04 - PLIEGO - P y O Instalaciones PIF Arrecife - definitivo
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acta de recepción del contrato de conformidad con la CLÁUSULA 46ª.<br />
Durante dicho plazo el contratista estará obligado a efectuar los trabajos<br />
de mantenimiento o conservación y a responder de los daños o deterioros<br />
imputables al mismo que se pongan de manifiesto con el uso normal del objeto<br />
del contrato. Si descuidase la conservación y diera lugar a que peligre la obra, o<br />
desoyera las instrucciones que a este respecto dicte el facultativo de la<br />
Autoridad Portuaria, se ejecutarán por la propia Autoridad Portuaria y a costa<br />
del contratista, los trabajos necesarios para evitar el daño.<br />
Todos los gastos que se ocasionen por la conservación de las obras<br />
durante el período de garantía serán de cuenta del contratista no teniendo<br />
derecho a ninguna indemnización por este concepto excepto en los casos de<br />
fuerza mayor.<br />
48ª. Confidencialidad y protección de datos de carácter<br />
personal<br />
1. El Órgano de Contratación de la Autoridad Portuaria no divulgará la<br />
información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como<br />
confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o<br />
comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas.<br />
2. El licitador quedará expresamente obligado a mantener absoluta<br />
confidencialidad y reserva, así como cumplir con el secreto profesional, sobre<br />
cualquier dato o información a la que tenga acceso en el marco del presente<br />
procedimiento de contratación, y aún tras la finalización de cualquier relación<br />
que del mismo surgiera.<br />
3. En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de<br />
Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD), el adjudicatario<br />
se obliga a respetar todas las obligaciones que pudieran corresponderle con<br />
arreglo a las disposiciones de la misma, y cualquier otra disposición o regulación<br />
complementaria que le fuera igualmente aplicable, y en particular, en lo<br />
indicado en su artículo 12 referido al Acceso a datos por cuenta de terceros, en<br />
su caso.<br />
En virtud de la citada normativa, el adjudicatario se compromete a<br />
custodiar la información que le sea proporcionada por la Autoridad Portuaria de<br />
Las Palmas con las debidas condiciones de seguridad y protección contra<br />
terceras personas y dentro de las normas de seguridad existentes,<br />
especialmente las contenidas en el Real Decreto 994/1999 de 11 de junio, que<br />
aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados<br />
Puertos de Las Palmas 40