Ecopetrol” en el que documenta elimpacto del grupo de la red social Facebooken el caso, así mismo exponealgunas declaraciones del Ministro yViceministra de ambiente que planteanincertidumbre en el desarrollodel megaproyecto.21. La Dirección de Ecosistemas del Ministeriode Medio Ambiente Vivienday Desarrollo Territorial el día 3 de juliode 2008 emitió Concepto Técnico delas áreas que se consideran ecosistemasde importancia ambiental dentrodel proyecto, bajo el radicado 2100-3-73750.22. Como uno de los resultados de lagestión y de la solicitud de AudienciaPública, se logró que el MAVDT devolviera,mediante el Auto 2183 de 11 dejulio de 2008, el estudio de impactoambiental a Ecopetrol S.A. con un documentode 50 páginas de reparos aéste y exigiera la construcción de unestudio nuevo de mayor calidad y encumplimiento de los términos de referenciaespecificados. Se suspende eltrámite de la licencia ambiental parael proyecto.23. El día 21 de julio de 2008 la empresaEcopetrol S.A. interpone recurso dereposición contra el Auto No. 2183 de2008, solicitando que no se devuelvael Estudio de Impacto Ambiental, argumentaque presentará informaciónadicional necesaria y solicita usar laszonas de exclusión con medidas de“manejo especial”.24. El MAVDT responde , el día 19 de septiembrede 2008 por medio del AutoNo. 2911, confirmando la devolucióndel Estudio de Impacto Ambiental yla suspensión del trámite de licenciarespectivo.25. El 25 de Julio de 2008 se publica, en eldiario nacional “El Tiempo”, el artículotitulado “Frenan poliducto de 82 milmillones de pesos a Ecopetrol” marcandoel hito final de este largo procesode negociación.26. El MAVDT, mediante el Auto166 deEnero 27 de 2010 “Por el cual se ordenael archivo de un expediente” ordenael archivo y concluye así el expediente3860.Resultados del procesoDespués de una negociación de 2 años yla unión de varias instituciones, la RN VillaPaz logró sentar un precedente jurídico.El MAVDT se pronunció sobre el casomediante el Auto No.3308 de 2007 quedio respuesta al recurso de reposición encontra del Auto No. 2798 del mismo añoy declaró a las Reservas Naturales de laSociedad Civil en estatus de protecciónde primer orden, tal como los Parques NacionalesNaturales. En el segundo artículodel Auto se describen las áreas a excluirdel proyecto Naftaducto Tocancipá-CastillaLa Nueva incluyendo en éstas las RNSC.Finalmente, el MAVDT negó la licencia ambientala Ecopetrol S.A. para la construccióndel Naftaducto en este lugar. A la fecha,Octubre de 2010, aún no se sabe pordónde pasará en Naftaducto o mediantequé mecanismo se conducirá la Nafta, loque ahora se sabe es que esta infraestructurano podrá atravesar ningún ParqueNacional Natural o Reserva Natural de laSociedad Civil; y debe excluir en su trazadolos ecosistemas estratégicos para la regulaciónhídrica como el páramo.Al proceso se sumaron resultados indirectosque vale la pena mencionar:-‐El trabajo realizado con las comunidadesy las autoridades administrativas ypolíticas en el caso Naftaducto han ge--‐-‐-‐-‐nerado un gran cambio de concienciade los pobladores en los municipiosde La Calera y Choachí. Hoy en día setrabaja en la reforma del Esquema deOrdenamiento Territorial integrando ladimensión ambiental del desarrollo deuna manera muy positiva y real.El caso fue presentado por el propietariode la RN Villa Paz en el PrimerCongreso Nacional de Áreas Protegidasrealizado en octubre de 2009 enBogotá, bajo el título “Mecanismos dedefensa para la conservación privada,Reserva Natural Villapaz - Choachí(Cundinamarca)”.Fue uno de los casos documentadosen el libro “Educación legal clínica y defensade los derechos humanos: casosparadigmáticos del Grupo de AccionesPúblicas –GAP-” del Grupo de AccionesPúblicas GAP (2009), editado por BeatrizLondoño Toro.Para documentar el proceso, el propietariode la RN Villa Paz con apoyodel GAP, produjo un documental en elque se plasma la problemática desdevarios ángulos, mediante testimoniosreales de las personas de la zona afectaday del personal de las institucionesacadémicas que apoyaron el proceso.El Concejo Municipal de Choachí hizoun homenaje al GAP y al propietario dela RNSC Villa Paz por su arduo y efectivoesfuerzo en la protección de losecosistemas claves para el municipio.Aprendizajes y costosEl proceso completado por este propietarioprivado fue arduo y largo, la inversiónde tiempo y recursos es incalculable perose puede empezar por decir que el señorJack leyó todos los documentos del caso,estudio cuidadosamente la legislación yrecorrió (en varias ocasiones) el trazadodel Naftaducto para evidenciar los impactosambientales del proyecto. No fue unproceso fácil pero se agilizó y dinamizómucho con la presencia de diversas organizaciones,la clave de este fue la interdisciplinariedad.El caso debió ser manejado con varias estrategias:legal, social, política y comunicacional;todas fueron complementariasy coadyuvaron en la solución del conflicto.En todas las estrategias el acompañamientopermanente e incondicional delGAP fue clave.Una de las mayores fortalezas a resaltar deeste caso fue el acompañamiento permanentede la comunidad afectada, y el flujode información veraz que se mantuvo entreésta y los gestores del caso, así comola concientización de la comunidad sobresus derechos legales. Al igual que la comunidad,la relación cercana con las autoridadeslocales fue clave y de invaluableapoyo al caso, las entidades competentesde los municipios afectados se mostraronsiempre interesadas y con ánimo a colaboraren la lucha.56 57
El aprendizaje sobre las herramientas jurídicasy de acción social coherente es claro:existen para ser utilizadas en defensa de losecosistemas y las comunidades y debemosaprender a utilizar las herramientas disponibles.En este caso, la figura de RNSC fue elúnico mecanismo de protección legal delpredio ante el proyecto del Naftaducto.Sugerencias a futuros procesosLos defensores de la RN Villa Paz recomiendanconocer el proyecto y aprovecharlas debilidades del mismo en cuantoa sus estudios de impacto ambientaly licencias ambientales. Es un derechoinnegable para cualquier ciudadano quepueda justificar su petición convertirse enTercero Interviniente de un proyecto queesté tramitando una licencia ambiental,este procedimiento fue clave en este casoy se recomienda para futuros conflictos.Los repetidos derechos de petición emitidospor el GAP fueron útiles en el momentode luchar por la defensa del áreaprotegida; principalmente por las incoherenciasjurídicas del proyecto en relacióna su paso por zonas de páramo.El GAP (2009) sugiere algunas pautas quese deben tener en cuenta a la hora de enfrentarsea este tipo de casos:1. Crear y conservar una relación de informaciónen doble vía con la autoridadambiental competente.2. Realizar visitas de campo que permitanevidenciar los impactos del proyectoy la importancia de los recursosa proteger.3. Crear alianzas interdisciplinarias paralograr una comprensión global de laproblemática.4. Realizar una revisión minuciosa de casosantecedentes relacionados con lamisma problemática.En conclusión, se debe conocer bien elproyecto, la legislación que ampara loque se quiere proteger, y las herramientasjurídicas de participación ciudadana quebrinda la legislación a la comunidad; tambiénes importante conseguir aliados quesepan aplicar dichas herramientas.“Nuestra generación hatenido la responsabilidad deconcientizarse sobre los dañosque hemos ocasionado alplaneta, por tanto es nuestraresponsabilidad fijar políticasque minimicen o eliminenla depredación ambiental ysiembren esperanzas paranuestros hijos y nietos.”Jack Zelig RotlewiczAnexos: solicitud de Tercero Intervinientey solicitud de Audiencia Pública Ambiental.Fuentes: la información aquí narrada fuebasada en la presentación del señor JackZ. Rotlewicz “Reserva Natural de la SociedadCivil Villa Paz - Caso Naftaducto” deOctubre de 2009 y en la información proporcionadaen el libro “Educación legalclínica y defensa de los derechos humanos:casos paradigmáticos del Grupo deAcciones Públicas –GAP-” del Grupo deAcciones Públicas GAP (2009), editado porBeatriz Londoño Toro.Para mayor información contacte a:Parques Nacionales Naturales SubdirecciónTécnica-Grupo SINAP, o a Jack ZeligRotlewicz (info@villapaz.orgwww.villapaz.org)Unidos por la protección del hábitat del Loro OrejiamarilloMunicipio de Jardín, Departamento de AntioquiaPresentación de la experienciaEl Loro Orejiamarillo (Ognorhynchus icterotis)es una especie casi endémica de<strong>Colombia</strong> que se distribuye en las trescordilleras entre los 2000 y los 3480 m.Este loro se encontraba en la categoría deamenaza “En Peligro Crítico” (Renjifo et al.2002); actualmente, gracias a las accionesde conservación de varias organizaciones,se ha bajado de categoría de amenaza yahora se encuentra “En Peligro” (BirdLifeInternational 2010). Una de las poblacionesmás saludables de esta especie deave se encuentra en los bosques de Jardín(Antioquia) donde se conservan en buenestado los bosques andinos y subandinosque aún mantienen buenos números depalmas de cera (Ceroxylon quindiuense),especie también amenazada de la quedepende el loro orejiamarillo para su reproducción(Renjifo et al. 2002).Foto José Castaño-HernándezEn el municipio de Jardín se ha observadoque el Loro Orejiamarillo necesita deun hábitat de gran tamaño ya que aniday usa como dormideros palmas de cerade las zonas altas (2800-3000m) perotambién debe visitar sitios de forrajeo enzonas de menor altura (1800-2000m) enbusca de frutos para su alimentación. Porser los frutos un recurso efímero y estacional,deben moverse grandes distanciaspara encontrar árboles en fructificación.Esta condición de amplios movimientosy el hecho de ser una especie gregariapresentan retos para su conservación, nosólo se debe conservar un área específicasino un rango actitudinal con variedadde ecosistemas que van desde bosquesmaduros hasta cultivos con árboles dispersos.Las Reservas Naturales de la Sociedad Civil,asociadas a RESNATUR y agrupadas en58 59