Acta Pleno29-05-2008(pdf) - Ajuntament d'Alaquàs
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F) Alcantarilla pública.<br />
Se entiende por tal todo conducto de aguas residuales construido o<br />
aceptado por la Administración para el servicio general de la población, el<br />
mantenimiento del cual y su conservación son realizados por ella.<br />
G) Albañal.<br />
Es aquel conducto subterráneo que colocado transversalmente a la vía<br />
pública sirve para conducir las aguas residuales y, en su caso, las<br />
pluviales, desde cualquier tipo de edificio o finca, a la red de alcantarillado o<br />
a un albañal longitudinal.<br />
H) Albañal longitudinal.<br />
Es aquel albañal que todo o en parte discurre a lo largo de la vía<br />
pública, lo que le permite admitir las aguas de los albañales de las fincas de<br />
su recorrido.<br />
I) Red pública de saneamiento.<br />
Conjunto de conductos e instalaciones construido o aceptado por la<br />
Administración para el servicio general de la población que tiene como<br />
finalidad la recogida y evacuación de las aguas residuales y/o pluviales. Se<br />
compone de los siguientes elementos:<br />
1.- Redes locales o alcantarillado de titularidad municipal: conjunto<br />
de alcantarillas, colectores y elementos auxiliares que recogen las<br />
aguas residuales y/o pluviales en todo o en parte de un término<br />
municipal, para su conducción y vertido a la red supramunicipal o a la<br />
planta depuradora.<br />
2.- Redes supramunicipales de alcantarillado: conjunto de<br />
colectores, interceptores y elementos auxiliares de titularidad<br />
supramunicipal, que recogen las aguas residuales producidas por los<br />
usuarios de las redes locales, o alcantarillado de titularidad municipal, y<br />
excepcionalmente, de los usuarios o de las redes privadas para su<br />
conducción a la(s) planta(s) depuradora(s).<br />
PLENO ORDINARIO 09/ 29-<strong>05</strong>/08 HOJA Nº 35