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LOS ALCANCES DEL DERECHO INTERNACIONAL

Sus rangos normativos, su eficacia y su ineficacia

(Condiciones básicas para el examen realista de esa problemática)



LOS ALCANCES DEL DERECHO INTERNACIONAL

Sus rangos normativos, su eficacia y su ineficacia

(Condiciones básicas para el examen realista de esa problemática)

Enrique P. Haba

Primera edición Digital, agosto 2021

© 2021: Enrique P. Haba

© 2021: Palestra Editores S.A.C.

Plaza de la Bandera 125 - Lima 21 - Perú

Telf. (+511) 6378902 - 6378903

palestra@palestraeditores.com / www.palestraeditores.com

Diagramación y Digitalización:

Gabriela Zabarburú Gamarra

Hecho el depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú N.º 2021-05993

ISBN Digital: 978-612-325-192-5

Todos los derechos reservados. Queda prohibida la reproducción total o parcial

de esta obra, bajo ninguna forma o medio, electrónico o impreso, incluyendo

fotocopiado, grabado o almacenado en algún sistema informático, sin el consentimiento

por escrito de los titulares del Copyright.


CONTENIDO

0. Planteamiento introductorio

Sección [A]

PLANO I: PUNTO DE VISTA LÓGICO-FORMAL

(Logicismo)

1. La posición de Kelsen

2. El error básico de Kelsen

3. 1 a Conclusión: La lógica formal no resuelve la alternativa básica

Sección [B]

PLANO 2: PUNTO DE VISTA JURÍDICO-POSITIVO

(Juridicidad)

4. Formulación de ese criterio. Las hipótesis posibles

5. Situación (a): ¿Qué pasa si ambos Derechos proporcionan su

respuesta propia, inconciliables entre sí?

6. Situación (b): ¿Qué pasa si solo uno de los

Derechos da respuesta?

6


7. 2 a Conclusión: La solución proviene de más allá

de los textos de derecho positivo

Sección [C]

PLANO 3: PUNTO DE VISTA BASADO EN HECHOS

(Facticidad)

8. Cómo se cumplen las normas jurídicas

9. La jurisprudencia

10. Tesis de la supremacía del Derecho Internacional

11. Réplica

12. Situación panorámica real

13. 3 a Conclusión: de hecho, en algunos aspectos predomina

el Derecho Internacional y en otros predominan

tales o cuales ordenamientos de Derecho interno

Sección [D]

PLANO 4: PUNTOS DE VISTA VALORATIVOS

(Estimativa jurídica)

14. La norma jurídica vista como «es» y vista como «debe»

15. Lo específico de la perspectiva primordialmente estimativa

16. Justicia, conveniencia/utilidad

17. Iusnaturalismo (iusesencialismo) técnico-esteticista:

[a] presentación de esta tesis

18. Iusnaturalismo (iusesencialismo) técnico-esteticista:

[b] análisis crítico de tal posición

19. 4 a Conclusión: Todas las nociones de justicia o de

conveniencia/utilidad o cierto esteticismo normativista,

relacionados con la problemática jurídica, no constituyen sino

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unos ideales, los cuales pueden o no ser recogidos

—y ser cumplidos o no cumplidos— en

ordenamientos de derecho positivo

20. Apéndice: Textos de Kelsen

Sección [E]

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y DERECHO IN-

TERNACIONAL PRIVADO

21. Planteamiento general

22. Jerarquía del Derecho Internacional Privado:

Condiciones generales; enfoque de tipo vago-estimativo

Sección [F]

NATURALEZA JURÍDICA (SEMÁNTICA)

Y ALCANCES PRÁCTICOS (LINGUOPRAGMÁTICA)

DE LAS «OBLIGACIONES» ESTABLECIDAS

POR EL DERECHO INTERNACIONAL

23. ¿Qué significa «obligación» jurídica internacional?

24. Indeterminaciones en el plano semántico-intensional

25. Desfases entre Derecho Internacional como semántica y

Derecho Internacional como pragmática discursiva

(incluyendo la cuestión de la precisión en el primer plano

y el no-isomorfismo entre ambos niveles)

26. La «comunidad» internacional real (¿«tribalismo» o

sujeción a mandatos de una burocracia supranacional?)

27. Conclusión

28. Apéndice: Los «controles» en el

Derecho Internacional Público

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Sección [G]

ALCANCE DE LOS PUNTOS DE VISTA EXAMINADOS

29. Síntesis de las conclusiones metodológicas generales

30. Como consecuencia: Límites racionales en las opciones

interpretativas de que disponen los operadores jurídicos

ESTUDIOS DEL AUTOR COMPLEMENTARIOS

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El presente trabajo va dirigido a dilucidar qué normas jurídicas

tienen supremacía, ya sea de acuerdo con doctrinas jurídicas o

en la práctica, por cuanto hace a las relaciones entre el Derecho

Internacional y los Derechos internos. Cómo sean vistas las relaciones

de jerarquía entre ambas instancias 1 depende, antes que nada, de

cuál entre cuatro diferentes planos de pensamiento sea encarado ahí:

lógico-formal, jurídico-positivo, hechos, valoraciones.

Este estudio procura: a) llamar la atención sobre las diferencias

básicas entre esos planos epistemológicos, b) examinar alternativas

dadas en el seno de cada uno de estos, c) poner de relieve qué consecuencias

prácticas corresponden a ello en la realidad social y política

efectivas.

El examen se articula diferenciando entre dichos cuatro grandes

planos al respecto, cuya lógica interna respectiva es examinada en las

cinco primeras Secciones [A-E]. Las dos Secciones complementarias

[F-G] destacan en especial consecuencias capitales que se siguen de

ello, señaladamente con respecto a decisivas realidades sociales y

políticas.

1

Precisión terminológica.– A lo largo del presente estudio, el término «derecho» se

escribe con minúscula cuando es utilizado para hacer referencia a lo jurídico en general.

En cambio, se escribe «Derecho» con mayúscula para referirse específicamente

a un ordenamiento jurídico global: sea el del Derecho Internacional (o determinado

sector de él), sea el de uno o más ordenamientos nacionales de Derecho interno.

⎯ En las transcripciones tomadas de otros autores se respeta la manera en que esos

términos aparecen en el texto de la fuente respectiva.

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En muy buena parte de esos desarrollos se examinan cuestiones

propias de la doctrina jurídica profesional. Otras puntualizaciones

de este trabajo consideran aspectos que son también de señalada

importancia (a mi juicio) para asuntos cruciales de la organización

política en sí misma. Para cuanto hace a esto último, los lectores que

prefieran no detenerse en la problemática jurídico-técnica harán

bien en concentrar su atención sobre todo (o solamente) en los sitios

siguientes: §§ 0, 12-13, 15-16, 19, más las dos Secciones finales.

Tal examen procura dirigir la atención hacia distinciones categoriales

fundamentales en que las doctrinas jurídicas hegemónicas

no suelen fijarse; complementariamente, él toma en consideración

inclusive unos correlativos aspectos de las realidades sociales concernidas

cuya alusión no es «políticamente correcta».

* * *

E.P.H. *

Marzo de 2021

Abstract. The scope of International Law: normative hierarchies,

efficiency and inefficiency of their rules. Basic conditions for the

realistic examination of those issues.– How the hierarchical relationships

between international law and the domestic law

systems are seen depends, first of all, on which of four different

planes of thinking will be faced there: logical-formal, legal-positive,

facts, and evaluations. This study seeks: (a) to draw attention

on the basic epistemological differences between these ways of

knowledge, (b) to examine alternatives provided within each of

them, c) to make clear what practical consequences correspond

to this in the actual social and political reality.

*

e.p.haba.m@gmail.com // enrique.haba@ucr.ac.cr

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