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INTRODUCCIÓN AL DERECHO PÚBLICO COMPARADO 1<br />
INTRODUCCIÓN AL DERECHO<br />
PÚBLICO COMPARADO
2<br />
LUCIO <strong>PEGORARO</strong> - ANGELO RINELLA
INTRODUCCIÓN AL DERECHO PÚBLICO COMPARADO 3<br />
LUCIO <strong>PEGORARO</strong> - ANGELO RINELLA<br />
INTRODUCCIÓN AL DERECHO<br />
PÚBLICO COMPARADO<br />
Traducción de César Astudillo<br />
Lima — 2006
4<br />
LUCIO <strong>PEGORARO</strong> - ANGELO RINELLA<br />
INTRODUCCIÓN AL DERECHO PÚBLICO COMPARADO<br />
Lucio Pegoraro - Angelo Rinella<br />
Título origin<strong>al</strong>: Introduzione <strong>al</strong> diritto pubblico comparato. Metodologie di ricerca<br />
Primera edición en español, julio 2006<br />
Queda prohibida la reproducción tot<strong>al</strong> o parci<strong>al</strong><br />
de esta obra sin el consentimiento expreso de su<br />
autor.<br />
© Copyright 2002 : LUCIO <strong>PEGORARO</strong> - ANGELO RINELLA<br />
© Copyright 2006 : PALESTRA EDITORES S.A.C.<br />
C<strong>al</strong>le Carlos A. S<strong>al</strong>averry 187 - Lima 18 - Perú<br />
Telf. (511) 243-6664 / Telefax: (511) 426-1363<br />
E-mail: p<strong>al</strong>estra@p<strong>al</strong>estraeditores.com<br />
Website: www.p<strong>al</strong>estraeditores.com<br />
DISEÑO DE CARÁTULA : GUSTAVO MORÁN J.<br />
Impresión y encuadernación:<br />
GRÁNDEZ GRÁFICOS S.A.C.<br />
Mz. E Lt. 15 Urb. Santa Rosa de Lima - Los Olivos<br />
DIAGRAMACIÓN : ELIZABETH ANA CRIBILLERO CANCHO<br />
HECHO EL DEPÓSITO QUE ORDENA LA LEY<br />
Cert N.º 2006-5826<br />
ISBN: 9972-224-19-8<br />
N.° de proyecto editori<strong>al</strong>: 31501220600438<br />
Tiraje: 1 000 ejemplares<br />
Impreso en el Perú<br />
Printed in Peru
INTRODUCCIÓN AL DERECHO PÚBLICO COMPARADO 5<br />
Agradecemos <strong>al</strong> Profesor Dr. Diego V<strong>al</strong>adés, Director del<br />
Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM el habernos<br />
autorizado la edición de la presente obra en nuestro país. La<br />
traducción corresponde a César Astudillo, a quien también<br />
extendemos nuestro agradecimiento<br />
El Editor
6<br />
LUCIO <strong>PEGORARO</strong> - ANGELO RINELLA
ÍNDICE 7<br />
ÍNDICE<br />
Prólogo a la edición peruana ............................................... 9<br />
<strong>Introducción</strong> a la edición mexicana .................................... 13<br />
CAPÍTULO PRIMERO<br />
EL MÉTODO EN EL DERECHO COMPARADO. CUESTIONES METODOLÓGICAS<br />
Y PERFILES HISTÓRICOS<br />
I. El problema de la definición: objeto y fin<strong>al</strong>idad ....... 17<br />
II. Los orígenes y la evolución del <strong>derecho</strong> comparado 20<br />
III. Contribuciones teóricas <strong>al</strong> análisis comparativo<br />
del <strong>derecho</strong>..................................................................... 30<br />
IV. El dilema método-ciencia ............................................. 38<br />
V. Influencia de <strong>al</strong>gunas perspectivas teóricas sobre<br />
el <strong>derecho</strong> constitucion<strong>al</strong> comparado ........................ 43<br />
CAPÍTULO SEGUNDO<br />
ÁMBITOS E INSTRUMENTOS DEL MÉTODO<br />
I. El objeto del <strong>derecho</strong> comparado ................................ 51
8<br />
LUCIO <strong>PEGORARO</strong> - ANGELO RINELLA<br />
II. La «comparabilidad» o las condiciones de la comparación:<br />
homogeneidad o diversidad ...................... 58<br />
III. Diferentes niveles de comparación ............................. 64<br />
IV. Microcomparación, macrocomparación. La teoría<br />
de los «elementos determinantes» .............................. 66<br />
V. Mod<strong>al</strong>idades de acercamiento a la comparación ..... 73<br />
VI. Clasificaciones .............................................................. 79<br />
VII. Los modelos y su circulación ...................................... 89<br />
VIII. Lenguaje y <strong>derecho</strong> comparado .................................. 106<br />
IX. Interdisciplinariedad, <strong>derecho</strong> comparado y otras<br />
disciplinas ..................................................................... 110<br />
X. Funciones prácticas de la comparación ..................... 118<br />
Bibliografía ....................................................................... 123
PRÓLOGO A LA EDICIÓN PERUANA 9<br />
PRÓLOGO A LA EDICIÓN PERUANA<br />
Estamos felices de poder publicar también en Perú, a<br />
través de la Editori<strong>al</strong> P<strong>al</strong>estra de Lima y gracias a la oportunidad<br />
que nos ofrece su director el Lic. Pedro GRÁNDEZ,<br />
esta <strong>Introducción</strong> <strong>al</strong> Derecho Público Comparado que recientemente<br />
ha visto la luz también en México, a través de la<br />
prestigiosa editori<strong>al</strong> de la UNAM.<br />
En efecto, el interés por el Derecho público comparado<br />
está creciendo también fuera de los confines europeos y<br />
en particular it<strong>al</strong>ianos. Sólo en It<strong>al</strong>ia, el Derecho público<br />
comparado es un curso obligatorio en todas las facultades<br />
de Ciencia Política y ahora, como <strong>al</strong>ternativa <strong>al</strong> Derecho<br />
privado comparado, también en todas las Facultades de<br />
Derecho. Y sólo en It<strong>al</strong>ia existen mas de cincuenta catedráticos<br />
de esta disciplina, y centenares de cursos que se dictan<br />
en varias facultades. En el resto de Europa, es frecuente<br />
que, en muchos países se enseñe «sistemas jurídicos com-
10<br />
LUCIO <strong>PEGORARO</strong> - ANGELO RINELLA<br />
parados», o materias semejantes, que de <strong>al</strong>guna manera<br />
cubren un amplio sector de la materia.<br />
En verdad, resultaba bastante extraño que, en la era<br />
de la glob<strong>al</strong>ización y de la circulación de principios comunes,<br />
en muchos países (incluido España y América Latina)<br />
el Derecho público comparado fuese todavía concebido<br />
como enseñanza de singulares ordenamientos extranjeros, o<br />
como una mera introducción, o apéndice, <strong>al</strong> estudio del<br />
<strong>derecho</strong> constitucion<strong>al</strong> interno. Natur<strong>al</strong>mente, el estudio<br />
de los ordenamientos extranjeros, es indispensable para<br />
conocerlos, y desde luego para compararlos. Mas esto es<br />
distinto <strong>al</strong> Derecho comparado, que en gran medida se propone<br />
encontrar an<strong>al</strong>ogías y diferencias, justificarlas, y además<br />
en otros casos, de indicar a legisladores y jueces, qué<br />
cosa se puede importar o exportar, cu<strong>al</strong>es son las interpretaciones<br />
seguidas en materias análogas, cu<strong>al</strong>es son las bases<br />
comunes para uniformizar la legislación, entre otras.<br />
Exige por tanto operaciones intelectu<strong>al</strong>es particulares,<br />
metodología propia y sensibilidad, que <strong>al</strong> estudioso del <strong>derecho</strong><br />
público interno con frecuencia le f<strong>al</strong>ta. Y es desde nuestro<br />
punto de vista esenci<strong>al</strong> que, hoy, tanto en Europa como<br />
en las Américas, el Derecho comparado asuma el rol que le<br />
corresponde en un mundo jurídico conformado por uniones<br />
supranacion<strong>al</strong>es (Union Europea, NAFTA, Comunidad Andina<br />
etc.), de jurisprudencia constitucion<strong>al</strong> en diversos temas<br />
uniforme, <strong>al</strong> menos con relación a la protección de los<br />
<strong>derecho</strong>s, de legislaciones homogeneas en multiples sectores<br />
(por ejemplo en el campo del trabajo), etc.<br />
El estudio del Derecho comparado enseña a v<strong>al</strong>orar<br />
las similitudes en el respeto de las particularidades y a evitar<br />
aproximaciones superfici<strong>al</strong>es, imitaciones improvisadas,<br />
o sometimientos a veces humillantes sobre las elecciones<br />
hechas por los ordenamientos considerados más prestigiosos.<br />
Es sensible a la historia, a la antropología, a la sociología,<br />
a la ciencia política, porque el Derecho forjado en cada
PRÓLOGO A LA EDICIÓN PERUANA 11<br />
país debe tomar en cuenta a todas estas disciplinas, y el<br />
comparatista debe también asumirlos.<br />
Asimismo desde el punto de vista práctico, es impensable<br />
que hoy, un abogado o un juez o un funcionario público<br />
puedan re<strong>al</strong>izar labores con frecuencia delicadas sin<br />
una conciencia por lo menos mínima sobre lo que se está<br />
decidiendo «fuera» de su país sobre la misma materia. Ya<br />
sea que se trate de problemas organizativos o estructur<strong>al</strong>es<br />
(basta pensar en las Authorities, el defensor del pueblo, o<br />
los organos de garantía o de asociación de intereses), o de<br />
procedimientos (leyes sobre procedimiento administrativo,<br />
acceso a los actos de la administración pública), de <strong>derecho</strong>s<br />
(especi<strong>al</strong>mente aquellos vinculados a la bioética), de<br />
competencia (entre órganos y entre entes region<strong>al</strong>es y estat<strong>al</strong>es),<br />
los ejemplos extranjeros influyen en las elecciones<br />
internas, y ayudan por tanto a comprender cu<strong>al</strong> es su ámbito<br />
aplicativo en un contexto diverso.<br />
Deseamos que estas páginas introductorias <strong>al</strong> Derecho<br />
público comparado contribuyan a integrar útilmente la<br />
producción científica de un país efervescente desde el punto<br />
de vista cultur<strong>al</strong> como el Perú, que está siempre atento a<br />
la experiencia extranjera y que desde hace un tiempo, ha<br />
empezado, gracias a una importante escuela de constitucion<strong>al</strong>istas<br />
de <strong>al</strong>to nivel, a «restituir» ciencia a la comunidad<br />
científica extranjera.<br />
Lucio <strong>PEGORARO</strong>, Angelo RINELLA
12<br />
LUCIO <strong>PEGORARO</strong> - ANGELO RINELLA
INTRODUCCIÓN A LA EDICIÓN MEXICANA 13<br />
INTRODUCCIÓN A LA EDICIÓN MEXICANA<br />
Para los comparatistas europeos América Latina representa<br />
uno de los más estimulantes laboratorios de investigación:<br />
aun cuando pertenece a la familia del civil law,<br />
es innegable que <strong>al</strong>gunas instituciones que operan dentro<br />
del continente —como sucede en materia de eficacia de las<br />
sentencias, por ejemplo— han resentido la influencia directa<br />
del <strong>derecho</strong> norteamericano, y que el modelo de la forma<br />
de gobierno se ha encontrado gener<strong>al</strong>mente condicionado<br />
por el presidenci<strong>al</strong>ismo estadounidense.<br />
No obstante lo anterior, <strong>al</strong> día de hoy, el constitucion<strong>al</strong>ismo<br />
latinoamericano funge en muchos sectores como<br />
ejemplo a imitar. Baste pensar en la institución del amparo<br />
y en el conjunto de instituciones proces<strong>al</strong>es encaminadas a<br />
la protección de los <strong>derecho</strong>s; en la codificación de una serie<br />
de «nuevos» <strong>derecho</strong>s, desde el habeas data a los <strong>derecho</strong>s<br />
ambient<strong>al</strong>es; o, dentro de la vertiente doctrin<strong>al</strong>, en la<br />
fundación de una ciencia —el <strong>derecho</strong> proces<strong>al</strong> constitucion<strong>al</strong>—,<br />
cuyo progreso es visto con atención por los constitucion<strong>al</strong>istas<br />
del viejo continente.
14<br />
LUCIO <strong>PEGORARO</strong> - ANGELO RINELLA<br />
Por estas razones hemos acogido muy gustosamente<br />
la sugerencia de publicar en México, con el prestigioso Instituto<br />
de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, parte del<br />
volumen Introduzione <strong>al</strong> diritto pubblico comparato. Metodologie<br />
di ricerca, editado origin<strong>al</strong>mente por la editori<strong>al</strong> Cedam<br />
de Padua.<br />
La primera parte del libro, dedicada <strong>al</strong> método en el<br />
<strong>derecho</strong> comparado y traducida aquí con gran finura y sensibilidad<br />
por César ASTUDILLO, aparece con una configuración<br />
autónoma. Se afrontan en ella, en primer lugar, las<br />
cuestiones metodológicas y los rasgos históricos de la ciencia<br />
comparativa (capítulo primero) y, en seguida, las temáticas<br />
relacionadas a los ámbitos y a los instrumentos del<br />
método comparativo (capítulo segundo).<br />
Desde siempre, los estudiosos mexicanos y, en gener<strong>al</strong>,<br />
los latinoamericanos, han estudiado el <strong>derecho</strong> extranjero,<br />
demostrando conocimientos no siempre comunes y,<br />
en especi<strong>al</strong>, evidenciando una gran atención por las instituciones<br />
cultivadas en otros países dentro de sus estudios de<br />
<strong>derecho</strong> interno.<br />
Por consiguiente, el milieu cultur<strong>al</strong> dentro del que se<br />
coloca esta publicación es fecundo, intentando ofrecer con<br />
ella una aportación ulterior para afinar la metodología comparativa<br />
que, esperamos, pueda servir no sólo <strong>al</strong> conocimiento<br />
sino, incluso, a las fin<strong>al</strong>idades accesorias de la ciencia<br />
comparativa; en particular, esperamos que sea útil para<br />
la recepción crítica de las instituciones y también (hoy) para<br />
la exportación de soluciones inventadas más <strong>al</strong>lá del Atlántico.<br />
Agradecemos la hospit<strong>al</strong>idad ofrecida por el doctor<br />
Diego VALADÉS, director del Instituto de Investigaciones<br />
Jurídicas de la Universidad Nacion<strong>al</strong> Autónoma de México,<br />
y por el doctor Jorge CARPIZO, ex rector de esa casa de<br />
estudios, quienes junto <strong>al</strong> doctor Héctor FIX-ZAMUDIO re-
INTRODUCCIÓN A LA EDICIÓN MEXICANA 15<br />
presentan en el viejo continente la mejor expresión de la<br />
rica y nutrida doctrina jurídica mexicana.<br />
Un agradecimiento particular a César ASTUDILLO, fino<br />
estudioso y amigo, quien en su estancia en It<strong>al</strong>ia no ha tenido<br />
sólo la virtud de aprender, sino incluso la de enseñar a<br />
todos nosotros el v<strong>al</strong>or de la escuela mexicana de <strong>derecho</strong><br />
constitucion<strong>al</strong>.