Manual del Alumno - Baltimore County Public Schools
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Regla <strong>del</strong> Superintendente y el Reglamento 5560 <strong>del</strong><br />
Consejo de Educación.<br />
Bebidas Alcohólicas y Drogas<br />
Como se indica en el Reglamento 5540, la posesión,<br />
uso, distribución o conspiración para distribuir bebidas<br />
alcohólicas o drogas ilegales en cualquier cantidad está<br />
prohibida en la propiedad de la escuela perteneciente al<br />
Consejo de Educación, en los autobuses escolares, o en las<br />
actividades auspiciadas por la escuela fuera de la misma.<br />
La posesión, uso o distribución de parafernalia controlada<br />
tal como se describe en el Artículo <strong>del</strong> Código Penal <strong>del</strong><br />
Código Resumido de Maryland está prohibido en la<br />
propiedad de la escuela, o en actividades extra escolares<br />
auspiciadas por la escuela fuera de la misma. Los<br />
estudiantes que violen las provisiones <strong>del</strong> Reglamento<br />
5540 <strong>del</strong> Consejo de Educación, Bebidas Alcohólicas y<br />
Drogas, serán expulsados de acuerdo con los<br />
procedimientos descriptos en el Reglamento 5560 <strong>del</strong><br />
Consejo de Educación 5560, Suspensión o Expulsión.<br />
Las definiciones de bebidas alcohólicas, otras<br />
sustancias ilegales, y parafernalia se encuentran en el<br />
<strong>Manual</strong> de Reglamentos y Reglas <strong>del</strong> Consejo de<br />
Educación <strong>del</strong> Condado de <strong>Baltimore</strong>. Los reglamentos y<br />
reglas están disponibles en el sitio de la Web <strong>del</strong> BCPS<br />
www.bcps.org.<br />
Uso y posesión de tabaco por parte <strong>del</strong> alumno<br />
Tanto los edificios como los terrenos de <strong>Baltimore</strong><br />
<strong>County</strong> <strong>Public</strong> <strong>Schools</strong> están libres de tabaco. La venta,<br />
el uso o la posesión de tabaco y productos de tabaco,<br />
está prohibida en todos los edificios y terrenos de<br />
BCPS, así como en cualquier actividad patrocinada por<br />
la escuela.<br />
Según se describe en el Reglamento 5530 <strong>del</strong> Consejo de<br />
Educación y la Regla <strong>del</strong> Superintendente, los<br />
administradores procesarán las infracciones en un año<br />
escolar dado en una progresión de cuatro pasos: 1.º<br />
infracción: se realiza una reunión con el alumno y los<br />
padres; 2.º infracción: se realiza una reunión con el<br />
alumno y los padres, y es posible que se suspenda al<br />
alumno; 3.º infracción: se suspende al alumno; 4.º<br />
infracción y posteriores: se realiza una reunión con el<br />
alumno y los padres, se suspende al alumno durante un<br />
máximo de 10 días y se lo remite al superintendente, o a la<br />
persona designada, para que lo asigne a un programa<br />
educativo alternativo.<br />
Personas No Autorizadas<br />
El Consejo de Educación, el presidente <strong>del</strong> Consejo,<br />
Superintendente, director, o una persona designada por<br />
escrito por cualquiera de los mencionados, tiene derecho a<br />
buscar la remoción inmediata de las personas no<br />
autorizadas, de la propiedad de la escuela. Una persona no<br />
autorizada es aquella persona que se describe como<br />
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alguien que “no tiene asuntos legales que tratar en la<br />
escuela o que actuó de manera tal que interrumpe la<br />
función educacional normal de la institución.” Esto<br />
incluye a los alumnos que están suspendidos o expulsados.<br />
Los estudiantes expulsados pueden recibir servicios de<br />
asesoramiento en las escuelas de las que han sido<br />
expulsados luego de obtener un permiso especial de los<br />
directores de dichas escuelas.<br />
El director tiene la autoridad de decirle a una persona<br />
no autorizada que no puede ingresar a la propiedad de la<br />
escuela en ningún momento, y así puede impedirle<br />
permanecer en las instalaciones de la escuela. Esto incluye<br />
todas las actividades auspiciadas por la escuela, en o fuera<br />
<strong>del</strong> establecimiento. Si un director ha prohibido el ingreso<br />
de una persona, ésta estará sujeta a arresto inmediato si no<br />
abandona el lugar o si regresa luego de que se le informe<br />
que el director ha prohibido su ingreso. Los miembros <strong>del</strong><br />
personal pueden pedir la identificación de cualquier<br />
persona y pueden preguntarle por qué desea ingresar al<br />
establecimiento escolar. Además, pueden solicitarle a una<br />
persona no autorizada que se retire. Si un miembro <strong>del</strong><br />
personal le pide a una persona, a quien el director ha<br />
prohibido el ingreso previamente, que se retire, la persona<br />
deberá hacerlo o estará sujeta a arresto.<br />
Comportamiento Perturbador<br />
Los alumnos que violen las provisiones <strong>del</strong><br />
Reglamento 5550 <strong>del</strong> Consejo de Educación,<br />
Comportamiento Perturbador, están sujetos a suspensión,<br />
asignación a un programa alternativo, o expulsión de<br />
acuerdo con los procedimientos descriptos en el<br />
Reglamento 5560 <strong>del</strong> Consejo de Educación,<br />
Suspensiones, Asignaciones a Programas Alternativos o<br />
Expulsiones.<br />
Matonismo, acoso o intimidación a los alumnos<br />
Se considera que una persona es víctima de matonismo<br />
cuando se la expone a acciones intencionales negativas<br />
de parte de uno o más alumnos, y su capacidad para<br />
participar y beneficiarse de los programas académicos o<br />
actividades de la escuela se ve afectada de manera<br />
adversa. El matonismo suele ocurrir de manera repetida<br />
y a lo largo <strong>del</strong> tiempo.<br />
Se considera que una persona está siendo acosada<br />
cuando percibe o experimenta de hecho incomodidad<br />
con su identidad en relación con la raza, el color, el<br />
origen nacional, la religión, u otra característica de<br />
identificación, para participar y beneficiarse de los<br />
programas académicos o actividades de la escuela se ve<br />
afectada de manera adversa.<br />
Se considera que una persona está siendo intimidada<br />
cuando es sometida a una acción intencional que<br />
constituye una amenaza seria y que induce un<br />
sentimiento de miedo e inferioridad, y su capacidad<br />
para participar y beneficiarse de los programas