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Memoria - Ayuntamiento de Tres Cantos

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© Carlos Olmos <strong>de</strong> Frutos. La propiedad intelectual <strong>de</strong> este documento correspon<strong>de</strong> al arquitecto, quien ce<strong>de</strong> en exclusiva al promotor el <strong>de</strong>recho <strong>de</strong> utilización según contrato firmado entre las partes. Correspon<strong>de</strong> al arquitecto los <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> explotación <strong>de</strong> su obra <strong>de</strong><br />

acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/1996, <strong>de</strong> 12 <strong>de</strong> abril, por el que se aprueba el Texto Refundido <strong>de</strong> la Ley <strong>de</strong> Propiedad Intelectual.<br />

Proyecto <strong>de</strong> Urbanización Área Homogénea 2.4.<br />

Pliego <strong>de</strong> Condiciones.<br />

01_2010 <strong>Tres</strong> <strong>Cantos</strong>. Madrid<br />

Pr Urb_AH 2.4_Hip-Bon_3C_Md Boninsa<br />

6. NORMAS GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE LAS<br />

OBRAS.<br />

Las obras se ejecutarán <strong>de</strong> acuerdo con las especificaciones <strong>de</strong> la memoria, Pliego <strong>de</strong> Prescripciones<br />

Técnicas Particulares, los Planos, las <strong>de</strong>scripciones <strong>de</strong> las partidas <strong>de</strong>l Presupuesto y las instrucciones <strong>de</strong> la<br />

Dirección <strong>de</strong> la obra, quien resolverá a<strong>de</strong>más, las cuestiones que se planteen referentes a la interpretación <strong>de</strong><br />

los distintos documentos y a las condiciones <strong>de</strong> ejecución.<br />

La Dirección <strong>de</strong> la obra suministrará al Contratista, a petición <strong>de</strong> éste, cuantos datos posea <strong>de</strong> los que se<br />

incluyen habitualmente en la <strong>Memoria</strong>, que puedan ser <strong>de</strong> utilidad en la ejecución <strong>de</strong> las obras y no hayan<br />

sido recogidos en los documentos contractuales. Dichos datos no podrán ser consi<strong>de</strong>rados nada más que<br />

como complemento <strong>de</strong> la información que el Contratista <strong>de</strong>be adquirir directamente y con sus propios medios,<br />

por lo que éste <strong>de</strong>berá comprobarlos y la Propiedad no se hará responsable, en ningún caso, <strong>de</strong> los posibles<br />

errores que pudieran contener ni <strong>de</strong> las consecuencias que <strong>de</strong> ellos pudieran <strong>de</strong>rivarse.<br />

6.1. PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD.<br />

Antes <strong>de</strong> la iniciación <strong>de</strong> las obras el Contratista presentará, para su aprobación, al Cordinador <strong>de</strong> Seguridad<br />

y Salud, el correspondiente Plan <strong>de</strong> Seguridad y Salud,<br />

Una vez aprobado lo presentará a la Comunidad <strong>de</strong> Madrid al objeto <strong>de</strong> que esta permita la apertura <strong>de</strong>l<br />

centro <strong>de</strong> trabajo, condición sin la cual no se podrán comenzar las obras.<br />

6.2. OFICINA DE OBRA.<br />

El Constructor se compromete a instalar una Oficina <strong>de</strong> Obra, con el espacio suficiente y en la que se<br />

proporcionará a la Dirección Facultativa, al Promotor y a la Oficina Técnica <strong>de</strong> Control <strong>de</strong> Calidad los medios<br />

necesarios para que todos ellos puedan efectuar cómodamente su trabajo. En dicha oficina se <strong>de</strong>berá<br />

disponer <strong>de</strong> una copia <strong>de</strong>l Proyecto completo, el Contrato <strong>de</strong> Obras, el Plan <strong>de</strong> Obra y copia <strong>de</strong> la Licencia <strong>de</strong><br />

Obra.<br />

6.3. INICIO DE OBRA<br />

Dentro <strong>de</strong> los 20 días siguientes a la firma <strong>de</strong>l Contrato <strong>de</strong> obra se efectuará el replanteo <strong>de</strong> la obra con<br />

asistencia <strong>de</strong> las partes contratantes y la Dirección Facultativa, con cuyo resultado se firmará por los<br />

asistentes, el correspondiente Acta <strong>de</strong> replanteo. Si el resultado <strong>de</strong>l replanteo es positivo, se dará comienzo el<br />

día siguiente la ejecución <strong>de</strong> la obra. Por el contrario, si existe algún impedimento <strong>de</strong> cualquier clase, se<br />

reseñarán en el acta, haciéndose constar igualmente las consecuencias <strong>de</strong>rivadas <strong>de</strong> tales impedimentos y<br />

las medidas que habrán <strong>de</strong> adoptarse, en su caso, para su subsanación.<br />

Dicho acto correspon<strong>de</strong> al inicio <strong>de</strong> las obras a todos los efectos.<br />

El contratista acreditará, en dicho acto, tener suscrita póliza <strong>de</strong> seguro que garantice los daños que pueda<br />

ocasionar a terceros, así como los que se produzcan por incendio y acci<strong>de</strong>ntes en las obras objeto <strong>de</strong>l<br />

presente contrato, con vigencia hasta la recepción <strong>de</strong> las mismas. Así mismo el contratista suscribirá póliza <strong>de</strong><br />

seguro todo riesgo a la construcción que cubra el plazo <strong>de</strong> ejecución <strong>de</strong> las obras y el año <strong>de</strong> garantía,<br />

facilitando a la Propiedad copia <strong>de</strong> dicha póliza, así como copia <strong>de</strong> los recibos correspondientes.<br />

El contratista hará entrega en este acto <strong>de</strong> la programación y planificación <strong>de</strong> la obra, así como <strong>de</strong>l<br />

organigrama <strong>de</strong> ésta.<br />

6.4. PROGRAMA DE TRABAJO.<br />

www.OCO-urbancomplex.com<br />

DN III_ Pl Cond_8

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