12.07.2015 Views

Medicina Legal Practica.pdf - Justicia Forense

Medicina Legal Practica.pdf - Justicia Forense

Medicina Legal Practica.pdf - Justicia Forense

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Recopilaciones de <strong>Medicina</strong> <strong>Legal</strong> y/o <strong>Forense</strong>DR. ALFREDO RODRIGUEZ GARCIA25Artículo 176. Se considera como violación todo caso en que la cópula se realicecon persona menor impúber o privada de razón o de sentido, o cuando por enfermedad opor cualquier otra causa no pudiera resistir.Si la persona ofendida fuere menor de diez años, la sanción será de seis a quinceaños de prisión.Incesto y Adulterio.(Marco Jurídico) Código Penal para el Estado de JaliscoTítulo Décimo segundo “Delitos contra el orden de la familia”Capitulo IArtículo 181. Comenten incesto, los parientes que copulan entre sí, siempre que setrate de ascendientes con descendientes, hermanos, medios hermanos, padre o madreadoptante con hija o hijo adoptivo, respectivamente, o los que estén ligados por vínculosde afinidad en primer grado.Artículo 182. Comete adulterio el hombre o mujer que tengan entre si relacionessexuales, bien en el domicilio conyugal o causando escándalo, sabiendo que uno de elloso los dos están casados con otra u otras personas.Rapto: (Concepto genérico)Robo de una mujer para casarse en contra de suvoluntad.(Marco Jurídico) Código Penal para el Estado de JaliscoTítulo Décimo primero “Delitos contra la seguridad y la libertad sexual”Capitulo VIIIArtículo 195. Al que se apodere de una mujer por medio de la violencia física omoral o del engaño o seducción para satisfacer algún deseo erótico - sexual o paracasarse, se le aplicará la pena de seis meses a seis años de prisión. Si la mujer fueremenor de dieciocho años la seducción y el engaño se presumen.Si la ofendida fuera casada o concubina de otro, se impondrá al raptor de dos aocho años de prisión. Igual pena se impondrá, cuando el rapto sea cometido por dos omás personas.Artículo 196. No se procederá contra el raptor, sino por queja de la ofendida o de sulegítimo representante. Cuando el raptor se case con la ofendida, no se procederá contraél ni contra sus copartícipes, salvo que se declare nulo el matrimonio.Sodomía (Concepto) Considerada también como perversiones o desviacionessexuales, las formas más conocidas son:Bestialidad (zoofilia), Necrofilia, Pedofilia, Sadismo, Fetichismo, Voyerismo yexhibicionismo.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!