Manual convivencia
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La valoración de la <strong>convivencia</strong> escolar para el período será afectada por esta causa.<br />
A. Suspensión de uno (1) a tres (3) días: En el caso de incurrir en faltas leves repetitivas<br />
y persistentes. La Rectora podrá decidir la suspensión de un estudiante de uno (1) a tres (3)<br />
días. Se realizará notificación a la familia.<br />
B. Suspensión de cuatro (4) a ocho (8) días: En el caso de que el estudiante cometa<br />
faltas graves podrá desescolarizar por cuatro (4) días o más a un estudiante, de manera que<br />
éste pueda realizar sus trabajos académicos en su casa y presentar evaluaciones y/o actividades<br />
especiales en el colegio, notificando a su familia. Este proceso debe ser consignado y firmado<br />
en el observador del alumno.<br />
C. Suspensión de ocho (8) a quince (15) días: En el caso de que el estudiante<br />
cometa faltas muy graves, podrá ser desescolarizado por ocho (8) días hasta máximo quince<br />
(15) días, de manera que realice sus trabajos académicos en su casa y, presentar evaluaciones<br />
y/o actividades especiales en el colegio, notificando a su familia.<br />
En los casos de suspensión el estudiante será confiado a sus padres o acudientes, los que<br />
velarán responsablemente para que él cumpla con la sanción y con las actividades académicas<br />
que le sean asignadas durante la misma. De la desescolarizacion establecida para las faltas muy<br />
graves se dejará constancia escrita en el observador del alumno, acompañada con copia de la<br />
resolución rectoral. Si los padres de familia o acudiente autorizado se niegan a firmar la notificación<br />
de la resolución rectoral que impone la sanción, se dejará constancia de ello por escrito y<br />
se les notificará la decisión enviando copia de la resolución rectoral por correo certificado. Si<br />
durante el periodo de suspensión se realizan evaluaciones orales o escritas, las mismas serán<br />
aplazadas para lo cual le serán asignadas nuevas fechas de presentación.<br />
10. COMPROMISO PEDAGÓGICO ACADÉMICO Y/O COMPORTAMENTAL:<br />
El compromiso pedagógico académico y/o comportamental, es una estrategia pedagógica, con<br />
la cual se busca que las educandos y padres de familia o acudientes, se comprometan a generar<br />
acciones correctivas que mejoren las deficiencias que el educando presenta en alguna (s) o<br />
todas las dimensiones de su proceso de formación integral en cualquier momento del año escolar.<br />
LA ASISTENCIA ESCOLAR<br />
ARTÍCULO 60 LA ASISTENCIA ESCOLAR Todo estudiante matriculado en el Colegio<br />
INCA, debe cumplir con las horas escolares establecidas por el colegio y la inasistencia justificada<br />
a más del 25% o la injustificada a más de un 5% de las actividades académicas del año escolar,<br />
es considerada causal para la no promoción al finalizar el año, de acuerdo a la autonomía<br />
institucional autorizada por el Decreto 1290 de 2009. Desde la Coordinación se ejerce el control<br />
diario de asistencia a clases.<br />
INASISTENCIAS: Se da cuando un estudiante no se hace presente a la jornada académica.<br />
La inasistencia sólo se justifica cuando:<br />
1. Se presenta incapacidad médica.<br />
2. Por calamidad doméstica, por muerte o enfermedad de familiares cercanos.<br />
3. En los casos en los cuales el estudiante esté representando al colegio, al municipio, al<br />
departamento o al país, en actividades pastorales, culturales, deportivas y otras que autoricen<br />
las directivas del colegio.<br />
En caso de inasistencia a clase los padres de familia o acudiente autorizado deberán dar aviso<br />
durante las primeras horas del día, de la no asistencia del estudiante y en caso de tener incapacidad<br />
médica remitirla a la institución.<br />
El estudiante debe presentar a su regreso la incapacidad médica o excusa debidamente firmada<br />
por los padres de familia y /o acudiente, comunicando el motivo de la inasistencia. A partir<br />
de este momento deberá presentar disponibilidad ante los docentes para la entrega de trabajos<br />
y evaluaciones correspondientes al tiempo de su ausencia. En caso de no presentarlos el<br />
estudiante no tiene derecho a reclamar. En caso de inasistencia prolongada por enfermedad,<br />
se le realizará un plan especial de actualización para ponerse al día, el cual debe ser solicitado<br />
por sus progenitores y/o acudiente. En todo caso el plazo máximo para este trámite es de tres<br />
días hábiles.<br />
EXCUSAS: El colegio sólo acepta una excusa o concede autorización para salir antes de la<br />
hora ordinaria, en casos excepcionales, como problemas serios de salud del/la estudiante o<br />
calamidades domésticas. Las excusas deben presentarse ante rectoría o a quien se delegue;<br />
quien las autorizará y firmará, informando a los docentes correspondientes. Las excusas<br />
deben estar bien presentadas. El estudiante quedará con la responsabilidad de desatrasarse y<br />
presentarse a los educadores respectivos, con el fin de realizar las actividades pendientes.<br />
RETARDOS: El estudiante que llegue al colegio después de la hora indicada para el inicio<br />
de la jornada escolar, debe registrar su hora de llegada en la recepción y permanecer dentro<br />
de la institución, hasta que se le autorice el ingreso al salón. Cuando un estudiante llega tarde<br />
y tiene una evaluación programada, debe presentarla según la programación de la persona<br />
encargada del área. Si un estudiante llega tarde a clase, debe presentar la autorización firmada<br />
por el directivo o educador con quien estaba.<br />
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<strong>Manual</strong> De Convivencia, Colegio Bachillerato Diversificado Inca Ltda.