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Castilla y León - FECCOOCYL

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CONVIVENCIA ESCOLAR<br />

Carmen Perona presenta su último<br />

libro sobre la responsabilidad jurídica<br />

Redacción T.E. CyL<br />

fe.cyl.te@fe.ccoo.es<br />

DURANTE este pasado mes de<br />

noviembre, ha tenido lugar en las sedes<br />

de CC.OO. de <strong>León</strong> y Burgos la presentación<br />

del libro “La responsabilidad<br />

jurídica de los centros públicos y privados"<br />

de Carmen Perona, letrada del<br />

Gabinete Jurídico de la Federación de<br />

Enseñanza de Comisiones Obreras,<br />

resultado de tres años de análisis de las<br />

denuncias en las que se han visto<br />

envueltos profesorado y centros escolares.<br />

Su conclusión es que el profesorado<br />

se ha convertido en el blanco de denuncias,<br />

muchas de ellas falsas, y que no<br />

está amparado por la administración.<br />

Carmen Perona nos declaraba que<br />

el profesorado actúa siempre de buena<br />

fe y el desconocimiento de la norma<br />

se vuelve muchas veces en su contra.<br />

Lo que se pretende con este libro es<br />

que sepan cómo actuar y cómo evitar<br />

un procedimiento penal, ya que las<br />

denuncias han aumentado considerablemente<br />

buscando indemnizaciones<br />

por los motivos mas peregrinos.<br />

Entre los casos mas frecuentes<br />

comentados por Perona, se puede<br />

hablar de profesores denunciados por<br />

retirar el teléfono móvil o el MP3 a los<br />

alumnos. El profesorado sólo puede<br />

retirar su uso en clase, pero no retener<br />

14<br />

“EL PROFESORADO SE HA CONVERTIDO EN EL BLANCO DE<br />

DENUNCIAS, MUCHAS DE ELLAS FALSAS, Y NO ESTÁ<br />

AMPARADO POR LA ADMINISTRACIÓN”<br />

el aparato por más de 24 horas. Además<br />

el Reglamento de Régimen Interno<br />

del centro debe concretar el uso<br />

del móvil y de otros objetos y las<br />

medidas disciplinarias a adoptar.<br />

Otro de los casos mas frecuentes<br />

es el abandono de la clase por cinco o<br />

diez minutos en los que puede ocurrir<br />

un accidente fortuito que dé lugar a<br />

denuncias penales. Tampoco puede<br />

movilizar a alumnado que sufre un<br />

accidente, ni llevarlo a un centro sanitario<br />

salvo que haya recibido un curso<br />

de primeros auxilios.<br />

A la hora de actuar también hay<br />

que tener en cuenta la edad del alumnado.<br />

Los mayores de 12 años tienen<br />

capacidad para obrar. Si un niño de<br />

nueve años rompe las gafas a un compañero<br />

es la Administración quien<br />

indemniza, pero si es mayor de doce<br />

la responsabilidad es de la familia.<br />

Además, a partir de los 14 años tienen<br />

responsabilidad penal.<br />

Perona declaró también que los<br />

reglamentos de los centros deberían<br />

ser modificados, ya que, para algunos<br />

escolares no ir a clase tres días no es<br />

un castigo, lo están deseando. Perona<br />

abogó por las medidas sociales -ayuda<br />

a instituciones benéficas y locales, por<br />

ejemplo- como lo que hace el juez de<br />

menores de Granada, Emilio Calatayud.<br />

Medidas mediante las que el<br />

alumno vea de verdad que ha hecho<br />

algo mal.<br />

Cabe destacar que es la primera<br />

vez que un libro de estas características<br />

se encuentra accesible al público<br />

en librerías para que cualquier persona<br />

pueda disponer de él, esté vinculado ó<br />

no a la enseñanza.

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