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Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

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10 de Marzo de 2017 GACETA OFICIAL <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>CIUDAD</strong> <strong>DE</strong> <strong>MÉXICO</strong> 53<br />

d) Fotocopias de las credenciales de elector con fotografía de los asistentes a la Asamblea General Extraordinaria de<br />

Delegados, consistente en doce fojas.<br />

8. El 7 de noviembre de 2016, mediante oficio identificado con la clave IEDF/<strong>DE</strong>AP/0686/16, la Dirección Ejecutiva<br />

informó a la agrupación que derivado de un análisis efectuado a la documentación remitida, se detectaron algunas<br />

omisiones e inconsistencias que no generaban certeza jurídica para acreditar que las modificaciones a los documentos<br />

básicos se hubieran llevado conforme al procedimiento estatutario previsto para ello. En consecuencia, se le otorgó un<br />

plazo de tres días hábiles a la agrupación para que realizara los actos necesarios con la finalidad de solventar las<br />

observaciones precisadas en el oficio de referencia, así como para remitir la documentación comprobatoria que avalara<br />

la aplicación del procedimiento correspondiente.<br />

9. El 11 de noviembre de 2016, el Presidente de la agrupación manifestó que en atención al oficio IEDF/<strong>DE</strong>AP/0686/16,<br />

hacía entrega de la siguiente documentación:<br />

a) Acuerdo del Consejo Político Local, de fecha 5 de octubre de 2016, por el cual se autoriza al Comité Ejecutivo<br />

Local, la emisión de la convocatoria correspondiente a la Primera Asamblea General Extraordinaria de Delegados,<br />

consistente en una foja.<br />

b) Convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria de Delegados, consistente en dos fojas, y<br />

c) Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Delegados celebrada el día 14 de octubre de 2016, consistente en<br />

veintitrés fojas.<br />

10. El 7 de diciembre de 2016, en su Vigésima Séptima Sesión Extraordinaria de la Comisión Permanente de Asociaciones<br />

Políticas aprobó el anteproyecto de Resolución respecto de la procedencia legal de las modificaciones realizadas a los<br />

documentos básicos de la agrupación política local denominada “México Avanza”, con el objeto de someterlo a<br />

consideración del Consejo General a fin de que este órgano colegiado resolviera lo conducente.<br />

11. El 9 de diciembre de 2016, el Consejo General aprobó la resolución de clave RS-34-16 relativa a la procedencia legal<br />

de las modificaciones realizadas a los documentos básicos de la agrupación política local denominada “México<br />

Avanza”, en cuyos puntos resolutivos PRIMERO y SEGUNDO, resolvió lo siguiente:<br />

“PRIMERO. Se declaran PROCE<strong>DE</strong>NTES las modificaciones a los Documentos Básicos de<br />

la agrupación política local denominada “México Avanza” en términos del Considerando V,<br />

numerales 1 y 2 de la presente Resolución, toda vez que no contravienen lo previsto en la<br />

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito<br />

Federal y el Código Electoral.<br />

SEGUNDO. La modificación que fue solicitada por esta autoridad administrativa electoral en<br />

el Programa de Acción de la citada agrupación que no fue realizada por la misma, la cual se<br />

alude en el Considerando V, numeral 3 de este instrumento, deberá ser reportada en términos<br />

del artículo 10 del Procedimiento de Verificación.<br />

(…)”<br />

12. El 9 de diciembre de 2016, el Consejo General emitió el Acuerdo por el que aprobó el Informe sobre la Verificación<br />

del cumplimiento de las obligaciones supervisadas a las agrupaciones políticas locales durante 2016, identificado con<br />

la clave ACU-87-16. En el Considerando 16, inciso b), párrafos primero y segundo, así como en el punto de acuerdo<br />

CUARTO, determinó lo siguiente:<br />

Considerando 16<br />

“b) Cumplimiento Parcial<br />

Las agrupaciones políticas locales que abajo se identifican, cumplieron parcialmente las obligaciones<br />

que esta autoridad verificó en el presente año, así como con los plazos previstos para la presentación<br />

de la documentación que comprobara los actos realizados, en términos del Procedimiento de<br />

Verificación:

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