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suplemento_octubre

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FOTO: CARLO ECHEGOYEN<br />

Lammoglia Abogados representa los intereses de sus clientes frente<br />

a los Poderes Judicial, Ejecutivo y Legislativo en las tres instancias de gobierno.<br />

de autoabastecimiento previo a la reforma,<br />

igualmente permite inyectar los excedentes<br />

—previa interconexión—, sólo que, en<br />

este caso, sí se recibe una contraprestación<br />

a cambio.<br />

Aun cuando el modelo requiere de que<br />

el titular del permiso de generación deba ser<br />

el mismo titular o una de las personas —físicas<br />

o morales— que pertenecen al mismo<br />

grupo económico del titular, permite la contratación<br />

de terceros para realizar el financiamiento,<br />

la instalación, el mantenimiento<br />

y operación necesaria para generar energía<br />

eléctrica y entregarla a los centros de carga<br />

del titular.<br />

Al igual que la GD, la capacidad instalada<br />

en AA no es relevante en la integración<br />

de la canasta energética actual, no obstante,<br />

existe un nicho de oportunidad, ya que solo<br />

se cuenta con casi 50 permisos de generación<br />

de energía eléctrica bajo este modelo,<br />

lo que representa una capacidad total de<br />

generación de aproximadamente 650 MW,<br />

permite un margen de actuación muy amplio<br />

en términos de demanda in situ. El AA<br />

permite no solo tener un mayor control sobre<br />

la energía producida, también reduce los<br />

costos de la energía y no se tiene que incurrir<br />

en potencia ni en el derecho financiero<br />

de transmisión.<br />

Ahora bien, estos no son los únicos beneficios<br />

económicos con los que cuenta el<br />

modelo del AA. En el caso de que la central<br />

eléctrica opere con energías renovables,<br />

es posible obtener los CEL, que permiten<br />

incentivar la generación. Un CEL es un título<br />

que acredita la producción de 1 MW<br />

de energía eléctrica limpia, el cual deberán<br />

adquirir los suministradores —básicos<br />

y calificados—, los usuarios calificados y<br />

los finales de abasto aislado, para cumplir<br />

con los porcentajes que son requeridos para<br />

dar cumplimiento a nuestras obligaciones<br />

internacionales manifestadas en la Ipcc y<br />

sus Estados miembros.<br />

Los obligados a adquirir un porcentaje<br />

equivalente de CEL respecto del total de su<br />

producción tienen que hacerlo por un total<br />

de CEL que constituya el 7.4 por ciento de su<br />

generación para 2020, 10.9 por ciento para<br />

2021 y de 13.9 por ciento para 2022.<br />

La demanda que genera este modelo,<br />

además del mercado<br />

voluntario que contempla,<br />

fomenta el<br />

uso de energías renovables<br />

para los modelos<br />

de abasto aislado,<br />

lo que potencializa sus<br />

beneficios para el generador-consumidor,<br />

además de que lo libera<br />

de la incertidumbre<br />

de la política nacional<br />

y la pérdida de foco<br />

que ha tenido el tema<br />

frente a otros que al parecer resultan más<br />

importantes para el actual gobierno.<br />

Según lo manifestado en el Primer Informe<br />

de Gobierno, respecto a la transición<br />

a energías renovables continúa la meta de alcanzar<br />

35 por ciento de generación eléctrica<br />

a través de energías limpias para el año 2024.<br />

Asimismo señaló que, durante los meses de<br />

enero a junio de 2019 se observó un aumento<br />

de la generación fotovoltaica de 0.70 a 2.44<br />

por ciento, y en aras de dar cumplimiento a<br />

la meta, de acuerdo con dicho informe, “se<br />

ha desarrollado un programa específico para<br />

que los contratos adjudicados a través de las<br />

subastas realizadas instalen la infraestructura<br />

necesaria”, el cual todavía no ha sido<br />

publicado.<br />

Sin embargo, cabe aclarar que las obras<br />

que se requieran para interconectar las CE<br />

con las RGD serán a cargo de los peticionarios,<br />

siempre que estos no hayan solicitado<br />

que la infraestructura requerida fuera agregada<br />

al PRODESEN, los cuales podrán optar<br />

por realizarlas a su costa o por hacer aportaciones<br />

a CFE para que esta las realice y así<br />

beneficiarse de las mismas.<br />

Como despacho de abogados especializados<br />

en energía y desarrollo de proyectos,<br />

asistimos a nuestros clientes durante todas<br />

las etapas de su proyecto, desde la auditoría<br />

de factibilidad jurídica y los estudios<br />

socioambientales, la asistencia o asesoría<br />

en los modelos contractuales, la obtención<br />

de permisos, autorizaciones, licencias o, en<br />

su caso, concesiones, hasta el desarrollo de<br />

auditorías para la consecución de financiamientos.<br />

Con nuestro equipo de expertos<br />

podemos ofrecer soluciones integrales a<br />

todos los agentes del mercado para dar certidumbre<br />

a sus inversiones y garantizar su<br />

correcto desarrollo para que genere la rentabilidad<br />

proyectada.<br />

LAMMOGLIA ABOGADOS<br />

Litigio administrativo,<br />

consultoría / corporativo,<br />

políticas públicas.<br />

Dirección: Providencia 1215,<br />

colonia del Valle Centro, 03100, CDMX<br />

Teléfonos: 55 6381 9516 y 55 6585 6599<br />

Correo: asistente@lammabogados.com<br />

Página web: www.lammabogados.com<br />

NEWSWEEK MÉXICO<br />

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