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POI POL - Funcas

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140 PONTEVEDRA.<br />

Los 82,000 edificios que liemos indicado tiene esta prov.,<br />

valdrían en venta ó sea cap. prol. 50.i $0,000 rs., y en renta<br />

o materia imp. al 3 por 100 ,1.512,000 rs. Pero si concretamos<br />

los cálculos al número de casas vendidas solamente<br />

que fueron<br />

su valor en tasación<br />

id. de cada casa , • •<br />

ivalor eo renta<br />

d. de cada casa<br />

512<br />

1.111,030<br />

2,170<br />

33,321<br />

03<br />

entonces se elevaría el pvod. bruto á la suma de 177.9>0,00f><br />

rs., y las utilidades á 3.33=5,200 rs. Tampoco da grande resoltado,<br />

como pueden ver nuestros icctores, la operación<br />

p aclica la sobre los tipos que ofrecen 1 ís fincas urbanas del<br />

clero secular y regular; obsc.-ván lose desde luego contra lo<br />

verificado en las prov. ya exa niñadas, quj las casas fueron<br />

vendidas casi por el mis n > valar en que fueron tasadas. A<br />

pesar de la carencia de ditos, creemos, consideaudo que<br />

Cita prov. tiene pocas p >bl. de grande vecindario aglomerado,<br />

pocos e Juicios q ie prod izcan grande-; reiitis; creemos,<br />

repetimos, que la riqueza imp. por este concepto no<br />

puede pasar de 3 000,000 de rs.<br />

RIQUEZA INDUSTRIAL. La Junta de 181-1 fijó en 302,487<br />

rs. la riqueza ind. de esta prov.: la matricula catastral presenta<br />

en globo la riqueza ind. y comercial por la su.na de<br />

3.007,100 rs. Conviene antes de todo notar, que según mas<br />

adelanle veremos, el término medio de los iudiviJuos que<br />

contribuyen al erario por la riqueza ind. y come.cial es de<br />

4,466, y que por consiguiente distribuida la materia imp.<br />

que por ambos conceptos señaló la Junta, esto es, 809,8 IÜ<br />

fS-, cada contribuyente tiene una renta ó beneficio de 181<br />

rs. 11 mrs , suma que asciende á 073 rs. 11 m.s. por los<br />

beneficios que representan estas clases en la m.uncu.a catastral.<br />

Fácilmente conocerán nuestros lectores si puede<br />

admitirseno para cada individuo, si no es para cada familia,<br />

de aquellas cuyo gefe se dedique á una operación ind ó<br />

mercantil, ó al ejercicio de un arte ó de una pofesion, la<br />

sima de 16'89 nirs.de utilidad diaria , según la Junta, y<br />

de un real 28'72mrs según la matricula. ¿Hay algún jornalero,<br />

un simple jornalero que trabaje por 1G\S9 mrs., ó lo<br />

que es lo mismo por menos de medio real? Decimos mas:<br />

¿h ly posibilidad de que este jornalero haga frente con esta<br />

suma á las necesidades de tola su familia? Y en la larga y<br />

prolongada serie de los art. comprendidos en las tarifas ind.,<br />

¿pueden admitirse como término medio los beneficios que resultan<br />

en el trabajo de la Junta, ni en el de la matricula catastral?<br />

Con estas simples reflexiones créenos destruidos<br />

ambos datos, y desembarazados de este punto podemos<br />

entrar en el examen de las riquezas ind. y comercial, separadamente.<br />

Nuestros lectores han visto en el art. anterior, que si<br />

bien esta prov. no tiene las condiciones ind. ventajosas basta<br />

el punto de poderlas suponer una riqueza de consideración<br />

por este concepto, no por eso deja de obtener algunas<br />

utilidades fuera de la operación de la labranza, fuera de la<br />

renta de la finca urbana , fuera del lucro de la ganadería , y<br />

fuera por último de las transacciones mercantiles : las telas<br />

que elabora, hoya no dudarlo en decadencia; las salazones,<br />

el ejercicio de todas las artes , de los oficios, de las profesiones,<br />

constituyen una materia imp. por concepto ind. en<br />

su sentido lato / muy superior á la que aparece en los trabajos<br />

de la Junta y los de la matricula. Nosotros pues, creemos<br />

que las utilidades por este concepto en esta prov. no bajan de<br />

la suma de 5.000,000 de reales.<br />

RIQUEZA COMERCIAL. Figuraba la de la Junta de 1841<br />

por la suma de 507,329 rs., y la de la matricula catastral,<br />

proporción guardada, según la que resulta del dato de la<br />

Junta, de 1.883,948 rs. Ya hemos dicho qué art. constituyen<br />

el comercio de esta prov., y teniendo esto presente y<br />

no olvidando las transacciones mercantiles que hace indispensable<br />

el comercio interior en los diferenies art. de comer<br />

, beber, arder, vestir y los de ciertas necesidades ficticias,<br />

no muy estendidas afortunada nente en esta prov.,<br />

nodudamosen asegurar que si se buscaran tolos los elementos<br />

que forman la riqueza mercantil, esta no bajaría de<br />

la su na de 3.000,000 de rs.<br />

RESUMEN DE LA RIQUEZA.<br />

Riqueza territorial 40.000,000<br />

Id. pecuaria 4.000,000<br />

Id. urbana 3 000.000<br />

Id. industrial 5.000,010<br />

Id. comercial 3 000,000<br />

Total 55.000.000<br />

Esta es la riqueza que resulta del examen de los diferentes<br />

datos presentaJos, y de lo-; cálculos y observaciones practicadas.<br />

¿Es la verdadera? De ningún "molo; la consideramos<br />

mucho inuyor, asi co no creemos, que resultará también mas<br />

crecida la de las otras 3 prov. de Galicia el dia que hagamos<br />

de ellas un nuevo examen.<br />

Ya concluido el examen de la matrícu'a catastral de 1842,<br />

co. responde tratar ahora de los ingresos obtenidos en distintas<br />

épocas. En el quinquenio de is;$7 á 1811, seg'in resulta<br />

de las actas de arqueo, cuya copia tenemos á li vista,<br />

los ingresos fueron de 64.971,170 19<br />

Existencia en 1.° de enero de 1837. . . . 51,268 20<br />

Ingresos efectivos del quinquenio 64.919,901 33<br />

Cuentas interiores del Tesoro 1.237,401 33<br />

Productos que constituyen las rentas del<br />

Estado 63 682,300<br />

Rentas del Estado 62 973.900<br />

Participes 708,600<br />

Total 63.682,500<br />

Año común 12.736,500<br />

Los años de mas ingresos fueron los de 1838, 1839 y 1841,<br />

apareciendo en el 1." por 13.130,473 rs 13 mrs., en el 2."<br />

por20.447,013 12,yenel3." por 13.319,721 9, y los art.<br />

principales por las sumas siguientes:<br />

Por estraordinaria<br />

de guerra. .<br />

Provinciales encabezadas.<br />

. .<br />

Paja y utensilios.<br />

Aduanas. . . .<br />

Frutos civiles. .<br />

I**:ÍM.<br />

382,639 8 8.055,828 24 2.283,214 29<br />

2.953,252 24]<br />

910,437 T<br />

617,749 i<br />

238,585 25'<br />

3.031,03 4 27<br />

963.694 12<br />

7X2,533 19<br />

170,870 4<br />

4 8 4 1 .<br />

3.259,291 \<br />

991,606<br />

570,793 1<br />

241,826 !<br />

5.102,654 ;13.003,961 1817.346,731 l<br />

artículos estancados.<br />

Por tabacos. . . .2.889,677 17 2.903,786 32 3.173,737 1:<br />

—Sal 3.061,871 23 2.604,737 2 1.442.039 3'<br />

—Papel sellado. .! 268,88111 275,628 I 296,786 K<br />

16.220,430 17 5.784,152 1 4.912,583<br />

Se ve por estos números que solos 5 art. importaron en<br />

1838. 5.102.654 rs., en 18 59, 13.003,961 rs 18 mrs., y en<br />

1841. 7 346,731 rs. 6 mrs.; y los art. estancados 6.220,430<br />

rs. 17 mrs. en el primero, 5.784,152 I en el segundo, y<br />

4.822,128 rs. 13 mis. en el tercero, formando un total de<br />

II 3 2 i,OS 4 rs. I7inrs.en ls:5s. de 18 788.113 rs. 19 mrs. en<br />

1839, y de 12.289,314 rs. 13 mrs. en 1841<br />

De época mas resiente son los ingresos que. ahora vamos á<br />

presentar, á saber, el trienio de 1842 á Ls44.<br />

AÑOS. INCRESOS.<br />

1842 16.451,873 19<br />

1843 13 074.918 12<br />

1844 1 4.3 53,883 20<br />

Total 43.860,677 17<br />

Año común. ... 14 620,223 32<br />

Los artículos principales aparecen délas cantidales si-<br />

\ suientes:

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