29.01.2015 Views

04 - PLIEGO - P y O Instalaciones PIF Arrecife - definitivo

04 - PLIEGO - P y O Instalaciones PIF Arrecife - definitivo

04 - PLIEGO - P y O Instalaciones PIF Arrecife - definitivo

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

trabajo sin dificultad. Deberán ser lo suficientemente descriptivos para<br />

que puedan deducirse de ellos las mediciones que sirvan de base para las<br />

valoraciones pertinentes y para la exacta realización de la obra.<br />

c) Documento nº 3 - Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares: Se<br />

describirán con detalle, los trabajos objeto de este Proyecto, condiciones<br />

que deben reunir los materiales y la forma de ejecutar las distintas<br />

unidades de obra.<br />

d) Documento nº 4 - Presupuesto y mediciones.<br />

2. El proyecto será entregado a la Autoridad Portuaria de Las Palmas<br />

tanto en papel como en formato electrónico original editable.<br />

3. Si en la elaboración del Proyecto el contratista, por causas a él<br />

imputables, incurre en defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales,<br />

omisiones o infracciones de preceptos legales o reglamentarios, se le otorgará<br />

para que subsane los mismos un plazo que en ningún caso será superior a DIEZ<br />

(10) DÍAS NATURALES, atendiendo a las circunstancias concurrentes. De<br />

producirse un nuevo incumplimiento, la Autoridad Portuaria podrá resolver el<br />

contrato con incautación de la garantía constituida por el contratista.<br />

30ª. Responsabilidad por defectos o errores del proyecto.<br />

1. De conformidad con lo estipulado en la REGLA 34 ORDEN<br />

FOM/4003/2008, que remite al ARTÍCULO 287 LCSP, el contratista responderá de<br />

los daños y perjuicios que durante la ejecución o explotación de las obras se<br />

causen tanto a la Autoridad Portuaria como a terceros, por defectos e<br />

insuficiencias técnicas del proyecto o por los errores materiales, omisiones e<br />

infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo haya<br />

incurrido, imputables a aquél.<br />

2. La indemnización derivada de la responsabilidad exigible al<br />

contratista alcanzará el 50 por 100 del importe de los daños y perjuicios<br />

causados, hasta un límite máximo de cinco veces el 4% del precio de<br />

adjudicación del contrato y será exigible dentro del término de diez años,<br />

contados desde la recepción del proyecto por la Autoridad Portuaria, siendo a<br />

cargo de esta última, en su caso, el resto de dicha indemnización cuando deba<br />

ser satisfecha a terceros.<br />

Puertos de Las Palmas 28

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!