunta directiva.3. No se encontraron elementos probatorios que demostraran que dichasactuaciones se adelantaron por fuera de la órbita de la relación laboral establecidacon la sociedad en intervención. Contrario a esto, se tienen una cláusulacontractual totalmente clara en el sentido de indicar que “(…)Las funcionesespecíficas están determinadas en las ordenes impartidas por al Gerencia, oquien este designe teniendo en cuenta que la naturaleza del cargo implicaque el ejercicio de sus funciones está dentro de la orbita administrativainherente a la actividad industrial y comercial de ECOCAFÉ S.A., (produccióny comercialización internacional de café”En mérito de lo expuesto, la Superintendente Delegada para los ProcedimientosMercantiles,RESUELVEARTÍCULO PRIMERO. – <strong>DE</strong>CRETAR el levantamiento de la medida de intervención contoma de posesión para devolución sobre el patrimonio de la persona natural DIEGOALEJANDRO ARIAS GONZÁLEZ C.C. 7.555.292, ordenada mediante auto No. 420-003438 de 11 de marzo de 2010.ARTÍCULO SEGUNDO. – LÍBRENSE los oficios correspondientes.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.LA SUPERINTEN<strong>DE</strong>NTE <strong>DE</strong>LEGADO PARA LOS PROCEDIMIENTOS MERCANTILES,ANGELA MARIA ECHEVERRI RAMIREZSuperintendente Delegada Procedimientos MercantilesTRD: ACTUACIÓN; RAD: 2010-01-229901; (2010-01-182103); 2010-01-160184; 2010-01-154634;2010-01-156012; 2010-01-154625; 2010-01-160949; 2010-01-174161; CF: D6261BOGOTA D. C.: AVENIDA EL DORADO No. 51-80, PBX: 3245777 - 2201000, LINEA GRATUITA018000114319, Centro de Fax 2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79-10TEL: 953-454495/454506, ME<strong>DE</strong>LLIN: CRA 49 # 53-19 PISO 3 TEL: 942-5115218/5113663,MANIZALES: CLL 21 # 22-42 PISO 4 TEL: 968-847393-847987, CALI: CLL 10 # 4-40 OF 201 EDF.BOLSA <strong>DE</strong> OCCI<strong>DE</strong>NTE PISO 2 TEL: 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ CR. 7 # 32-39 PISO 2TEL: 956-646051/642429, CUCUTA: AV 0 (CERO) A # 21-14 TEL: 975-716190/717985, BUCARAMANGA:CALLE 41 No. 37-62 TEL: 976-321541/44. w w w . s u p e rs o ci ed a d es , go v, c o /w e bm as t er @ s u p er s oc i e d a de s. g ov .c o – C o l om b i a .

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