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INFORME 004/2009-dfbn - Tribunal Superior de Cuentas

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4. Implantar la Evaluación <strong>de</strong> Impacto Ambiental (EIA), para la ejecución <strong>de</strong>proyectos públicos o privados potencialmente contaminantes o<strong>de</strong>gradantes.5. Promover la participación <strong>de</strong> los ciudadanos en las activida<strong>de</strong>s relacionadascon la protección, conservación, restauración y manejo a<strong>de</strong>cuado <strong>de</strong>lambiente y <strong>de</strong> los recursos naturales.6. Fomentar la educación e investigación ambiental para formar unaconciencia ecológica en la población.7. Elevar la calidad <strong>de</strong> vida <strong>de</strong> los pobladores, propiciando el mejoramiento <strong>de</strong>lentorno en los asentamientos humanos.7.2 FuncionesLas funciones específicas <strong>de</strong> la SERNA están <strong>de</strong>talladas en el Decreto 1089-97,“Reglamento Interno”, enumeradas en su Artículo 7, el que establece que para elcumplimiento <strong>de</strong> las competencias establecidas en la Ley General <strong>de</strong>l Ambiente, laSecretaría <strong>de</strong> Recursos Naturales y Ambiente tendrá las siguientes funciones:1. La administración y control <strong>de</strong> los recursos hídricos, incluyendo su medicióny evaluación, lo relativo a <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> aprovechamiento públicos oprivados, el control <strong>de</strong> vertidos y <strong>de</strong>más activida<strong>de</strong>s relacionadas condichos recursos;2. La protección y manejo or<strong>de</strong>nado <strong>de</strong> las cuencas hidrográficas y laejecución y evaluación <strong>de</strong> programas con este fin en coordinación con lasmunicipalida<strong>de</strong>s y <strong>de</strong>más autorida<strong>de</strong>s relacionadas;3. La formulación <strong>de</strong> políticas relacionadas con las fuentes nuevas yrenovables <strong>de</strong> energía, incluyendo la eóIica, solar, hidráulica, geotérmica,biomasa y mareomotriz y en su caso; el diseño o la ejecución <strong>de</strong> proyectospara su utilización, cuando no correspondan a otras entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>l Estado;4. La conducción <strong>de</strong> estudios relacionados con la generación y transmisión <strong>de</strong>energía hidráulica, térmica o geotérmica;5. La formulación y ejecución <strong>de</strong> políticas relacionadas con petróleo y sus<strong>de</strong>rivados;6. La formulación y ejecución <strong>de</strong> planes y programas en materia <strong>de</strong> minas ehidrocarburos, incluyendo lo relativo a la investigación geológica,evaluación e inventario <strong>de</strong> estos recursos, así como lo concerniente a suexploración y explotación, <strong>de</strong> conformidad con la legislación sobre estasmaterias;7. La formulación, coordinación y evaluación <strong>de</strong> políticas para la conservación,<strong>de</strong>fensa y mejoramiento <strong>de</strong>l ambiente en general;

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