12.07.2015 Views

-1- PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA ...

-1- PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA ...

-1- PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULA ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

fundamentales y de igualdad entre hombres y mujeres y los principios deaccesibilidad universal y diseño para todos.2. La Conferencia General de Política Universitaria velará porque la admisión delos estudiantes a las enseñanzas universitarias de Grado de carácter oficial seageneral, objetiva y universal, tenga validez en todas las universidades españolas yresponda a criterios acordes con el Espacio Europeo de Educación Superior.CAPITULO IIPRUEBA <strong>DE</strong> ACCESO A LAS EN<strong>SE</strong>ÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES <strong>DE</strong>GRADOArtículo 5. Finalidad de la prueba.1. La prueba de acceso tiene por finalidad valorar, con carácter objetivo, lamadurez académica del estudiante, así como sus conocimientos y su capacidadpara seguir con éxito las enseñanzas universitarias de Grado.2. La valoración a la que se refiere el apartado anterior se expresará con unacalificación numérica, que permita la ordenación de las solicitudes de admisión parala adjudicación de las plazas ofertadas.Artículo 6. Participación en la prueba.Podrán presentarse a la prueba de acceso a la universidad, quienes estén enposesión del título de Bachiller, al que se refiere el artículo 37 de la Ley Orgánica2/2006, de Educación, o título equivalente a estos efectos.Artículo 7. Condiciones generales de la prueba.1. La prueba se adecuará al currículo del bachillerato y versará sobre lasmaterias de segundo curso, a las que se refieren los artículos 6.3. y 7.6 del RealDecreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura delbachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas.2. Las Administraciones educativas y las universidades organizarán la prueba deacceso a la universidad y garantizarán la adecuación de la misma al currículo debachillerato así como la coordinación entre la universidad y los centros que impartenbachillerato para su organización y realización.3. La Conferencia Sectorial de Educación y la Conferencia General de PolíticaUniversitaria podrán establecer procedimientos de coordinación entre las distintas-5-

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!