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INEGI. Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte. México 2002<br />

CAN. Categoría comparable con Canadá.<br />

EE.UU. Categoría comparable con Estados Unidos.<br />

MÉX. Categoría exclusiva de México.<br />

Las categorías que no tienen junto ninguna abreviatura (CAN., EE.UU., MÉX.) son comparables entre los tres países.<br />

236<br />

43 COMERCIO AL POR MAYOR<br />

Este sector comprende unidades económicas dedicadas principalmente a la compra-venta (sin<br />

transformación) de bienes de consumo intermedio (como bienes de capital, materias primas y suministros<br />

utilizados en la producción, y bienes de consumo final) para ser vendidos a otros comerciantes,<br />

distribuidores, fabricantes y productores de bienes y servicios; así como unidades económicas dedicadas<br />

solamente a una parte de ese proceso (la compra o la venta).<br />

Los comercios al por mayor que venden bienes de su propiedad son conocidos como distribuidores<br />

importadores-exportadores, distribuidores de fábrica, abastecedores de mercancías, entre otras<br />

denominaciones. Y los que venden o promueven, a cambio de una comisión o pago, la compra-venta de<br />

bienes que no son de su propiedad, son conocidos como agentes de ventas, corredores de mercancías,<br />

comisionistas, consignatarios, intermediarios del comercio al por mayor o agentes importadores y<br />

exportadores.<br />

Los comercios al por mayor tienen una o más de las siguientes características:<br />

a) Operan desde una bodega u oficina de ventas.<br />

b) Tienen poca o nula exhibición de mercancías.<br />

c) Atraen clientes generalmente por vía telefónica, mercadeo personalizado o por medio de publicidad<br />

especializada a través de medios electrónicos, ferias y exposiciones.<br />

d) Normalmente venden por grandes volúmenes, excepto tratándose de bienes duraderos, que generalmente<br />

son vendidos por unidad.<br />

Los comercios al por mayor pueden también proporcionar servicios integrados a la venta de los bienes, como<br />

clasificación, inventariado, embalaje, empacado y etiquetado. La venta con instalación incidental se clasificará<br />

en Comercio al por mayor.<br />

Excluye: u.e.d.p. a la venta e instalación de sistemas de aire acondicionado y de calefacción; a la venta,<br />

instalación y reparación de sistemas de aire acondicionado y de calefacción; y al comercio de muebles para el<br />

hogar, artículos de mercería, artículos de decoración, antigüedades, instrumentos musicales, vehículos<br />

automotores (excepto camiones), partes y refacciones de automóviles y camiones, aceites, lubricantes y<br />

artículos usados, aun cuando cumplan con algunas de las características anteriores, debido a que, como<br />

generalmente la venta de estos bienes se realiza con las características del comercio al por menor, se decidió<br />

incluirla siempre en ese sector, independientemente de su forma de comercialización.<br />

Para la desagregación de este sector se utilizaron, además del criterio relativo a la función de producción,<br />

criterios como: importancia económica de la actividad; especialización en la venta de un producto o línea de<br />

productos (por ejemplo, comercio de carnes rojas; comercio de leche y productos lácteos; comercio de huevo),<br />

y uso del producto (por ejemplo, comercio al por mayor de materias primas agropecuarias; de equipo y<br />

maquinaria para la industria y los servicios).<br />

431 Comercio al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco MÉX.<br />

Unidades económicas dedicadas principalmente al comercio al por mayor de alimentos para<br />

consumo humano, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y productos de tabaco.

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