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@ p a g i n a _ s i e te<br />
Nacional<br />
Página SIETE Sábado 15 de febrero de 2020<br />
nacional@ p a g i n a s i e te . b o<br />
5<br />
El magistrado Petronilo Flores declaró que el pronunciamiento no es vincula n te<br />
Oficialismo y abogados: jurisprudencia<br />
avala sucesión, no comunicado del TCP<br />
l ANTECEDENTE Indicaron que la sucesión se basó en una declaración constitucional. “Lo único que se hizo,<br />
a través del comunicado del TCP, es establecer que se operó con base en la CPE”, dijo el diputado Barrientos.<br />
Luis Escóbar / La Paz<br />
El oficialismo y abogados consideran<br />
que la jurisprudencia<br />
y la Constitución Política<br />
del Estado (CPE) avala la sucesión<br />
que permitió a Jeanine Añez asumir<br />
la Presidencia y no el comunicado<br />
que emitió el Tribunal Constitucional<br />
Plurinacional (TCP) el 12<br />
de noviembre de 2019.<br />
“La sucesión se basó en la declaración<br />
constitucional<br />
003/2001, que es la que presentamos<br />
en el debate de las mesas de<br />
pacificación que se instaló en la<br />
Universidad Católica y luego la<br />
hicimos pública. El TCP sacó un<br />
comunicado y en él dijo que efectivamente<br />
era cierto y esa declaración<br />
daba base a la sucesión para<br />
la presidenta Jeanine Añez”, explicó<br />
el constitucionalista Luis<br />
Vásquez, quien jugó un rol importante<br />
en la etapa de la sucesión.<br />
Tal aclaración surge después<br />
de que el magistrado Petronilo<br />
Flores declarara que el comunicado<br />
del TCP sobre la sucesión<br />
de Añez no es vinculante.<br />
“Es un comunicado que no tiene<br />
ninguna relevancia jurídica. El<br />
Código Procesal Constitucional<br />
solamente reconoce como vinculante<br />
las sentencias constitucionales<br />
plurinacionales, las declaraciones<br />
constitucionales y los autos<br />
constitucionales. Ese comunicado<br />
no es vinculante”, declaró el tribuno<br />
el jueves ante la Comisión de<br />
Justicia Plural de Diputados.<br />
La declaración constitucional<br />
referida establece lo siguiente:<br />
“Frente a una sucesión presidencial,<br />
originada en la vacancia de la<br />
Presidencia de la República, ocasionada<br />
por la renuncia del jefe<br />
Jeanine Añez, el 12 de noviembre, cuando asumió la Presidencia vía sucesión constitucional.<br />
de Estado y no a un acto de proclamación,<br />
no requiriendo de ley<br />
ni de resolución congresal para<br />
que el Vicepresidente asuma la<br />
Presidencia, sino que conforme<br />
al texto y sentido de la Constitución<br />
el Vicepresidente asume ipso<br />
facto la Presidencia”.<br />
Vásquez comentó que en 2001 se<br />
hizo la consulta al TCP, institución<br />
que emitió la declaración citada.<br />
“En 2001 planteamos una consulta<br />
al TCP (...), que emitió una declaración<br />
constitucional en la que<br />
afirma que el Gobierno, en ningún<br />
minuto, puede dejar un vacío de<br />
poder y la sucesión constitucional<br />
se aplica sin la necesidad de votación<br />
o ley. Sólo por el hecho de estar<br />
en el orden de sucesión constitucional,<br />
y si le toca, debe asumir<br />
la Presidencia”, afirmó.<br />
El diputado oficialista Gonzalo<br />
Barrientos afirmó que en la crisis<br />
del 20-O se actuó conforme a las<br />
leyes. “La CPE establece la sucesión<br />
constitucional; ésta se la produjo<br />
y no se necesitaba ningún fallo.<br />
Lo único que se hizo, a través<br />
del comunicado del TCP, es establecer<br />
que se operó con base en la<br />
Constitución y, por tanto, tenemos<br />
una Presidenta”, manifestó.<br />
El ministro de Justicia, Álvaro<br />
Coimbra, tuiteó: “La sucesión de<br />
la presidenta fue efecto de la crisis<br />
que generó el monumental fraude<br />
que llevó adelante Evo Morales. El<br />
comunicado del TCP fue un pronunciamiento<br />
oficial del ente que<br />
A rch i vo<br />
interpreta la CPE y que dio línea<br />
sobre la salida constitucional”.<br />
Sin embargo, el diputado del<br />
MAS Víctor Borda cuestionó la legalidad<br />
del mandato de Añez. “Si<br />
se sacó un comunicado sin valor<br />
legal, tenemos que preguntarnos<br />
bajo qué argumento han emitido<br />
ese comunicado y si carece de eficacia<br />
jurídica, entonces, ese interinato<br />
-hasta la promulgación de la<br />
ley que admite la prórroga- sería<br />
ilegal, nulo de pleno derecho y todos<br />
los actos tendrían que ser nulos”,<br />
afirmó el legislador.<br />
Evo Morales aprovechó los dichos<br />
del magistrado Flores para<br />
criticar a Añez. “El comunicado<br />
utilizado por la autoproclamada<br />
no tiene ningún valor legal”, dijo.<br />
Punto de vista<br />
JOSÉ ANTONIO RIVERA<br />
C o n st i t u c i o n a l i sta<br />
“La sucesión fue<br />
c o n st i t u c i o n a l ”<br />
Es un comunicado para recordar<br />
que existía una declaración<br />
constitucional donde<br />
el TCP orientó, en el 2001,<br />
sobre cómo realizar la sucesión<br />
constitucional. En ninguna<br />
parte del comunicado dijo<br />
que la sucesión debe ser a la actual<br />
Presidenta y fue uno general<br />
de cómo debe aplicarse la<br />
sucesión.<br />
La sucesión constitucional<br />
de la señora Jeanine Añez fue<br />
absolutamente constitucional<br />
y correcta. No existe ningún vicio<br />
de nulidad o infracción de<br />
la Constitución porque es de<br />
conocimiento público que el<br />
expresidente Evo Morales presentó<br />
su renuncia.<br />
Ese mismo día, la presidenta<br />
de la Cámara de Senadores y su<br />
primer vicepresidente también<br />
renunciaron. La renuncia<br />
de Morales debía ser tratada en<br />
la Asamblea Legislativa y antes<br />
de que suceda eso, el expresidente<br />
decidió -por voluntad<br />
propia- dejar el país. Por ello,<br />
se produjo la cesación de mandato<br />
y se activó inmediatamente<br />
la sucesión constitucional,<br />
que está regulada. Por lo<br />
tanto, es plenamente constitucional<br />
y legal la asunción al cargo<br />
de presidenta de Añez.