13.07.2015 Views

Continuación Acuerdo 005 - Alcaldía de Rionegro

Continuación Acuerdo 005 - Alcaldía de Rionegro

Continuación Acuerdo 005 - Alcaldía de Rionegro

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

De conformidad con lo previsto en la Constitución y la Ley Orgánica <strong>de</strong>lPresupuesto, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> los principios <strong>de</strong> la Función Administrativa <strong>de</strong> que trata elartículo 209 <strong>de</strong> la Constitución, al sistema Presupuestal Municipal son aplicables latotalidad <strong>de</strong> principios establecidos en la Ley. Por expresa disposición <strong>de</strong> la ley, noes aplicable el principio <strong>de</strong> inembargabilidad a las empresas industriales ycomerciales o asimiladas <strong>de</strong>l or<strong>de</strong>n Municipal.ARTÍCULO 17.- PLANIFICACIÓNEl Presupuesto General <strong>de</strong>l Municipio y los presupuestos <strong>de</strong> las EmpresasIndustriales y Comerciales o asimiladas <strong>de</strong>l Municipio, <strong>de</strong>berá guardarconcordancia con los contenidos <strong>de</strong>l Plan <strong>de</strong> Desarrollo Municipal, el PlanPlurianual <strong>de</strong> Inversiones <strong>de</strong> mediano y corto plazo, el Marco Fiscal <strong>de</strong> MedianoPlazo, el Plan Financiero y el Plan Operativo Anual <strong>de</strong> Inversiones.De conformidad con lo previsto en la Ley 819 <strong>de</strong> 2003, los presupuestos <strong>de</strong>lMunicipio y sus entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>scentralizadas, así como las modificaciones que aellos se introduzcan, <strong>de</strong>berán ser consistentes con el Marco Fiscal <strong>de</strong> MedianoPlazo <strong>de</strong> igual forma con los planes <strong>de</strong> ajuste fiscal y financieros, planes <strong>de</strong><strong>de</strong>sempeño, planes <strong>de</strong> reestructuración <strong>de</strong> pasivos contemplados en las leyes 617<strong>de</strong> 2000, 358 <strong>de</strong> 1997, 550 <strong>de</strong> 1999, respectivamente.ARTÍCULO 18.- ANUALIDADEl año fiscal comienza el 1º <strong>de</strong> Enero y termina el 31 <strong>de</strong> Diciembre <strong>de</strong> cada año.Después <strong>de</strong>l 31 <strong>de</strong> Diciembre no podrán asumirse compromisos con cargo a lasapropiaciones <strong>de</strong>l año fiscal que se cierra en esta fecha y los saldos <strong>de</strong>apropiación no afectados por compromisos caducarán sin excepción.Para la correspondiente vigencia fiscal no se podrán incluir en el presupuestoingresos que no vayan a ser percibidos entre el primero <strong>de</strong> enero y el treinta y uno<strong>de</strong> diciembre así, en la contabilidad financiera se causen en dicha vigencia.De conformidad con lo previsto en la ley 819 <strong>de</strong> 2003, las apropiaciones <strong>de</strong>beránprogramarse <strong>de</strong> tal forma que se ejecuten en su totalidad <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> la vigencia, yno se podrán adquirir compromisos que superen en su ejecución la vigencia fiscal,sin contar previamente con la autorización correspondiente para comprometervigencia futuras <strong>de</strong> conformidad con lo previsto en la ley y el presente estatuto.ARTÍCULO 19.- UNIVERSALIDADEl Presupuesto contendrá la totalidad <strong>de</strong> los gastos públicos que se espererealizar durante la vigencia fiscal respectiva. En consecuencia, ninguna autoridadpodrá efectuar gastos públicos, erogaciones con cargo al Tesoro municipal otransferir crédito alguno, que no figuren en el presupuesto.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!