Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
auxiliares se estableció en: $5759,81 por 8 hs. de<br />
trabajo de lunes a viernes y 4 hs. matutinas del sábado<br />
más $ 3743,86 por bloqueo de título, resultando<br />
$ 9503,67 de remuneración básica mínima.<br />
Estos mismos valores ya habían sido establecidos en<br />
el ejercicio anterior por resolución 02/<strong>2012</strong> (acta 1007<br />
del 28 de febrero de <strong>2012</strong>) para los farmacéuticos que<br />
ejercen en entidades mutuales, gremiales y/o de obras<br />
sociales.<br />
Debido al extenso trámite que insume la definición del<br />
Poder Ejecutivo provincial hasta que resuelve por Decreto<br />
y publica en el Boletín Oficial la actualización de los<br />
honorarios que propone nuestro Colegio y para evitar<br />
entonces que, por un prolongado tiempo (obsérvense<br />
las fechas de presentación del 27 de enero de <strong>2012</strong> y de<br />
definición mediante publicación del Decreto del 21 de<br />
junio de <strong>2012</strong>), fueran diferentes éstos de los honorarios<br />
establecidos por Resolución del Consejo Directivo se<br />
decidió que, luego de formalizada la presentación ante<br />
el Poder Ejecutivo provincial, quedará supeditado el aumento<br />
para los colegas de las farmacias sindicales, mutuales<br />
y de obras sociales a que se publique el Decreto<br />
del Gobernador con el honorario para los DT y Auxiliares<br />
en relación de dependencia.<br />
Se presentó una nueva solicitud de incremento de honorarios<br />
profesionales y de acuerdo con ella, el Gobernador<br />
bonaerense por Decreto Provincial 1673 /<strong>2012</strong> (B.O.<br />
27.000 publicado el 30 de enero de <strong>2013</strong>) vigente desde<br />
el 1º de febrero del <strong>2013</strong>, estableció los honorarios que<br />
deben percibir como Remuneración Básica Mínima los<br />
Farmacéuticos que desempeñen su actividad dentro de<br />
la Provincia de Buenos Aires, salvo aquellos de establecimientos<br />
que sean propiedad del Estado. Los correspondientes<br />
valores son: Remuneración Básica Mensual de<br />
Farmacéutico Director Técnico: $ 13.473,50 ($ 7.925,59<br />
por horas de trabajo + $ 5.547,90 Bloqueo de Título) y<br />
Remuneración Básica Mensual de Farmacéutico Auxiliar:<br />
$ 10.782,35 ($ 6.738,97 por horas de Trabajo + $<br />
4.043.38 Bloqueo de Título).<br />
Para efectivizar la actualización de los honorarios de Farmacéuticos<br />
que se desempeñan en farmacias Mutuales,<br />
Sindicales, Gremiales y de Obras Sociales se adoptó la<br />
Resolución 08/<strong>2012</strong> (Acta 1026 del 18/12/<strong>2012</strong>), que<br />
establece:<br />
“Visto:<br />
El tiempo transcurrido desde la última actualización de<br />
las remuneraciones de los farmacéuticos que ejercen<br />
la profesión en farmacias de propiedad de obras sociales,<br />
entidades mutuales, sindicales o gremiales;<br />
Y considerando:<br />
Que desde su última actualización que comenzó a re-<br />
gir a partir del día 1º de marzo de 2.012, esas remuneraciones<br />
han sufrido una considerable merma, con su<br />
consiguiente depreciación, hace necesario que se las<br />
actualice;<br />
Que analizados los incrementos de los precios de medicamentos<br />
y del costo de vida, resulta totalmente razonable<br />
que las mismas sean actualizadas a partir del 1° de<br />
Diciembre de 2.012 en un 17,50%, índice promedio de<br />
la variación porcentual de los salarios publicados por el<br />
INDEC, incremento del valor de las obras sociales prepagas,<br />
variación promedio de precios al consumidor dados<br />
por el INDEC, variación del precio de los 500 productos<br />
de mayor consumo por IOMA y PAMI, incrementos en<br />
el valor de la cuota de aportes jubilatorios a la Caja de<br />
Previsión Social para Profesionales de las Ciencias Farmacéuticas<br />
de la Provincia de Buenos Aires, el aumento<br />
de los valores del servicio de recolección de residuos<br />
patogénicos y de seguros de mala praxis, y de los considerables<br />
incrementos en el valor de los cursos de capacitación<br />
profesional;<br />
Que actualmente las remuneraciones de los profesionales<br />
farmacéuticos que se desempeñan en farmacias de<br />
propiedad de obras sociales, entidades mutuales, sindicales<br />
o gremiales están fijadas en $ 11.466,82 ($ 6.745,19<br />
por las 8 horas diarias de trabajo de lunes a viernes y 4<br />
horas matutinas de los sábados más $ 4.721,63 por bloqueo<br />
de título) mensuales para los directores técnicos y<br />
$ 9.503,67 ($ 5.759,81 por las 8 horas diarias de trabajo<br />
de lunes a viernes y 4 horas matutinas de los sábados<br />
más $ 3.743,86 por bloqueo de título) mensuales para<br />
los auxiliares;<br />
Que el índice porcentual expuesto precedentemente, a<br />
fin de efectuar el cálculo de incremento, debe aplicarse<br />
sobre el concepto establecido por las horas de trabajo<br />
para profesionales directores técnicos y auxiliares, respectivamente,<br />
en la Resolución del Honorable Consejo<br />
Directivo del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia<br />
de Buenos Aires de fecha 28 de Febrero del año <strong>2012</strong>, y<br />
de sobre la suma resultante en cada caso, se le efectúa<br />
el cálculo del 70% que históricamente se aplicó en concepto<br />
de bloqueo de título profesional, de acuerdo a lo<br />
exigido por la Ley 10606 en sus arts. 21 y siguientes para<br />
el ejercicio profesional farmacéutico en la Provincia de<br />
Buenos Aires;<br />
Que el artículo 14 inciso “e” apartado 2 de la Ley 10.606<br />
faculta al Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de<br />
Buenos Aires a fijar las remuneraciones y condiciones<br />
de trabajo de los farmacéuticos que ejercen la profesión<br />
en farmacias de propiedad de obras sociales, entidades<br />
mutuales, sindicales o gremiales;<br />
Por lo expuesto y, en uso de la potestad que le otorga la<br />
norma mencionada,<br />
Pag. 28 | <strong>Memoria</strong> y Balance <strong>2012</strong> | <strong>2013</strong>