Memoria 2008 - Medalla Milagrosa
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NOTA 2<br />
Principales Políticas de Contabilidad<br />
2.1 Base de preparación de los Estados Contables<br />
Los estados contables han sido preparados de<br />
conformidad con prácticas contables prescritas<br />
en disposiciones reglamentarias del Instituto<br />
Nacional de Cooperativismo y según normas de<br />
contabilidad generalmente aceptadas. El modelo<br />
se sustenta en una base convencional de costo<br />
histórico.<br />
2.2 Moneda de Cuenta<br />
Los Estados Contables de la Cooperativa Multiactiva<br />
de Ahorro, Crédito y Servicios “<strong>Medalla</strong> <strong>Milagrosa</strong><br />
Ltda.” son expresados en Guaraníes, moneda<br />
oficial del Paraguay.<br />
2.3 Valuación de Existencias<br />
Las existencias se registran al costo de adquisición<br />
y han sido valuados al cierre del ejercicio utilizándose<br />
el método de costeo FIFO.<br />
2.4 Valuación Moneda Extranjera<br />
Los saldos en guaraníes de Activos y Pasivos en<br />
moneda extranjera que se exponen en el balance,<br />
están valuados al tipo de cambio vigente al<br />
31/12/<strong>2008</strong> conforme a la Res. 3113/08 del<br />
INCOOP y proporcionado por el Banco Central<br />
del Paraguay, de G 4.930 Comprador y G 4.960<br />
Vendedor por cada dólar.<br />
Al cierre del 2007 fueron valuados al tipo de cambio<br />
promedio emitido por el Banco Central del paraguay,<br />
de G 4.850 por cada dólar.<br />
2.5 Valuación de Permanentes<br />
Los activos fijos se exponen a su costo de adquisición<br />
y son revaluados teniendo en cuenta el<br />
coeficiente publicado por la Secretaria de Estado<br />
de Tributación, en cumplimiento de las disposiciones<br />
de la Ley Nº 125/91 actualizadas por la Ley<br />
2421/04.<br />
El costo de las mejoras que extienden la vida<br />
útil de los bienes o aumentan su capacidad productiva<br />
es imputado a las cuentas respectivas<br />
del activo. La depreciación es calculada por el<br />
método de línea recta y es transferida a resultados<br />
en forma mensual y proporcional de acuerdo<br />
a la vida útil establecida en las disposiciones<br />
legales vigentes (Ley 125/91 y Ley 2421/04), y<br />
en cumplimiento a lo establecido en el Marco<br />
69<br />
General de Regulación del INCOOP en su capítulo<br />
7.2, aplicando tasas anuales suficientes<br />
para extinguir los valores de los mismos al final<br />
de su vida útil estimada.<br />
2.6 Previsión para indemnización y despidos<br />
Los saldos de G. 733.662.404.- y G. 895.640.558.- al<br />
31/12/<strong>2008</strong> y 31/12/2007 respectivamente, corresponden<br />
a la previsión para indemnizaciones y<br />
despidos, la cual se constituye sobre la base del<br />
3,5% calculado sobre el monto total del salario<br />
mensual de la nómina de empleados.<br />
2.7 Reconocimiento de ingresos y gastos<br />
Los intereses sobre la cartera de préstamos hasta<br />
60 días de mora, y los intereses sobre las colocaciones<br />
a la vista y a plazo fijo, se registran en<br />
los estados contables aplicando el principio de<br />
lo devengado en forma mensual independientemente<br />
de su cobro.Los mismos son cuantificados<br />
e incorporados dentro del rubro “Intereses<br />
Devengados”. Los intereses sobre los créditos<br />
en mora superiores a 60 días, se suspenden su<br />
devengamiento y su reconocimiento al ingreso<br />
es en el momento en que sean efectivamente<br />
percibidos.<br />
Los demás ingresos percibidos se reconocen<br />
contablemente en el momento de su ingreso<br />
efectivo.<br />
Los gastos son reconocidos contablemente mediante<br />
provisiones y previsiones, aplicando también<br />
el principio de lo devengado.<br />
2.8 Previsión sobre Préstamos de Dudoso<br />
Cobro<br />
La Cooperativa aplica los criterios y escalas establecidas<br />
en las Normativas del INCOOP, contenidas<br />
en el capítulo 5 de la Resolución 499/2004 en<br />
lo referente a préstamos, inversiones, bienes adjudicados<br />
y otros.<br />
Con criterio de prudencia para los casos que un<br />
socio tenga varios créditos con diferente morosidad,<br />
la Cooperativa ha consolidado la operación<br />
aplicando la previsión correspondiente a la categoría<br />
mas rigurosa.<br />
Las previsiones sobre créditos refinanciados se<br />
constituyen aplicando una escala más rigurosa de<br />
lo establecido en la Normativa.<br />
Los préstamos judiciales independientemente a<br />
sus periodos de atraso, son considerados directamente<br />
como categoría “5”, por lo que se les aplica<br />
la previsión máxima establecida al respecto.