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0731-10-EP

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Caso N.0 073 1-1 0-<strong>EP</strong> Página 6 de 36De la contestación y sus argumentosDe la revisión de los expedientes del caso no se advierte escrito algunopresentado por la parte accionada, conforme lo establecido en providencia del 30de septiembre de 20<strong>10</strong>.Terceros interesadosManuel Orlando Quishpe Ante y otros señalan que si bien el Estado ecuatoriano,en reconocimiento de la pluralidad existente en el Ecuador, ha reconocido a lajusticia indígena, establece que sus procedimientos jurisdiccionales no deben sercontrarios a la Constitución ni podrán violar los derechos inherentes a laspersonas.Que en su caso, se han cometido una serie de delitos conexos en su contra, "deun linchamiento realizado por el populacho que fue enardecido por unos pocossujetos que fungen de dirigentes de la comunidad de La Cocha ... ".Manifiestan que se han violado los artículos 66 numeral 3 literales a y e, 76numeral 7, literales a, b, e y g, 77, 83 numeral 2, y 426 de la Constitución, 5 y 8de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en razón a que elderecho a la legítima defensa ha sido reprimido en todo el proceso deajusticiamiento indígena en su contra. Que nunca contaron con un abogado o untercero imparcial que defienda sus derechos, ya que fueron sometidos a torturapermanente por varios días. No existió plazo razonable ni los medios adecuadospara preparar la legítima defensa, no hubo un juez imparcial ni la presunción deinocencia. Que a Orlando Quishpe se le obligó a declararse culpable.Por lo expuesto, solicitan que se deseche, de manera inmediata, la acciónextraordinaria de protección presentada.Amicus curiaeLos doctores Ernesto Pazmiño Granizo, defensor público general del Ecuador,orge Paladines Rodríguez y abogado Luis Á vil a Linzán, funcionarios de laDefensoría Pública, presentan el siguiente amicus curiae:Manifiestan que la pregunta central que se le plantea a la Corte Constitucional essi el ejercicio de la justicia indígena, de acuerdo a lo que establece el artículo 171de la Constitución, vulnera "en sí mismo" los derechos constitucionales, los

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