REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE RITSI
REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE RITSI
REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE RITSI
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería e Ingenierías<br />
Técnicas en Informática<br />
Web: www.ritsi.org E-mail: juntadirectiva@ritsi.org<br />
TÍTULO I. <strong>DE</strong> LA ASOCIACIÓN.<br />
Artículo 1. REGULACIÓN<br />
1. La Asociación <strong>RITSI</strong> constituida al amparo de la legislación vigente se regirá por<br />
sus Estatutos, por el presente Reglamento de Régimen Interno y por toda la<br />
normativa superior que le sea de aplicación.<br />
2. El presente Reglamento desarrolla los contenidos expresados en los Estatutos de<br />
la asociación y en ningún caso podrá ir contra la filosofía y articulado de los mismos.<br />
Artículo 2. DOMICILIO SOCIAL<br />
El domicilio social se establece según se marca en los Estatutos de la asociación. La<br />
Junta Directiva, en su caso, podrá adoptar los cambios que estime oportunos en el<br />
cambio del domicilio de la asociación, dando la correspondiente notificación a las<br />
autoridades competentes y a los socios de la entidad.<br />
Artículo 3. ANAGRAMA Y LOGOTIPO<br />
Se establece como anagrama de la asociación y como logotipo de la misma ver<br />
anexo 1.<br />
TÍTULO II. <strong>DE</strong>L INGRESO <strong>DE</strong> SOCIOS.<br />
Artículo 4. CONDICIONES <strong>DE</strong> INGRESO<br />
Podrán ingresar en la asociación todos aquellos que cumplan los requisitos<br />
establecido en el Artículo 7 de los Estatutos.<br />
Podrán ser socios numerarios el conjunto de todas las personas jurídicas o<br />
delegaciones de alumnos de una misma universidad, pública o privada del estado<br />
español, que ostenten la representación legal de los estudiantes de informática<br />
matriculados en ella.<br />
Se entiende por estudiantes de Informática de una Universidad aquellos que cursan<br />
un plan de estudios vigente (con duración indefinida) que cumpla con lo especificado<br />
para los títulos oficiales en el ámbito de la Ingeniería Informática y la Ingeniería<br />
Técnica Informática en el acuerdo del Consejo de Universidades en sesión del 1 de<br />
junio de 2009, publicadas en la resolución 12977 de 8 de junio de 2009, de la<br />
Secretaría General de Universidades publicada en el BOE de 4 de agosto.<br />
La Asamblea General podrá otorgar el nombramiento de socio honorario a aquellas<br />
personas que directa o indirectamente, por su trabajo, sus responsabilidades, su<br />
historia o su notoriedad extendida contribuyan, promuevan o participen en la<br />
Asociación Registrada en el Ministerio del Interior el 18 de Septiembre de 2002<br />
Número Nacional 169687 de la Sección 1<br />
NIF: G83299487