Manual del Alumno - Baltimore County Public Schools
Manual del Alumno - Baltimore County Public Schools
Manual del Alumno - Baltimore County Public Schools
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
eclutadores militares, a solicitud, listas de nombre,<br />
dirección, y teléfono ─ a menos que el padre o<br />
estudiante elegible haya avisado a LEA que no quieren<br />
que se divulgue esta información sin su consentimiento<br />
escrito previo.<br />
Usted puede negar su consentimiento a la<br />
divulgación llenando y enviando el Formulario de<br />
exclusión de la información <strong>del</strong> directorio por<br />
preferencia de privacidad de los padres o enviando<br />
una solicitud escrita al director antes <strong>del</strong> primero de<br />
octubre de cada año escolar o en los primeros 30<br />
días desde la matrícula de su hijo en la escuela. El<br />
formulario de exclusión le fue enviado por correo en<br />
el paquete informativo de regreso a la escuela de su<br />
hijo. El formulario también está disponible en la<br />
escuela de su hijo y puede conseguirse en la página<br />
web de las Escuelas Públicas <strong>del</strong> Condado de<br />
<strong>Baltimore</strong> en www.bcps.org, entrando a Students o<br />
Parents, y a Office of Student Support Services. Si<br />
no entrega un formulario de exclusión diligenciado o<br />
no envía su solicitud escrita, usted está autorizando<br />
a las BCPS para divulgar públicamente la<br />
información de directorio de su hijo, que incluye los<br />
siguientes datos: nombre, dirección, fecha de<br />
nacimiento, participación en actividades y deportes<br />
reconocidos oficialmente, estatura y peso como<br />
miembro de un equipo atlético, periodo en el que ha<br />
asistido, grados y premios recibidos. De manera<br />
adicional, si no entrega un formulario de exclusión<br />
diligenciado o envía su solicitud escrita, el nombre,<br />
la dirección y el número telefónico de su hijo serán<br />
divulgados por solicitud de reclutadores de las<br />
fuerzas armadas de los Estados Unidos o de<br />
instituciones de educación superior.<br />
1 Sección 9528 de ESEA (20 U.S.C. 7908), según<br />
enmienda de la Ley de Protección de Niños de 2001<br />
(20 U.S.C. 6301, et seq.), y 10 U.S.C. 503, según<br />
enmienda de la sección 544, la Ley de Autorización de<br />
Defensa Nacional <strong>del</strong> Año Fiscal 2002 (10 U.S.C. 503),<br />
la legislación que proporciona fondos para las fuerzas<br />
armadas de la Nación.<br />
Acceso a los Registros<br />
Todos los registros de los alumnos de BCPS deben<br />
estar disponibles para que un padre o alumno elegibles los<br />
revise e inspeccione junto con el personal apropiado de la<br />
escuela. Si un alumno tiene 18 años o más, los derechos<br />
otorgados a los padres/tutor serán de allí en más otorgados<br />
a los alumnos. La ley de Maryland prevé que el registro de<br />
educación de un alumno puede ser divulgado por BCPS a<br />
otras agencias educacionales o gubernamentales, a una<br />
persona involucrada en proyectos aprobados de<br />
investigación, para cumplir con una orden judicial o legal,<br />
o en caso de emergencia de salud o seguridad. Los<br />
procedimientos <strong>del</strong> Sistema Escolar respecto a la<br />
6<br />
divulgación de la información personal <strong>del</strong> alumno puede<br />
encontrarse en la Regla <strong>del</strong> Superintendente 5230:<br />
Registros de los <strong>Alumno</strong>s.<br />
Solicitud de Enmienda <strong>del</strong> Registro de<br />
Estudiante<br />
Si un padre, o un alumno elegible, consideran que el<br />
registro de un alumno es inexacto, engañoso o infringe los<br />
derechos de privacidad <strong>del</strong> alumno, puede realizar una<br />
solicitud por escrito dirigida al director de la escuela para<br />
que modifique los registros. La solicitud debe ser por<br />
escrito, dirigida al director de la escuela, identificar<br />
claramente la sección <strong>del</strong> registro que debe cambiarse, y<br />
especificar por qué es inexacta, engañosa o infringe la<br />
privacidad <strong>del</strong> alumno. En el caso de que el director<br />
rechace la solicitud, informará al padre, o alumno elegible,<br />
acerca de los procedimientos para poder apelar su<br />
decisión.<br />
Revisión de los Registros de <strong>Alumno</strong>s de BCPS<br />
Un padre o alumno elegible tiene derecho a<br />
inspeccionar y revisar los registros de educación <strong>del</strong><br />
alumno dentro de los 45 días posteriores a la recepción de<br />
la solicitud de acceso de la escuela. Un padre o alumno<br />
elegible debe presentar al director de la escuela una<br />
solicitud escrita que identifique los registros de educación<br />
que deseen inspeccionar. El director de la escuela, o la<br />
autoridad apropiada, hará los arreglos para el acceso y<br />
notificará al padre o alumno elegible la hora y lugar donde<br />
se podrán inspeccionar los registros. Los procedimientos<br />
<strong>del</strong> sistema escolar concerniente a la divulgación de los<br />
registros <strong>del</strong> alumno se pueden encontrar en la Regla <strong>del</strong><br />
Superintendente 5230: Registros de Estudiantes.<br />
Filmación en la Propiedad de la Escuela<br />
Incluyendo los autobuses Escolares<br />
BCPS está autorizado para filmar a los alumnos en<br />
propiedad de la escuela y de filmar a los alumnos<br />
(incluyendo cintas de audio) en los autobuses escolares. A<br />
criterio <strong>del</strong> Superintendente, o quien éste designe, se<br />
pueden usar las filmaciones para fines disciplinarios.<br />
Noticias/Fotografías<br />
Se puede fotografiar, filmar y/o grabar a los alumnos<br />
en actividades auspiciadas por la escuela y/o experiencias<br />
de aprendizaje cuando dichas actividades son de interés<br />
para los medios de noticias. El personal de la escuela<br />
monitoreará todas las actividades de los medios de<br />
noticias en la escuela. El personal administrativo de la<br />
escuela negará el acceso a los medios de noticias si<br />
considera que su presencia interrumpirá el día escolar o a<br />
los estudiantes o si las fotografías, filmaciones y /o<br />
grabaciones no son apropiadas, dada la naturaleza de la<br />
noticia en particular. Los padres pueden rehusarse a que