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identidad 18 - Movimiento Bolivariano por la Nueva Colombia

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IDENTIDADDicha persecución penal abordada de aspectos extremos, que están guiados al presente y futuro tantopróximo como lejano, busca a todas luces evitar <strong>la</strong> protesta social, que como tal es objeto de todo eldespliegue de arbitrariedades.El mal trato que en <strong>Colombia</strong> se realiza de manera oficial, va en total contravía de <strong>la</strong> Dec<strong>la</strong>raciónUniversal de Derechos Humanos de <strong>la</strong> Organización de Naciones Unidas, de <strong>la</strong> Carta de DerechosHumanos de <strong>la</strong> Organización de Estados Americanos, de <strong>la</strong>s cuales <strong>Colombia</strong> es Estado Parte y comotal, no le es dado generar restricciones, afectaciones o menoscabo; Pero históricamente <strong>Colombia</strong>continúa caracterizándose como uno de aquellos países resistentes a <strong>la</strong> protección de <strong>la</strong> DignidadHumana, a pesar que <strong>la</strong> Constitución de 1991 que también hace una consagración primordial.Descendiendo al Procedimiento Penal, quese basa en <strong>la</strong> Ley 906 de 2004 paradesarrol<strong>la</strong>r el Sistema Penal OralAcusatorio, para <strong>la</strong> Fiscalía General de <strong>la</strong>Nación se aprecia sin dificultad alguna, queabierta, cínica y descaradamentedesatiende igualmente el Manual de PolicíaJudicial, y estas normatividades hacenespecial trato al respeto <strong>por</strong> los DerechosHumanos, es decir, olvidan desarrol<strong>la</strong>r <strong>la</strong>protección del Núcleo y todos aquellosaspectos que no so<strong>la</strong>mente se encargan dehacer protección de <strong>la</strong>s víctimas, sino quecon mayor crueldad afectan los derechos detodos los individuos objeto de <strong>la</strong>persecución.Esa misma omisión se extiende a los Jueces,que sin im<strong>por</strong>tar el sistema procesal bajo el quetoman decisiones, se desapartan de los c<strong>la</strong>rosobjetivos de <strong>la</strong> normatividad procesal penal,fingen atender <strong>la</strong> jurisprudencia que indicaalgunos modales de aplicabilidad, pero enesencia se tergiversa en su verdaderainterpretación y sigue aflorando <strong>la</strong>subjetividad para ello. El Ser Humano que esobjeto de <strong>la</strong> persecución penal, siempreenfrentará un posicionamiento jurídicodelineado previamente <strong>por</strong> esos funcionarios.Esos com<strong>por</strong>tamientos anormales deinterpretación y aplicabilidad de <strong>la</strong>normatividad <strong>por</strong> parte de Fiscales Delegadosy de <strong>la</strong> variedad de Jueces Penales oMagistrados, colocan en franca desventaja,bien al Investigado o bien al AbogadoDefensor. Nótese que con esta afirmación, sequiere significar que los Delegados a FiscalíaGeneral de <strong>la</strong> Nación o los Jueces oMagistrados Penales, continúan empeñadosen mostrar resultados estadísticos.La situación se complica mucho más cuando elFiscal Delegado o el Juez - Magistrado, ha sidoobjeto de recomendación para elnombramiento, y no está muy lejos aquel queestando en provisionalidad para <strong>la</strong>conservación de su estabilidad <strong>la</strong>boral, seajusta a los lineamientos estadísticos dedrasticidad en <strong>la</strong> imposición de <strong>la</strong> ley. Comopuede observarse como seres humanos, nodejamos de ser animales de costumbres.La posición jurídica que se describe en <strong>la</strong>última parte, da lugar para generar una25

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