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Manual convivencia

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ARTÍCULO 51. FINALIDAD DE LAS ACCIONES PEDAGÓGICAS Y/O<br />

CORRECTIVAS<br />

Se utilizan las acciones pedagógicas y/o correctivas como estrategia conductual para generar<br />

actitudes y hábitos de responsabilidad, respeto, tolerancia u otros valores. A través de<br />

sanciones teniendo en cuenta el derecho de los demás, la justicia y la equidad como prendas<br />

a proteger la labor educativa los derechos de los miembros de la comunidad, garantizar<br />

la sana <strong>convivencia</strong> y por ende la excelencia académica.<br />

ARTÍCULO 52. INSTANCIAS<br />

Se constituyen en instancias aquellas que intervienen al aplicar la una acción pedagógica<br />

sea preventiva, correctiva, o de mejora a estudiantes que presenten dificultades académicas<br />

y/o de <strong>convivencia</strong> según corresponda y se haga el seguimiento del caso así:<br />

A. En situaciones específicas relacionadas con el rendimiento académico, de alguna<br />

asignatura, se solicitarán, en su orden, citas previas con el profesor que orienta la asignatura<br />

luego con el director de grupo, Coordinador(a), Consejo Académico y en caso necesario, se<br />

remitirá a Bienestar Institucional.<br />

B. Cuando los problemas sean de índole disciplinario, se recurrirá en su orden, llamados<br />

de atención verbal, notas o citas con el docente de la asignatura, director de grupo, y éste,<br />

a su vez, creará los puentes teniendo en cuenta el tipo de falta con Coordinación del PEI y<br />

según el caso Bienestar Institucional, Rectoría y/o Consejo Directivo.<br />

C. Cuando el padre de familia, acudiente o estudiante desee formular quejas o expresar<br />

inquietudes concretas, recurrirá, en su orden, al docente de la asignatura, director de grupo,<br />

Coordinación del PEI, Rectoría, Consejo Académico y/o Consejo Directivo después de<br />

haber agotado los pasos anteriores y según la importancia de la situación.<br />

D. Las quejas relativas a la calidad del servicio prestado podrán ser presentadas por correo<br />

electrónico a la cuenta coordinacion.diversificado@centroinca.com con copia a rectoria.diversificado@centroinca.com.<br />

Y/o directivos de la Organización INCA con el fin de desarrollar<br />

acciones que permitan el mejoramiento continuo.<br />

E. Cualquier directivo, funcionario, instructor, profesor o personal de la organización INCA,<br />

puede intervenir ante un hecho o acción considerada como falta. Sin embargo, para que se<br />

inicie la acción pedagógica y/o correctiva, necesariamente deberá comunicarlo a la Coordinación<br />

del PEI y/o Rectoría.<br />

F. Para suspensión temporal por más de dos días, suspensión definitiva, cambio de ambiente<br />

escolar será presentado por la Coordinación del PEI a Consejo Directivo.<br />

G. Cuando la falta cometida se considere una situación de tipo I, II y/o III se deberá realizar el<br />

protocolo establecido de acuerdo a la situación.<br />

ARTÍCULO 53. DEBIDO PROCESO<br />

La Institución Educativa es respetuosa de las garantías constitucionales al debido proceso<br />

aplicadas en los procesos disciplinarios, tal como lo ordena la Constitución Política de Colombia.<br />

De acuerdo con el Reglamento Escolar o <strong>Manual</strong> de Convivencia guardando el debido<br />

proceso y aclarando lo referente al proceso único disciplinario contenido en la ley.<br />

La Institución Educativa aplicará acciones pedagógicas y/o correctivas sólo por la violación o<br />

incumplimiento a las normas contenidas en <strong>Manual</strong> de Convivencia y las leyes colombianas y<br />

con la garantía del debido proceso.<br />

A la estudiante que abuse de los derechos, incumpla sus deberes o compromisos e incurra en<br />

faltas consideradas Tipo I, II y III, se le llevará a cabo el protocolo de atención para cada situación<br />

y se aplicarán las acciones pedagógicas y correctivas establecidas <strong>Manual</strong> de <strong>Manual</strong> de<br />

Convivencia y lo que señale la entidad competente que asuma el caso de acuerdo a la situación<br />

presentada.<br />

Las acciones pedagógicas y/o correctivas constituyen estrategias formativas que pretenden<br />

ayudar a los estudiantes a asumir las consecuencias de sus faltas, a reflexionar sobre sus<br />

errores y a comprometerse con actitudes coherentes para el logro de los fines educativos. Por<br />

tal razón, ante un proceso disciplinario, los estudiantes tendrán siempre la posibilidad de<br />

presentar su versión de los hechos, de excusarse y de disponer de los medios de crecimiento<br />

ofrecidos por la Institución Educativa: diálogo formativo con el coordinador de grupo y coordinadora<br />

académica y coordinadora de <strong>convivencia</strong> y/o de primaria, acompañamiento espiritual<br />

del capellán o atención psicológica por parte de la asesora escolar.<br />

54 <strong>Manual</strong> De Convivencia, Colegio Bachillerato Diversificado Inca Ltda.<br />

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<strong>Manual</strong> De Convivencia, Colegio Bachillerato Diversificado Inca Ltda.

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