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El CPP asimila, para aquellos casos de su competencia, las atribuciones de la PGR a las<br />

del Ministerio Público. En consecuencia, la PGR podrá realizar todos los actos de<br />

investigación necesarios para esclarecerla verdad, solicitaraljuez autorización para realizar<br />

actos que requieren orden judicial, presentar elrequerimiento fiscal, participaren la audiencia<br />

inicial y preliminar, presentar la prueba y participar en el juicio oral, así como presentar<br />

recursos, etc.<br />

C. LA PERSONA OFENDIDA POR UN DELITO<br />

La participación en el proceso penal de las personas perjudicadas por un delito tiene formas<br />

distintas. En primer lugar tenemos a la víctima, a quien el CPP define y otorga determinados<br />

derechos respecto del proceso. En segundo lugar se encuentra el acusador privado, es<br />

decir la víctima que se presenta en el proceso como parte, lo que implica más derechos y<br />

también ciertas obligaciones. Por último el CPP prevé la figura del querellante, es decir la<br />

víctima de un delito de acción privada (art. 27 CPP).<br />

Es necesario precisar que las normas referentes a la participación de la víctima en el delito<br />

(por lo menos en los delitos que constituyen violaciones a los derechos humanos), se debe<br />

interpretar de forma amplia, de modo que su participación plena no se vea obstaculizada.<br />

La interpretación amplia se deriva de la jurisprudencia interamericana que ha declarado la<br />

participación de la víctima en el proceso como un "derecho fundamentaf".<br />

1. La víctima<br />

El arto 17 CPP se refiere a la víctima como:<br />

a. La persona directamente perjudicada por el delito, es decir, la persona física titular del<br />

bien jurídico afectado por la infracción penal, la persona jurídica (entes privados, según<br />

, Cf. Comisión lDH, informe 28/92 (Argentina) del 2 de octubre de 1992: párrafo 32.<br />

26<br />

.1;fanIwl de! jue::, de j,etras

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