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humanos en Guatemala Diversidad desigualdad y exclusión

Guatemala2016

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Capítulo 5 Administración de justicia | 179<br />

que los def<strong>en</strong>sores de las personas acusadas de cometer violaciones a los derechos<br />

<strong>humanos</strong> <strong>en</strong> <strong>Guatemala</strong> utilizan tales recursos con el fin de demorar las decisiones<br />

de los tribunales locales, sin que los jueces <strong>en</strong> tanto directores del proceso judicial<br />

adopt<strong>en</strong> las medidas necesarias para evitar la d<strong>en</strong>egación de justicia <strong>en</strong> la<br />

práctica 702 .<br />

414. Como se señalara, desde el 2003 la Comisión ha docum<strong>en</strong>tado que algunos jueces y<br />

magistrados permit<strong>en</strong> el uso y abuso de los recursos, retardando las decisiones<br />

finales <strong>en</strong> diversos casos. El recurso utilizado con mayor frecu<strong>en</strong>cia para este fin es<br />

el recurso de amparo 703 . En este s<strong>en</strong>tido, el <strong>en</strong>tonces Relator Especial sobre la<br />

indep<strong>en</strong>d<strong>en</strong>cia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, <strong>en</strong> su misión a<br />

<strong>Guatemala</strong> <strong>en</strong> 2009 también hizo refer<strong>en</strong>cia al “uso abusivo del amparo […] [que]<br />

lo ha convertido <strong>en</strong> un arma para obstruir y retardar la justicia; sin que los jueces,<br />

<strong>en</strong> tanto que directores del proceso judicial, hayan adoptado las medidas<br />

necesarias para evitarlo 704 ”.<br />

415. La Corte de Constitucionalidad el 9 de diciembre de 2013 emitió disposiciones<br />

reglam<strong>en</strong>tarias y complem<strong>en</strong>tarias a la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de<br />

Constitucionalidad mediante el Acuerdo 1-2013, con el fin de “agilizar la<br />

impartición de justicia, reducir los tiempos de respuestas y mejorar las vías de<br />

comunicación […]” 705 . El artículo 72 de dicho Acuerdo faculta a los tribunales a<br />

imponer multas a las y los abogados cuando una acción interpuesta “resulte frívola<br />

o notoriam<strong>en</strong>te improced<strong>en</strong>te”. Sin perjuicio del avance que ello puede significar<br />

como medida inhibitoria contra el abuso del recurso, la CIDH espera que una<br />

reforma a la ley se concrete y se asegure que el recurso de amparo cumpla con los<br />

estándares interamericanos. Asimismo, la CIDH resalta la importancia de que las y<br />

los operadores de justicia llamados a resolver tales recursos lo hagan d<strong>en</strong>tro de un<br />

plazo razonable, de conformidad con los artículos 8 y 25 de la Conv<strong>en</strong>ción<br />

Americana.<br />

416. En cuanto al acceso a la justicia, comparte el Estado la preocupación del uso y<br />

abuso del amparo para retardar la administración e impartición de justicia 706 .<br />

702<br />

703<br />

704<br />

705<br />

706<br />

CIDH, Justicia e inclusión social: Los desafíos de la democracia <strong>en</strong> <strong>Guatemala</strong> (2003), párr. 28.<br />

El trámite indebido del recurso de amparo se ha evid<strong>en</strong>ciado <strong>en</strong> casos de graves violaciones a los derechos<br />

<strong>humanos</strong> como las masacres de Xaman y de las Dos Erres, así como <strong>en</strong> los procesos por los asesinatos de<br />

Monseñor Gerardi y de Myrna Mack Chang. CIDH, Justicia e inclusión social: Los desafíos de la democracia <strong>en</strong><br />

<strong>Guatemala</strong> (2003).<br />

ONU. Promoción y Protección de todos los Derechos Humanos, Civiles, Políticos, Económicos, Sociales y<br />

Culturales, Incluido el Derecho al Desarrollo. Informe del Relator Especial sobre la indep<strong>en</strong>d<strong>en</strong>cia de los<br />

magistrados y abogados, Leandro Despouy, Misión a <strong>Guatemala</strong>, 1 de octubre de 2009, párr. 89.<br />

Corte de Constitucionalidad, Acuerdo 1-2013, 9 de diciembre de 2013.<br />

Observaciones del Estado de <strong>Guatemala</strong> respecto al “Proyecto de Informe G<strong>en</strong>eral sobre la Situación de<br />

Derechos Humanos <strong>en</strong> <strong>Guatemala</strong> y a la comunicación del 14 de agosto de 2015 de la CIDH”, 6 de octubre de<br />

2015.<br />

Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH

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