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Manual convivencia

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ARTÍCULO 28. FUNCIONES DEL RECTOR.<br />

El inmediato superior de los docentes es el Rector o Director del Establecimiento educativo,<br />

lo anterior en virtud a las facultades establecidas en el artículo 25 del decreto 1860<br />

de 1994 el cual establece entre las funciones del rector o director entre otras:<br />

1. Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del<br />

gobierno escolar.<br />

2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y administrativas el oportuno<br />

aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.<br />

3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el<br />

establecimiento.<br />

4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores<br />

o auspiciadores de la institución y con la comunidad local para el continuo progreso<br />

académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.<br />

5. Efectuar la rendición de cuentas y formatos y fechas establecidos por los entes de<br />

control.<br />

6. Publicar en un lugar de la institución, visible y de fácil acceso, el informe de ejecución<br />

de los recursos del Fondo de Servicios Educativos, con la periocidad que indique el<br />

Consejo Directivo.<br />

7. Presentar un informe de ejecución presupuestal al final de cada vigencia fiscal a las<br />

autoridades educativas de la entidad territorial que tiene a su cargo el establecimiento<br />

educativo estatal, incluyendo el excedente de recursos no comprometidos si los hubiere.<br />

8. Liderar el comité de <strong>convivencia</strong> escolar acorde con lo estipulado en los artículos 11,<br />

12 y 13 de la ley 1620 del 15 de marzo de 2013.<br />

9. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el<br />

proyecto educativo institucional.<br />

10. Todos los demás establecidos en la Constitución, Leyes, Decretos, Ordenanzas y<br />

acuerdos.<br />

PARÁGRAFO: Siendo la institución de carácter privado quienes ejercen el cargo de representante<br />

legal y los cargos de Directores de la institución tendrán autonomía respecto al Consejo<br />

Directivo, en el desempeño de sus funciones administrativas y financieras. En este caso el<br />

Director Administrativo podrá ser una persona natural distinta del Rector.<br />

ARTÍCULO 29. CONSEJO ACADÉMICO.<br />

Es un órgano consultivo, asesor del Director, responsable de la organización, Orientación<br />

pedagógica y mejoramiento continuo de los planes de estudio Conforme Con la Ley 115 de<br />

1994, Art. 145 y Decreto 1860 de 1994, Art. 24, se encuentra Conformado por el Rector o<br />

Director, estará integrado por los directivos docentes para cada área o grado que ofrezca la<br />

respectiva institución.<br />

ARTÍCULO 30. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO.<br />

El Consejo Académico cumplirá las siguientes funciones:<br />

1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto<br />

Educativo Institucional.<br />

2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones<br />

y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto.<br />

3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.<br />

4. Participar en la Evaluación Institucional Anual.<br />

5. Recibir y decidir reclamos sobre desacuerdos académicos, de aplicación pedagógica o no<br />

conformidades de los alumnos sobre la evaluación educativa.<br />

6. Las demás funciones afines complementarias con las anteriores que le contribuya el Proyecto<br />

Educativo Institucional.<br />

7. Elaborar y presentar al Consejo Directivo, durante el tiempo de planeación institucional<br />

anual, el programa de capacitación docente y las necesidades de ayudas y recursos didácticos<br />

requeridos por cada uno de las secciones y áreas<br />

.<br />

8. Establecer estímulos de carácter acadé<br />

mico para docentes y alumnos, y colaborar en la búsqueda de recursos económicos para su<br />

cubrimiento cuando ello sea necesario.<br />

22 <strong>Manual</strong> De Convivencia, Colegio Bachillerato Diversificado Inca Ltda.<br />

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<strong>Manual</strong> De Convivencia, Colegio Bachillerato Diversificado Inca Ltda.

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