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Informe DDHH - UDP - Fasic

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que las acciones relacionadas con la responsabilidad extracontractual<br />

prescriben en cuatro años contados desde la perpetración<br />

del acto. 148<br />

En estos casos, la Corte, junto con aplicar las normas comunes, interpreta<br />

textualmente los tratados de derechos humanos, buscando en<br />

ellos una disposición expresa que regule la materia. Si bien es cierto<br />

que ni la Convención Americana ni los Convenios de Ginebra hacen<br />

mención expresa de la prescripción civil como tal, su sentido nunca ha<br />

sido establecer reglas precisas sino sentar estándares y líneas de acción<br />

para que los Estados puedan regular sus situaciones internas. 149 El derecho<br />

internacional se presenta a sí mismo como un sistema subsidiario,<br />

que opera cuando los mecanismos internos han fallado. 150 En lo referente<br />

al deber de los tribunales en relación con los tratados de derechos<br />

humanos, en la sentencia Almonacid Arellano y otros la Corte IDH ha<br />

expresado ser<br />

consciente de que los jueces y tribunales internos están sujetos<br />

al imperio de la ley y, por ello, están obligados a aplicar<br />

las disposiciones vigentes en el ordenamiento jurídico interno.<br />

Pero cuando un Estado ha ratificado un tratado internacional<br />

como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sus<br />

jueces, como parte del aparato del Estado, también están sometidos<br />

a ella, lo que los obliga a velar por que los efectos de las<br />

disposiciones de la Convención no se vean mermados por la<br />

aplicación de leyes contrarias a su objeto y fin, y que desde su<br />

inicio carecen de efectos jurídicos. En otras palabras, el Poder<br />

Judicial debe ejercer un “control de constitucionalidad” entre<br />

las normas jurídicas internas que aplican en los casos concretos<br />

y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En<br />

esta tarea, el Poder Judicial debe tener en cuenta no solamente<br />

el tratado, sino también la interpretación que del mismo ha<br />

hecho la Corte Interamericana, intérprete última de la Convención<br />

Americana. 151<br />

148 Corte Suprema, caratulado Carrasco con Fisco, Rol 4771-2007, sentencia del 10 de junio de<br />

2009, considerandos primero a quinto de la sentencia de reemplazo.<br />

149 Cecilia Medina y Claudio Nash, Sistema interamericano de derechos humanos: Introducción<br />

a sus mecanismos de protección, p. 20.<br />

150 Ariel Dulitzky, “Alcance de las obligaciones internacionales de los derechos humanos”, capítulo<br />

III, en Claudia Martín, Diego Rodríguez-Pinzón y José Guevara, Derecho internacional de<br />

los derechos humanos, México, Universidad Iberoamericana, Academia de Derechos Humanos<br />

y Derecho Internacional Humanitario, Washington College of Law, American University, 2004,<br />

pp. 79-81.<br />

151 Corte IDH, caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile, sentencia del 26 de septiembre de<br />

2006, Serie C 154, párr. 124.<br />

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