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Abril

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Revista Agentes Comerciales de GranadaTipos de gravamen: Se modifica la escala de labase general y se añaden dos nuevos tramos paralas rentas superiores a 120.000 y 175.000 euros,elevándose el marginal general al 45%.Deducción por nacimiento o adopción: Se suprimela deducción por nacimiento o adopción. Losnacimientos que se hubieran producido en 2010y las adopciones que se hubieran constituido endicho año, conservan la deducción siempre que lainscripción en el Registro Civil se efectúe antes de31 de enero de 2011.Deducción en vivienda habitual: Se elimina paraaquellos contribuyentes cuya base imponibleanual sea igual o superior a 24.107,20 euros. Sinembargo, se establecen limitaciones en funciónde la base imponible y un régimen transitorio paralas adquiridas antes de 31 de diciembre de 2010.Deducción por arrendamiento: Se equiparan loslímites de base imponible al caso de adquisiciónde viviendas.Deducción nuevas tecnologías: Los gastos e inversionesefectuados durante 2011 para habituara los empleados a la utilización de las nuevas tecnologíasde la comunicación y de la información,cuando su utilización sólo pueda realizarse fueradel lugar y horario de trabajo, darán derecho a laaplicación de la deducción por formación (sólopara PYMES).3. Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Semodifica el porcentaje de participación exigidopara que queden exentos (al 100%) los dividendosdistribuidos por sociedades filiales residentes enEspaña a sociedades matrices residentes en laUnión Europea o a sus establecimientos permanentes,equiparándolo al requerido por la normativadel Impuesto sobre Sociedades, es decir el 5%.Se someten a retención a las cantidades percibidasen los supuestos de reparto de la prima deemisión de acciones o reducción de capital socialcon devolución de aportaciones efectuadas porsociedades de inversión de capital variable y otrosorganismos de inversión colectiva.3. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales yActos Jurídicos.Documentados: operaciones societarias. Se exonerade gravamen en su modalidad de operacionessocietarias la creación, capitalización y mantenimientode las sociedades. Esta modificaciónha entrado en vigor el 3 de diciembre de 2010.5. Impuesto sobre el Valor Añadido. Modificaciónde la base imponible del IVA por créditos total oparcialmente incobrables: se desarrollan las disposicionessobre el tema.Autofacturas: se elimina con efectos 1 de enero de2011 la obligación de expedir autofactura en lossupuestos de inversión del sujeto pasivo.Exenciones en las importaciones y exportaciones:se prevé la posibilidad de intervención del representantefiscal en ciertos casos y se actualizaranlos medios de prueba necesarios para la acreditaciónde determinadas operaciones exentas relativasal tráfico internacional de bienes.Exenciones en operaciones relacionadas con organismosinternacionales reconocidos por Españao su personal con estatuto diplomático y las relacionadascon servicios postales: se desarrolla sutratamiento. Regla de localización de los serviciosrelativos a manifestaciones culturales, artísticas,deportivas, científicas, educativas, recreativas, osimilares, dependerá de que el servicio que sepresteconsista en el acceso mismo a las citadasmanifestaciones o, por el contrario, en la organizaciónde dichas manifestaciones.Se amplía el plazo para la solicitud del IVA soportadopor entidades no establecidas, pero residentesen la Comunidad, Canarias, Ceuta o Melilla, hastael 31 de marzo de 2011.6. Impuestos Municipales: Impuesto sobre BienesInmuebles:Valores Catastrales: se mantienen. Base liquidable:su determinación se realizará por la DirecciónGeneral del Catastro, salvo que el ayuntamiento–que tuviera atribuida dicha competencia- comuniqueal referido centro directivo que la indicadacompetencia será ejercida por él.<strong>Abril</strong> 20119

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