09.05.2013 Views

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE RITSI

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE RITSI

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE RITSI

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

Asociación Nacional de Estudiantes de Ingeniería e Ingenierías<br />

Técnicas en Informática<br />

Web: www.ritsi.org E-mail: juntadirectiva@ritsi.org<br />

Los socios honorarios, por su condición meramente honorífica, estarán exentos de<br />

toda clase de obligaciones.<br />

Artículo 9. ASISTENCIA <strong>DE</strong> LOS REPRESENTANTES<br />

Los representes de los socios tendrán la obligación de asistir a la totalidad de las<br />

sesiones de la Asamblea, pudiendo ausentarse sólo por causa justificada. Se entiende<br />

como sesión el periodo de tiempo dedicado a agotar una parte del orden del día de<br />

forma ininterrumpida.<br />

TÍTULO IV. <strong>DE</strong> LA PÉRDIDA <strong>DE</strong> LA CALIDAD <strong>DE</strong> SOCIO.<br />

Artículo 10. PÉRDIDA <strong>DE</strong> LA CONDICIÓN <strong>DE</strong> SOCIO<br />

Los socios podrán ser dados de baja en la asociación según el Artículo 9 de los<br />

Estatutos de la asociación:<br />

La condición de socio se perderá por alguna de las siguientes causas:<br />

a) Por libre decisión del asociado, expresada por escrito a la Junta Directiva.<br />

b) Por incumplimiento grave de los presentes Estatutos o de los acuerdos<br />

válidamente adoptados por los órganos sociales.<br />

En el supuesto de la letra a) del presente artículo, será suficiente la presentación de<br />

renuncia escrita presentada ante el Secretario de la Asociación. Los efectos serán<br />

automáticos, desde la fecha de su presentación. Para que opere la causa b) será<br />

requisito indispensable, acuerdo de la Asamblea General adoptado por dos tercios<br />

del número total de votos, motivándose suficientemente y previa instrucción, por la<br />

Junta Directiva, del correspondiente expediente sancionador, conforme se establece<br />

en el artículo 10. La pérdida de la condición de socio no exime de satisfacer las<br />

obligaciones pendientes con la Asociación<br />

TÍTULO V. <strong>DE</strong> LA JUNTA DIRECTIVA.<br />

Artículo 11. REUNIONES <strong>DE</strong> LA JUNTA DIRECTIVA<br />

La Junta Directiva se reunirá al menos una vez cada dos meses, o cuantas veces sea<br />

necesario de forma extraordinaria a petición de uno de los miembros de la Junta<br />

Directiva. Las actas de estas reuniones deberán ser presentadas a la Asamblea<br />

General en la siguiente convocatoria.<br />

Artículo 12. PÉRDIDA <strong>DE</strong> LA CONDICIÓN <strong>DE</strong> MIEMBRO <strong>DE</strong> LA JUNTA<br />

La Junta Directiva podrá separar de sus funciones a uno de sus miembros si éste<br />

falta a dos reuniones de la misma, siempre que la ausencia sea injustificada, y será<br />

Asociación Registrada en el Ministerio del Interior el 18 de Septiembre de 2002<br />

Número Nacional 169687 de la Sección 1<br />

NIF: G83299487

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!