You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
JUDICIAL<br />
ALGUNAS REFLEXIONES SOBRE<br />
Designación y remoción de los peritos<br />
en litigios sobre patologías constructivas<br />
EN TODO CONFLICTO ORIGINADO POR DEFECTOS EN LA CONSTRUCCIÓN<br />
GENERALMENTE SE ACUDE A UN PERITO ESPECIALISTA EN LA MATERIA PARA QUE<br />
DETERMINE CON EXACTITUD: 1: LAS PATOLOGÍAS CONSTRUCTIVAS EXISTENTES, 2:<br />
LAS CAUSAS DIRECTAS (O EVENTUALMENTE INDIRECTAS) DE LAS PATOLOGÍAS, 3: LAS<br />
POSIBLES SOLUCIONES PARA LAS PATOLOGÍAS Y 4: EL MONTO DE LAS SOLUCIONES<br />
RECOMENDADAS PARA LAS PATOLOGIAS<br />
por Claudio Barboza<br />
Sin perjuicio de que el conflicto se dirima mediante un arbitraje (forma privada de resolución<br />
de conflicto) o mediante un juicio ante el Poder Judicial, el perito será designado, analizará<br />
y realizará las constataciones pertinentes, para finalmente presentar su informe ante las partes<br />
y el árbitro/juez.<br />
Asimismo, es sabido por las partes que generalmente se ven implicadas en estos litigios<br />
(arquitectos, empresarios, constructores, etcétera) que es el referido informe pericial el que<br />
determina la suerte del arbitraje/juicio, ya que en la amplia mayoría de los casos el árbitro/juez<br />
se remitirá a lo informado por el perito.<br />
<strong>En</strong> síntesis, la importancia de elegir a un buen perito es casi tanto como la de elegir a un<br />
buen abogado o árbitro (en el caso de que el conflicto se dirima ante un Tribunal Arbitral), ya<br />
que la suerte del litigio será finalmente determinada por su informe.<br />
Teniendo esto presente, daremos algunas consideraciones acerca de la designación y eventual<br />
remoción de los peritos en el marco de un proceso judicial.<br />
1. Designación del Perito<br />
<strong>En</strong> principio, el perito sería uno solo y estaría designado por el tribunal. <strong>En</strong> este caso, el Juez<br />
deberá designar el perito, el que surgirá de una terna resultante del sorteo realizado entre los<br />
integrantes de la nómina que surja del Registro Único de Peritos (a cargo de la Suprema Corte<br />
de Justicia).<br />
38<br />
Sin embargo, las partes pueden ponerse de acuerdo con la designación de una persona de<br />
su confianza como perito. Si bien el Tribunal puede apartarse de esta elección hecha por las<br />
partes, deberá de hacerlo por motivos fundados y esta resolución podrá ser impugnada en caso<br />
de que las partes no estuviesen de acuerdo.<br />
Esta última opción fue consagrada expresamente por la última reforma del Código General<br />
del Proceso (Ley 19.090 del 14 de junio de 2013). Resulta de suma importancia, ya que generalmente<br />
las partes cuentan con asesores técnicos que podrán ponerse de acuerdo en la elección