Spanish handbook 2012-13 - Denison Community School District
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B. Alcance razonable: la búsqueda será admisible en su ámbito de aplicación o intrusión cuando las<br />
medidas adoptadas son razonablemente relacionados con los objetivos de la búsqueda. Razonabilidad<br />
de alcance o intrusión puede determinarse a partir de factores como los siguientes:<br />
(1) la edad del estudiante;<br />
(2) el sexo del estudiante;<br />
(3) la naturaleza de la infracción; y<br />
(4) la exigencia de emergencia que requiere la búsqueda sin demora.<br />
II.Tipos de búsquedas<br />
A. requisas personales<br />
1) un estudiante y/o efectos personales (p. ej., bolsa, mochila, etc. ) podrán ser registrados cuando un oficial<br />
de la escuela tenga una sospecha razonable para creer que el estudiante se encuentra en posesión de<br />
contrabando ilegal o elementos o distrito escolar ha violado las políticas, normas, reglamentos o leyes que<br />
afecten el orden en las escuelas.<br />
2) Búsquedas instructivas personales requieren las circunstancias más apremiantes que se considera<br />
razonable.<br />
(a) Búsqueda de cacheo: Si un cacheo o una búsqueda de prendas de vestir de un estudiante (tales como<br />
chaquetas, calcetines, bolsas, etc) se lleva a cabo, se llevará a cabo en privado por un funcionario de la<br />
escuela del mismo sexo que el estudiante y con otro testigo adulto del mismo sexo presente, cuando<br />
sea posible.<br />
(b) Una búsqueda más intrusiva, un registro al desnudo, de la persona del estudiante, bolsos, mochilas, etc,<br />
es admisible en situaciones de emergencia de salud y la seguridad de los estudiantes, empleados o<br />
visitantes que se ven amenazados. Dicha consulta únicamente podrá llevarse a cabo en privado por un<br />
funcionario de la escuela del mismo sexo que el estudiante, con un adulto del mismo sexo a menos que<br />
presente la salud o la seguridad de los estudiantes estarán en peligro con la demora que puede ser<br />
causada por después de estos procedimientos<br />
B. Inspecciones de armarios y escritorios<br />
1. Inspecciones - A pesar de que los armarios de la escuela y los escritorios están temporalmente asignados<br />
a los estudiantes individuales, que son propiedad del distrito escolar en todo momento. El distrito escolar<br />
tiene un interés razonable y válida en asegurar que los armarios y escritorios están bien mantenidos. Por esta<br />
razón, armarios y escritorios están sujetos a inspecciones sin previo aviso y los estudiantes no tienen<br />
legítimas expectativas de privacidad en el armario o escritorio. Por esta razón, la inspección periódica de los<br />
armarios es admisible para comprobar la limpieza y el vandalismo. En el caso de que el vandalismo se ha<br />
producido, los daños serán a cargo del estudiante responsable después de una investigación realizada por<br />
funcionarios de la escuela y después de que el estudiante cuenta con la oportunidad de ser oído sobre el<br />
tema. Las inspecciones periódicas de la totalidad o una selección aleatoria de los armarios o escritorios<br />
puede ser llevado a cabo por funcionarios de la escuela en la presencia del estudiante o de otro individuo.<br />
Contrabando descubierto durante estos registros serán confiscados por las autoridades escolares y puede ser<br />
entregado a las fuerzas del orden.<br />
2. Búsquedas - El contenido del armario de un estudiante o un escritorio (abrigo, mochila, bolso, etc) y su<br />
contenido puede ser buscado cuando un oficial de la escuela tiene una sospecha razonable y articulable<br />
que el contenido armario contiene elementos ilegales o de contrabando o evidencia de una violación de<br />
la ley o en la escuela política o regla. Artículos de contrabando pueden incluir, pero no se limitan a las<br />
sustancias de venta libre controlada, como la marihuana, cocaína, anfetaminas, barbitúricos, los aparatos<br />
utilizados para la administración de sustancias controladas, bebidas alcohólicas, tabaco, armas,<br />
explosivos, venenos u objetos robados. Tales registros deben llevarse a cabo en presencia de otro testigo<br />
adulto cuando sea posible.